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Singapur
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Captivea Singapore - Versión 4 - Última actualización 23/07/2024

Condiciones generales de prestación de servicios de Captivea Singapore services (“Condiciones”)

CAPTIVEA presta servicios de consultoría, integración de software, formación y desarrollo de software a medida para profesionales del ámbito del software de gestión y de los sistemas de información corporativos. El objeto de estas Condiciones Generales es definir los términos y condiciones para la prestación y entrega de servicios, la concesión de licencias de software, módulos complementarios y la Solución de Software que se pone a disposición del Cliente.

1. DEFINICIONES E INTERPRETACIÓN

Contrato: el contrato está compuesto por la Propuesta Comercial, la Confirmación de Pedido y las presentes Condiciones.

CAPTIVEA: Captivea Pte. Ltd.

Cliente: la persona jurídica que ha suscrito un contrato con CAPTIVEA.

Información del Cliente: en relación con un Cliente, toda la información que CAPTIVEA obtenga como resultado del uso por dicho Cliente de un Servicio prestado por CAPTIVEA o en relación con cualquier contrato o acuerdo entre las Partes, incluida cualquier información (incluidas opiniones) que identifique o que guarde relación con una persona física, sea o no veraz.

Solicitud del Cliente: cualquier solicitud, pedido o instrucción del Cliente dirigida a CAPTIVEA con respecto a cualquier Servicio. 

Propuesta Comercial: cualquier propuesta comercial realizada por CAPTIVEA en respuesta a una Solicitud del Cliente.

Confirmación de Pedido: la aceptación y confirmación por parte del Cliente de una Propuesta Comercial.

Servicios: todos los servicios ofrecidos por CAPTIVEA y descritos en una Propuesta Comercial.

Juzgados de Reclamaciones de Escasa Cuantía: los juzgados de reclamaciones de escasa cuantía constituidos en virtud de la Small Claims Tribunals Act 1984 y que forman parte de los tribunales estatales de Singapur.

Software: cualquier tecnología y software propietario comercializado o integrado por CAPTIVEA.

Derechos de Propiedad Intelectual: todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos derechos de autor, patentes, solicitudes y divulgaciones de patentes e invenciones (sean o no patentables), marcas, marcas de servicios, secretos comerciales, know-how y demás información confidencial, imagen comercial, nombres comerciales, logotipos, denominaciones sociales y nombres de dominio, junto con todo el goodwill asociado, obras derivadas y cualquier otro derecho.

2. APLICABILIDAD

  1. Estos Términos regirán la prestación de servicios por parte de CAPTIVEA al Cliente (cada uno denominado una “Parte” y conjuntamente las “Partes”).
  2. El Contrato deja sin efecto entre las Partes todos los entendimientos, acuerdos, negociaciones, manifestaciones y garantías y comunicaciones previas o simultáneas, tanto escritas como verbales. 
  3. En caso de conflicto entre estos Términos y la Confirmación de Pedido, prevalecerán estos Términos, salvo que la Propuesta Comercial disponga expresamente lo contrario. 
  4. Estos Términos prevalecen sobre cualesquiera condiciones generales del Cliente, con independencia de si el Cliente ha presentado o cuándo haya presentado una Solicitud de Cliente. La prestación de Servicios al Cliente no implica la aceptación de las condiciones del Cliente ni modifica o enmienda estos Términos. 
  5. Estos Términos estarán siempre sujetos a cualesquiera términos, restricciones, limitaciones y prohibiciones previstos en toda legislación aplicable que resulte o pueda resultar de aplicación.
  6. CAPTIVEA se reserva el derecho de actualizar y modificar estos Términos en cualquier momento.

3. SERVICIOS

  1. CAPTIVEA prestará los Servicios al Cliente de conformidad con las presentes Condiciones.
  2. CAPTIVEA asignará los recursos humanos y técnicos apropiados y suficientes para atender satisfactoriamente la Solicitud del Cliente y empleará la diligencia y el cuidado razonables en la prestación de los Servicios, de acuerdo con los estándares de práctica del sector.

4. CONTRATO

  1. CAPTIVEA emitirá una Propuesta Comercial para cualquier Solicitud del Cliente. Tras la Confirmación del Pedido, los términos de la Propuesta Comercial serán vinculantes y prevalecerán sobre cualquier información disponible en catálogos, folletos o en el sitio web de CAPTIVEA, que se facilita únicamente a título informativo.
  2. El Contrato podrá ser aceptado por el Cliente de forma remota, y el Cliente reconoce que la Confirmación del Pedido que lleve la firma electrónica del representante debidamente autorizado del Cliente y que sea recibida por CAPTIVEA constituye prueba de un contrato válido y podrá ser ejecutada por CAPTIVEA en consecuencia. La aceptación electrónica del Contrato tiene entre las Partes el mismo valor probatorio que un contrato en formato papel.
  3. Salvo pacto en contrario entre las Partes, el Contrato entrará en vigor en la fecha de la Confirmación del Pedido.

5. LICENCIA Y DURACIÓN

  1. Cuando sea necesario como parte del Servicio, CAPTIVEA concede al Cliente una licencia para utilizar el Software correspondiente por un periodo de un (1) año a partir de la fecha de instalación del Software, salvo que en el Contrato se disponga lo contrario.
  2. El periodo de suscripción de dicha licencia de Software se prorrogará automáticamente por un periodo de un (1) año a su vencimiento, salvo que cualquiera de las partes notifique por escrito a la otra su voluntad de no renovar con al menos tres (3) meses de antelación a la expiración del periodo inicial aplicable o del periodo de renovación en curso. Cada periodo de renovación se regirá por los términos y condiciones del periodo inicial o por los términos entonces vigentes.
  3. El Cliente reconoce y acepta que el Software correspondiente se concede bajo licencia, no se vende, y que CAPTIVEA conservará en todo momento la titularidad exclusiva sobre el Software y sobre cualquier patente, marca comercial, marca de servicio, derecho de base de datos, derecho de autor, derecho moral, derecho sobre modelos o diseños, know‑how y cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial, en cualquier parte del mundo, estén o no registrados.

6. COMPROMISOS DEL CLIENTE

  1. Siempre que CAPTIVEA lo requiera para la prestación de los Servicios, el Cliente se asegurará de que se permita al personal autorizado de CAPTIVEA acceder a cualquier local ocupado o controlado por el Cliente en el momento que CAPTIVEA especifique y permanecer en dichos locales durante el período que sea necesario para prestar los Servicios y, mientras el personal autorizado de CAPTIVEA permanezca en dichos locales en virtud de la presente cláusula, proporcionará o hará que se proporcionen los suministros y el espacio que resulten necesarios, así como un entorno de trabajo seguro, en dichos locales.
  2. El Cliente se compromete a cumplir con las especificaciones técnicas del Software requeridas para la instalación del Software. Las especificaciones técnicas del Software facilitadas por CAPTIVEA se proporcionan a título informativo y pueden ser modificadas o revisadas por el editor del Software.
  3. El Cliente designará a un representante autorizado, que será el principal interlocutor de CAPTIVEA para todas las cuestiones relacionadas con los Servicios.

7. COOPERACIÓN

  1. La correcta ejecución del Contrato y la adecuada prestación de los Servicios requieren la colaboración activa, continuada y de buena fe entre las Partes. En consecuencia, cada una de las Partes se compromete a:
    1. abstenerse de cualquier conducta que pueda afectar y/o dificultar el cumplimiento de las obligaciones de la otra Parte;
    2. facilitar con prontitud toda la información y documentos necesarios para la ejecución del Contrato;
    3. advertir a la otra parte lo antes posible en caso de dificultad y acordar el despliegue de la mejor solución posible con la mayor celeridad posible. 
  2. Las Partes se reunirán tan a menudo como sea necesario para garantizar la correcta ejecución del Contrato. Las Partes acuerdan reunirse al menos una (1) vez por trimestre durante treinta (30) minutos. 
  3. Es responsabilidad del Cliente facilitar a CAPTIVEA toda la información necesaria para la correcta prestación de los Servicios e informar a CAPTIVEA de cualquier dificultad de la que tenga conocimiento o que, por su conocimiento de su sector de actividad, pueda prever a medida que se vayan ejecutando los Servicios. 

8. PLAZO DE EJECUCIÓN

  1. CAPTIVEA hará esfuerzos razonables para prestar los Servicios dentro del plazo especificado en la Confirmación del Pedido. El plazo especificado en la Confirmación del Pedido tiene carácter meramente indicativo, salvo que en la propia Confirmación del Pedido se indique lo contrario, y CAPTIVEA no será en ningún caso responsable de ningún retraso.
  2. Si se produjera algún retraso debido al Cliente o al proveedor de CAPTIVEA, el plazo se ajustará en consecuencia, sujeto a la disponibilidad de CAPTIVEA.

9. CONDICIONES DE PAGO - HONORARIOS

9.1. Como contraprestación por la prestación de los Servicios por parte de CAPTIVEA y por los derechos concedidos al Cliente en virtud del Contrato, el Cliente abonará los honorarios establecidos en el Contrato.

9.2. El Cliente acepta reembolsar a CAPTIVEA todos los gastos razonables de viaje y demás desembolsos efectuados por CAPTIVEA en relación con la prestación de los Servicios.

9.3. CAPTIVEA podrá ajustar los honorarios en cualquier momento para tener en cuenta el aumento de los costes/honorarios del proveedor (editor) o el incremento de los costes de prestación del servicio. En caso de revisión de precios, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de la notificación del nuevo precio. Si el Cliente no notifica la resolución dentro de dicho plazo, se considerará que acepta los precios revisados, que serán de aplicación a las Partes durante el resto de la vigencia del Contrato.

9.4. Los honorarios serán pagaderos en el momento de la Confirmación del Pedido. Las cuotas de suscripción serán pagaderas anualmente al inicio de cada período de suscripción. Todos los honorarios deberán abonarse mediante transferencia bancaria, en fondos disponibles de forma inmediata, a la recepción de la factura. El Cliente asumirá cualesquiera comisiones bancarias que pudieran aplicarse.

9.5. El Cliente podrá adquirir horas prepagadas (“Purchased PPH”) válidas durante dos (2) años a partir de la fecha de compra. En caso de resolución del Contrato, las Purchased PPH no serán reembolsables. Las Purchased PPH solo podrán utilizarse para compensar Servicios. Los desembolsos y gastos no se deducirán de las Purchased PPH.

9.6. El tiempo previsto para la realización de cualquier Solicitud de Servicio será comunicado al cliente por CAPTIVEA y el Servicio solo se llevará a cabo tras la confirmación del Cliente, especificándose que únicamente el tiempo efectivamente empleado por CAPTIVEA se deducirá de las Purchased PPH. No obstante lo anterior, cualquier Solicitud de Servicio que, según el criterio profesional de CAPTIVEA, requiera cuatro (4) horas o menos será atendida por CAPTIVEA y se deducirá de las Purchased PPH sin la aprobación previa del Cliente. El tiempo dedicado a la realización de una Solicitud de Servicio se deduce en fracciones de quince (15) minutos.

9.7. Una vez agotadas las Purchased PPH, se aplicarán los honorarios estándar por hora vigentes en la fecha del Servicio para los Servicios restantes o adicionales. Los Servicios se facturarán bimestralmente y se abonarán a la recepción de la factura.

9.8. En caso de que CAPTIVEA no reciba el pago dentro de los siete (7) días siguientes a su vencimiento, CAPTIVEA podrá (i) cargar intereses sobre todos los pagos atrasados, calculados diariamente y capitalizados mensualmente al menor entre un tipo del diez (10) por ciento mensual o el tipo máximo permitido por la legislación aplicable, calculados diariamente y capitalizados mensualmente y (ii) suspender la prestación de todos los Servicios hasta que el pago se haya efectuado íntegramente. El Cliente también reembolsará a CAPTIVEA todos los gastos incurridos para el cobro de cualquier pago atrasado, incluidos, entre otros, los honorarios de abogados, las costas judiciales y las comisiones de las agencias de recobro.

9.9. Cláusula de fianza para los servicios facturados mensualmente con pago aplazado:

Fianza para servicios facturados mensualmente: Para los servicios facturados mensualmente, se exigirá una fianza al cliente. La fianza deberá ser equivalente, como mínimo, al 100 % del importe total estimado para el mes. El pago de la fianza se realizará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por la empresa

Ajuste de la fianza: Si el importe facturado durante el mes supera la fianza inicial, esta será revisada. Esta revisión tiene por objeto garantizar que la fianza sea igual, como mínimo, al 100 % del importe total de la factura mensual.

Facturación de la fianza y facturación mensual ordinaria: Al inicio del periodo de prestación del servicio, se facturará la fianza al cliente. Posteriormente, entrará en vigor el sistema de facturación mensual.

Al final del contrato: A la terminación del contrato, la devolución del depósito de garantía se efectuará mediante la asignación de horas de servicio equivalentes al importe inicial de dicha garantía.  La solicitud de devolución de la garantía depositada deberá iniciarse dentro de los 12 meses siguientes a la terminación para que sea considerada válida. Transcurrido este plazo, la solicitud se considerará nula y no podrá aceptarse.

9.10. Facturación del Servicio de Mantenimiento

Tras la prestación de los servicios, si se consideran necesarias correcciones, CAPTIVEA emitirá una factura por el tiempo adicional requerido. El Cliente será informado con antelación de las horas extra necesarias.

9.11. Garantía de tarifa plana

CAPTIVEA ofrece una opción de garantía de tarifa plana que cubre las correcciones posteriores a la entrega. Para beneficiarse de este servicio, el Cliente podrá contratarlo por un 25% adicional sobre el importe inicial del servicio. Esta opción de garantía deberá ser contratada expresamente por el Cliente y no está incluida por defecto. En ausencia de contratación de esta opción, cualquier corrección posterior a la entrega se facturará en función del tiempo empleado.

9.12. Revisión anual de precios para pago por uso

Para el modelo de pago por uso con facturación mensual por el tiempo dedicado al proyecto, las tarifas del servicio se revisan anualmente en la fecha de aniversario del contrato.
Esta revisión de precios aplicará un incremento máximo del 5% sobre el precio inicial del contrato.

10. IMPUESTOS

El Cliente será responsable de todos los impuestos (incluidos impuestos sobre bienes y servicios), tasas, gravámenes y otros cargos similares (y los intereses y sanciones relacionados), cualquiera que sea su denominación, impuestos en virtud de cualquier ley y pagaderos sobre cualquier importe que el Cliente deba abonar en virtud del presente contrato.

11. PROPIEDAD INTELECTUAL

Todos los Derechos de Propiedad Intelectual sobre, y todos los documentos, productos de trabajo y demás materiales que se entreguen al Cliente en virtud del Contrato o que sean preparados por CAPTIVEA o en su nombre en el curso de la prestación de los Servicios, incluidos cualesquiera elementos identificados como tales en la Confirmación de Pedido (conjuntamente, los «Entregables»), serán propiedad de CAPTIVEA. CAPTIVEA concede por el presente al Cliente una licencia para utilizar todos los Derechos de Propiedad Intelectual sin cargos adicionales y con carácter no exclusivo, mundial, intransferible, no sublicenciable, totalmente pagada, libre de regalías y perpetua, en la medida en que sea necesario para permitir al Cliente hacer un uso razonable de los Entregables y de los Servicios.

12. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

  1. Toda la información no pública, confidencial o reservada de CAPTIVEA, incluidos, a título enunciativo pero no limitativo, los secretos comerciales, la tecnología, la información relativa a las operaciones y estrategias empresariales y la información relativa a clientes, precios y marketing (conjuntamente, la «Información Confidencial»), que CAPTIVEA comunique al Cliente, ya sea comunicada verbalmente o divulgada o a la que se acceda en forma o soporte escrito, electrónico u otro, y esté o no marcada, designada o identificada de otro modo como «confidencial», en relación con la prestación de los Servicios y el presente Contrato, tendrá carácter confidencial y no podrá ser divulgada ni copiada por el Cliente sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA. La Información Confidencial no incluye la información que: (i) sea de dominio público; (ii) sea conocida por el Cliente en el momento de su divulgación; o (iii) haya sido obtenida legítimamente por el Cliente de un tercero sin obligación de confidencialidad.
  2. El Cliente se compromete a utilizar la Información Confidencial únicamente para hacer uso de los Servicios y de los Entregables.
  3. CAPTIVEA tendrá derecho a solicitar medidas cautelares por cualquier incumplimiento de esta cláusula.

13. NO CAPTACIÓN DE PERSONAL NI CLIENTES

  1. El Cliente acepta que, durante la vigencia del Contrato y durante un período de un (1) año posterior (el “Período Restringido”), no solicitará ni intentará solicitar, directa o indirectamente, ni intentará contratar a ninguna persona que sea empleado o contratista independiente identificado de CAPTIVEA.
  2. Las Partes acuerdan que una indemnización por daños y perjuicios no constituiría un remedio adecuado por cualquier incumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula 14 y que CAPTIVEA podrá, además de reclamar daños y perjuicios, solicitar medidas cautelares, ejecución específica y otras medidas de equidad por cualquier incumplimiento, real o amenazado, de lo dispuesto en esta cláusula 14 por parte del Cliente. Además, sin limitar los recursos de CAPTIVEA frente a cualquier incumplimiento de cualquiera de las restricciones establecidas en esta cláusula 14, salvo que la ley exija lo contrario, CAPTIVEA tendrá derecho a percibir pagos equivalentes a un año completo de facturación a la tarifa vigente del empleado, equivalente a 1.920 horas, que serán exigibles de forma inmediata.

14. MANIFESTACIONES Y GARANTÍA

  1. CAPTIVEA manifiesta y garantiza al Cliente que prestará los Servicios utilizando personal con las competencias, experiencia y cualificaciones requeridas y de manera profesional y diligente, de conformidad con las normas generalmente reconocidas en el sector para servicios similares, y que dedicará los recursos adecuados para cumplir sus obligaciones en virtud del presente Contrato. 
  2. CAPTIVEA no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la cláusula 16(a) a menos que el Cliente notifique por escrito a CAPTIVEA los Servicios defectuosos, con una descripción razonable de los mismos, dentro de los diez (10) días siguientes al momento en que el Cliente descubra o deba haber descubierto que los Servicios eran defectuosos.
  3. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 14(2), CAPTIVEA deberá, a su sola discreción: (i) reparar o volver a prestar dichos Servicios (o la parte defectuosa de los mismos); o (ii) abonar en cuenta o reembolsar el precio de dichos Servicios a la tarifa contractual proporcional correspondiente.
  4. LOS RECURSOS ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA 14(3) CONSTITUIRÁN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL CLIENTE Y LA TOTALIDAD DE LA RESPONSABILIDAD DE CAPTIVEA POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA LIMITADA ESTABLECIDA EN LA CLÁUSULA 14(1). 

15. EXENCIÓN DE GARANTÍAS

Salvo por la garantía establecida en la cláusula 14(1), CAPTIVEA no otorga ninguna otra garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita por ley, por los usos de comercio, por el curso de las relaciones entre las partes, por la forma de ejecución o de cualquier otra manera.

16. RESPONSABILIDAD

Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, CAPTIVEA no será responsable en modo alguno frente a ningún Cliente, ya sea en virtud de la ley, en equidad o de otro modo, y ya se base dicha responsabilidad en incumplimiento de contrato, indemnización o garantía (expresa, implícita o de otro tipo), o en responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia y el incumplimiento de deberes legales) o de otro tipo, por: 

  1. cualquier pérdida de ingresos, beneficios, negocio o clientela, o cualquier pérdida de carácter puramente económico (ya sea directa o indirecta); o
  2. cualquier daño emergente o indirecto, independientemente de cómo y cuándo se cause o produzca;
  3. cualquier pérdida, daño o responsabilidad causados por o derivados de:
    1. cualquier defecto, deficiencia, deterioro, fallo, retraso, interrupción, cese o perturbación de cualquier Servicio o Software o que le afecte;
    2. la incompatibilidad o inadecuación de cualquier Software en relación con, o conjuntamente con, cualquier otro software, sistema o equipo (ya sea utilizado, mantenido u operado por dicho Cliente o por cualquier otra persona); o
    3. la conservación, recopilación, utilización, divulgación y/o publicación por parte de CAPTIVEA, de cualquier forma y para cualquier fin, de cualquier información o dato (a) relativo a dicho Cliente o al uso de cualquier Servicio, (b) transmitido mediante el uso de cualquier Servicio, o (c) facilitado por dicho Cliente a CAPTIVEA.

La responsabilidad agregada de CAPTIVEA derivada de, en virtud de o relacionada con cada Contrato no excederá en ningún caso del total de los honorarios percibidos por CAPTIVEA del Cliente en virtud del Contrato durante los doce (12) meses anteriores al hecho que haya originado el daño. Nada de lo dispuesto en la presente Cláusula tendrá por objeto excluir ni limitar la responsabilidad de CAPTIVEA por fallecimiento o daños personales resultantes de negligencia.

CAPTIVEA mantendrá en vigor una cobertura de seguros normal y habitual durante la vigencia del Contrato.

17. RESOLUCIÓN

Además de cualesquiera otras acciones o medidas que puedan corresponder en virtud del presente Contrato, CAPTIVEA podrá resolver este Contrato con efectos inmediatos mediante notificación escrita al Cliente, si el Cliente:

  1. incumple el pago de cualquier cantidad vencida en virtud de este Contrato y dicho incumplimiento persiste durante diez (10) días después de la recepción por parte del Cliente de una notificación escrita de impago;
  2. no ha ejecutado o cumplido, de cualquier otra forma, cualquiera de los términos de este Contrato, total o parcialmente; o
  3. deviene insolvente, presenta una solicitud de concurso o inicia, o se inician contra él, procedimientos relativos a concurso, intervención judicial, reorganización o cesión en beneficio de los acreedores.

18. RENUNCIA

Ninguna renuncia por parte de CAPTIVEA a cualquiera de las disposiciones del presente Contrato será efectiva salvo que conste de forma explícita por escrito y esté firmada por CAPTIVEA. La falta de ejercicio o la demora en el ejercicio de cualquier derecho, acción, facultad o prerrogativa derivados del presente Contrato no operará ni podrá interpretarse como una renuncia a los mismos. Ningún ejercicio único o parcial de cualquier derecho, acción, facultad o prerrogativa en virtud del mismo impedirá cualquier otro o posterior ejercicio de estos ni el ejercicio de cualquier otro derecho, acción, facultad o prerrogativa.

19. FUERZA MAYOR

CAPTIVEA no será responsable frente al Cliente, ni se considerará que ha incumplido o vulnerado el presente Contrato, por cualquier falta o retraso en el cumplimiento o ejecución de cualquiera de los términos del mismo cuando, y en la medida en que, dicha falta o retraso se deba a, o resulte de, actos o circunstancias que escapen al control razonable de CAPTIVEA, incluyendo, sin carácter limitativo, casos fortuitos o de fuerza mayor, inundación, incendio, terremoto, explosión, actuaciones gubernamentales, guerra, invasión u hostilidades (haya o no declaración de guerra), amenazas o actos terroristas, disturbios o alteraciones del orden público, estado de emergencia nacional, revolución, insurrección, epidemia, pandemia, confinamientos, huelgas u otros conflictos laborales (estén o no relacionados con la plantilla de cualquiera de las Partes), o restricciones o retrasos que afecten a los transportistas o la imposibilidad o retraso en la obtención de suministros de materiales adecuados o apropiados, averías de material o de telecomunicaciones o cortes de suministro eléctrico; siempre que, si el hecho en cuestión se prolonga de forma continuada durante un período superior a treinta (30) días, el Cliente tendrá derecho a notificar por escrito a CAPTIVEA la resolución del presente Contrato.

20. DATOS PERSONALES

  1. Salvo con el acuerdo, consentimiento o autorización del Cliente (incluido el acuerdo, consentimiento y autorización otorgados o concedidos en virtud de la presente cláusula y/o de la política de protección de datos de CAPTIVEA), CAPTIVEA no recopilará, utilizará ni divulgará Información del Cliente para ningún fin distinto de los fines especificados en la legislación aplicable. Además de lo previsto en la cláusula 20(1), el Cliente podrá otorgar su acuerdo, consentimiento o autorización para toda recogida, uso y divulgación de Información del Cliente por parte de CAPTIVEA, para cualesquiera fines solicitados por CAPTIVEA, mediante cualquier forma escrita o mediante la aceptación por parte del Cliente de cualesquiera términos y condiciones pertinentes (incluidos en el Contrato) que hagan referencia a dicho acuerdo, consentimiento o autorización.
  2. El Cliente acepta expresamente, presta su consentimiento y autoriza la recopilación, utilización y divulgación, por parte de CAPTIVEA o en su nombre, de toda la información o datos relativos al Cliente (incluida cualquier Información del Cliente), en la forma y con las finalidades establecidas en la política de protección de datos de CAPTIVEA (cuyos términos se consideran incorporados por remisión a la presente cláusula), incluidas, entre otras, la provisión y gestión de los servicios, la investigación de mercado, la mejora de la red y de los servicios, la seguridad y gestión de riesgos, el cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias y las demás finalidades que se describen con mayor detalle en la política de protección de datos de CAPTIVEA, todo ello sin perjuicio de las modificaciones, revocaciones o rectificaciones que puedan haberse notificado por separado por el Cliente o al Cliente. Las disposiciones de esta cláusula 20(2) constituirán el consentimiento del Cliente a los efectos de la legislación aplicable, salvo que el Cliente notifique lo contrario por escrito, siguiendo el procedimiento que CAPTIVEA determine en cada momento, incluido el que pueda describirse en su política de protección de datos.
  3. Cuando el Cliente o su representante sea responsable de facilitar o facilite efectivamente a CAPTIVEA cualquier información o datos relativos a una o más personas físicas, el Cliente manifiesta, garantiza y se compromete frente a CAPTIVEA a que cada una de dichas personas físicas ha prestado su consentimiento para la recopilación, utilización y divulgación de sus datos personales por parte de CAPTIVEA o en su nombre, en la forma y con las finalidades establecidas en cualquier Acuerdo aplicable, incluida la política de protección de datos de CAPTIVEA, y el Cliente, además, en nombre de cada una de dichas personas físicas, acepta expresamente, presta su consentimiento y autoriza la recopilación, utilización y divulgación, por parte de CAPTIVEA o en su nombre, de toda dicha información y datos, de la forma y con las finalidades indicadas.

21. CESIÓN

El Cliente no podrá ceder ninguno de sus derechos ni delegar ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA. Cualquier cesión o delegación realizada en infracción de esta cláusula será nula y sin efecto. Ninguna cesión o delegación libera al Cliente de ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato.

22. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES

La relación entre las Partes es la de contratistas independientes. Nada de lo contenido en el presente Contrato se interpretará como la creación de una relación de agencia, sociedad, empresa conjunta u otra forma de empresa conjunta, relación laboral o fiduciaria entre las Partes, y ninguna de las Partes tendrá autoridad para celebrar contratos o vincular a la otra Parte en modo alguno.

23. DERECHOS DE TERCEROS

Ninguna persona que no sea parte en un Contrato tendrá derecho alguno en virtud de la Contracts (Rights of Third Parties) Act 2001 of Singapore a exigir el cumplimiento de ningún término de dicho Contrato.

24. LEY APLICABLE

Todas las cuestiones derivadas de un Contrato o relacionadas con el mismo se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de Singapur.

25. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Todas las reclamaciones y controversias relacionadas con un Contrato o derivadas del mismo, incluida cualquier cuestión relativa a la existencia, validez o terminación del Contrato, se resolverán de la siguiente manera:

  1. remitiendo dicha controversia a los Small Claims Tribunals, si la controversia entra dentro de la competencia de los Small Claims Tribunals;
  2. si así lo acuerdan las Partes, remitiendo conjuntamente dicha controversia a arbitraje y resolviendo en última instancia dicha controversia mediante arbitraje ante el Singapore International Arbitration Centre. Dicho arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento del Singapore International Arbitration Centre (el “Reglamento”) vigente en cada momento, entendiéndose que dicho Reglamento queda incorporado a la presente cláusula por remisión, salvo en la medida en que el Reglamento entre en conflicto con lo dispuesto en esta cláusula, en cuyo caso prevalecerán las disposiciones de esta cláusula. Todo arbitraje que se inicie en virtud de esta cláusula se llevará a cabo por un árbitro único designado conjuntamente por las Partes o, a falta de dicha designación conjunta, por el Presidente en cada momento del Singapore International Arbitration Centre. El idioma que se utilizará y en el que se redactarán todos los documentos escritos en cualquier arbitraje de este tipo será el inglés. Nada de lo dispuesto en esta cláusula impedirá que CAPTIVEA solicite medidas cautelares urgentes a cualquier tribunal con jurisdicción competente. El Cliente acepta que cualquier laudo dictado en un arbitraje iniciado conforme a esta cláusula podrá ser ejecutado por CAPTIVEA contra los bienes del Cliente dondequiera que dichos bienes se encuentren o puedan encontrarse, y que cualquier sentencia relativa a dicho laudo arbitral pueda ser dictada por cualquier tribunal con jurisdicción competente al efecto, y, a estos efectos, el Cliente se somete expresamente a la jurisdicción de cualquiera de dichos tribunales; o
  3. remitiendo dicha controversia a cualquier tribunal con jurisdicción competente y, a tal efecto, el Cliente se somete por el presente a la jurisdicción no exclusiva de los Tribunales de la República de Singapur respecto de todas y cada una de las reclamaciones y controversias entre las Partes relacionadas con el Contrato o derivadas del mismo, sin perjuicio de que el Cliente no podrá, sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA, iniciar ni proseguir ninguna acción o procedimiento en ninguna jurisdicción fuera de la República de Singapur en relación con cualquier reclamación o controversia de este tipo.
  4. En relación con las costas de litigio, la parte vencedora podrá ejercitar acciones contra la parte que resulte perdedora y tendrá derecho a solicitar el reembolso de sus costas de litigio. Las costas de litigio incluyen, sin carácter limitativo, los honorarios de abogados, gastos de recobro, honorarios notariales, tasas y gastos judiciales, costes de investigación, gastos de reproducción de documentos, costes de obtención y tratamiento de información electrónica, gastos telefónicos, gastos de envío y mensajería, gastos de soporte de tecnologías de la información, honorarios de consultores y peritos, gastos de viaje, honorarios de taquígrafos judiciales y honorarios de mediadores, entre otros.

26. NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, requerimientos, renuncias y demás comunicaciones efectuadas en virtud del presente (cada una, una “Notificación”) deberán formularse por escrito y dirigirse a las Partes a las direcciones indicadas en la Confirmación de Pedido o a cualquier otra dirección que la Parte receptora pueda designar por escrito. Todas las Notificaciones se enviarán mediante entrega en mano, servicio de mensajería urgente de ámbito nacional reconocido (con todos los gastos pagados por anticipado), correo electrónico (con confirmación de transmisión) o por correo certificado o registrado (en todos los casos, con acuse de recibo y franqueo pagado). Salvo que en este Contrato se disponga otra cosa, una Notificación solo surtirá efecto (a) en el momento de su recepción por la Parte receptora y (b) siempre que la Parte que efectúe la Notificación haya cumplido los requisitos establecidos en esta cláusula.

27. NULIDAD PARCIAL

Si cualquier término o disposición del presente Contrato fuera nulo, ilegal o inaplicable en alguna jurisdicción, dicha nulidad, ilegalidad o inaplicabilidad no afectará a ningún otro término o disposición de este Contrato ni supondrá la nulidad o inaplicabilidad de dicho término o disposición en ninguna otra jurisdicción.

28. VIGENCIA DE LAS CLÁUSULAS

Las disposiciones de estas Condiciones que, por su naturaleza, deban seguir siendo de aplicación más allá de su vigencia, permanecerán en vigor tras cualquier resolución o expiración del presente Contrato, incluidas, entre otras, las siguientes disposiciones: cláusula 13 (Información confidencial), cláusula 14 (No captación de personal o clientes), cláusula 15 (Manifestaciones y garantías), cláusula 17 (Responsabilidad), cláusula 25 (Ley aplicable), cláusula 26 (Resolución de disputas), cláusula 27 (Notificaciones), cláusula 29 (Supervivencia).

29. MODIFICACIÓN Y ENMIENDA

Salvo que se disponga expresamente lo contrario en el presente documento, un Contrato solo podrá modificarse o alterarse mediante un escrito que indique de forma específica que modifica el Contrato y que esté firmado por un representante autorizado de cada Parte.

30. Venta de equipos de terminal de punto de venta por CAPTIVEA

  1. CAPTIVEA propone a sus clientes distintos modelos de equipos digitales y aplicativos para operaciones financieras (en lo sucesivo, «el Equipo»). La presente sección establece las condiciones de pedido, entrega y pago del Equipo ofrecido por CAPTIVEA.
    Cualquier otro documento comunicado por el Cliente no será vinculante para CAPTIVEA en lo que respecta a la venta del Equipo. 
  2. Los precios del Equipo se comunicarán al Cliente en un catálogo. Los precios comunicados se indican sin impuestos ni gastos de envío.
    CAPTIVEA se reserva el derecho a modificar unilateralmente los precios del Equipo en función de los ajustes tarifarios efectuados por el proveedor. El Cliente será informado de cualquier modificación de precios antes de realizar un pedido.
  3. El Cliente realizará los pedidos a CAPTIVEA emitiendo una orden de compra por escrito. Todos los pedidos realizados son firmes y definitivos. En consecuencia, no se aceptará ninguna devolución de Equipos.
  4. El pago de los pedidos se efectuará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por CAPTIVEA. El pago íntegro deberá realizarse en el momento de efectuar el pedido del Equipo.
  5. Todo el equipamiento digital y aplicativo suministrado por CAPTIVEA está cubierto por la garantía en los términos establecidos por el proveedor.
    CAPTIVEA no será responsable de la aplicación de la garantía del Equipamiento, que será responsabilidad exclusiva del proveedor. No obstante, en caso de anomalía cubierta por la garantía del proveedor, CAPTIVEA facilitará la comunicación directa entre el cliente y el proveedor para su gestión.
    Cualquier reclamación o solicitud de garantía relativa al Equipamiento deberá dirigirse directamente al proveedor. Durante toda la vigencia de la garantía, el proveedor acudirá a las instalaciones del Cliente en un plazo de D+1 día laborable a partir del envío de la solicitud.
    Todo Cliente está obligado a inspeccionar el Equipamiento entregado a su llegada y a formular, en su caso, las reservas habituales en un plazo de 7 días laborables, so pena de quedar exoneradas de toda responsabilidad CAPTIVEA y el proveedor.
  6. En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, CAPTIVEA declina toda responsabilidad por daños directos, indirectos, incidentales, especiales, emergentes o punitivos, incluidos, entre otros, la pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso, derivados del uso o de la imposibilidad de uso del Equipamiento suministrado.
    En ningún caso la responsabilidad total de CAPTIVEA frente al Cliente, ya sea en virtud de la presente cláusula o en relación con la misma, excederá del importe total abonado por el Cliente por el Equipamiento de que se trate.
  • Definiciones
    • Daños directos: Daños inmediatos que resultan de un evento concreto.
    • Daños indirectos: Daños que resultan de forma indirecta del evento inicial.
    • Daños incidentales: Daños directamente relacionados con el evento inicial, pero que no constituyen su consecuencia principal.
    • Daños especiales: Daños inusuales o imprevistos que resultan del evento inicial.
    • Daños consecuenciales: Daños que se producen como resultado directo del hecho inicial, pero en un momento posterior.
    • Daños punitivos: Daños impuestos como castigo por una conducta ilícita o negligente, con el objetivo de desincentivar la repetición de dicho comportamiento.