Francia
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Captivea France - Versión 5 - Última actualización 02/09/2025
Las condiciones generales de Captivea France para la prestación de services (“Condiciones”)
CAPTIVEA presta servicios de consultoría, integración de software, formación y desarrollo específico de software a profesionales del ámbito del software de gestión empresarial y de los sistemas de información de empresa. Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto definir las condiciones de prestación y ejecución de los servicios, de concesión de licencias del Software, de los Módulos complementarios, así como de la Solución de software puesta a disposición del Cliente.
PARTE A - DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1 – DEFINICIONES
En las presentes Condiciones Generales, cada una de las expresiones mencionadas a continuación tendrá el significado que se le atribuye en la siguiente definición:
Cliente: La entidad jurídica que ha celebrado un contrato con CAPTIVEA.
Contrato: El contrato está compuesto por el Presupuesto aprobado por el Cliente y las presentes Condiciones Generales. En caso de contradicción, prevalecerán las disposiciones del Presupuesto sobre las Condiciones Generales.
Presupuesto: La propuesta comercial de CAPTIVEA que describe los servicios prestados, sus precios y, en su caso, el Software o la Solución de software objeto de licencia, la duración de la licencia y su precio.
Desarrollos Específicos: Desarrollos informáticos realizados por CAPTIVEA además del Software y de los Módulos complementarios para responder específicamente a las necesidades del Cliente.
Datos: Datos de cualquier tipo, incluidos los datos personales de los Usuarios, recogidos y tratados por el Software, así como los datos generados por el Software.
Estudio: servicios de consultoría informática, como auditoría, análisis de necesidades o asistencia en la redacción de pliegos de condiciones.
Editor: Empresa que edita y comercializa el(los) Software, del cual CAPTIVEA es distribuidor.
Instalación: Puesta a disposición del Software al Cliente mediante la creación de uno o varios accesos de usuario.
Integración de Software: Servicio de instalación en las instalaciones del Cliente o en modo alojado, de un Software o Solución de Software objeto de licencia a favor del Cliente.
Puesta en Producción: Uso efectivo del Software por parte del Cliente en su entorno de trabajo, a partir de o mediante la introducción de datos reales, para la realización de trabajos efectivos.
Módulos adicionales: Programas informáticos desarrollados o distribuidos por CAPTIVEA, diseñados para ser proporcionados a múltiples usuarios para la misma aplicación o función, a fin de complementar las funcionalidades básicas del Software, detallados en el Presupuesto.
Pruebas de Aceptación: Validación por parte del Cliente de la Instalación del Software, ya sea de forma expresa o tácita mediante la Puesta en Producción del Software.
Solución de Software: Paquete de software que integra Software, Módulos adicionales y Desarrollos Específicos.
Sistema de Información: Conjunto de hardware, software, aplicaciones, bases de datos y redes de telecomunicaciones del Cliente.
Servicios: Conjunto de servicios ofrecidos por CAPTIVEA, incluyendo Estudio, Enmarcado, Auditoría, Formación, Integración de Software, Migración de Datos, Soporte, Mantenimiento, Desarrollos Específicos y cualquier otro servicio relacionado con el Sistema de Información del Cliente.
Usuario: Persona física, bajo la autoridad del Cliente, autorizada para utilizar el Software.
ARTÍCULO 2 – FORMACIÓN DEL CONTRATO
Cada prestación de servicio está supeditada a un presupuesto o a una propuesta comercial previa. Únicamente los precios e información recogidos en dicho presupuesto o propuesta comercial tienen valor contractual, quedando excluidos los precios e información presentados en catálogos, folletos y en la CAPTIVEA website, que se facilitan únicamente a título orientativo.
El contrato se considera perfeccionado tan pronto como CAPTIVEA tenga conocimiento de la aceptación del presupuesto o de la propuesta comercial por parte del cliente, ya sea mediante correo postal enviado al domicilio social de CAPTIVEA o por correo electrónico.
En caso de aceptación por correo electrónico, el contrato solo se considerará perfeccionado a partir de la fecha de envío, por parte de CAPTIVEA, del acuse de recibo o de la confirmación del correo electrónico del cliente.
La aceptación del presupuesto o de la propuesta comercial también puede formalizarse mediante un proceso de firma electrónica cualificada (como Docusign u otro proveedor de firma electrónica cualificada) de conformidad con los artículos 1364 y siguientes del Código Civil.
Salvo estipulación expresa en contrario en el presupuesto o en la propuesta comercial, el contrato entra en vigor el día de su perfección.
Una vez perfeccionado, el Contrato es irrevocable. No obstante, en caso de anulación unilateral por parte del Cliente, cualquiera que sea la causa, las cantidades debidas en virtud del Contrato se harán inmediatamente exigibles y el Cliente deberá abonarlas en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la presentación de la factura.
ARTÍCULO 3 – DURACIÓN
En lo que respecta a las licencias de Software, el Contrato adopta la forma de una suscripción, celebrada por un periodo inicial de un (1) año a partir de la Instalación del Software, salvo que en el Presupuesto se especifique un compromiso de mayor duración.
Este Contrato se renueva tácitamente en la fecha de vencimiento por periodos de un (1) año, salvo que cualquiera de las partes informe a la otra de su intención de resolverlo mediante carta certificada con acuse de recibo, con un preaviso mínimo de tres (3) meses antes del vencimiento inicial o renovado. Cualquier modificación durante este último trimestre generará una comisión de gestión fija de 200 € (sin IVA) por suscripción.
El Contrato finaliza cuando CAPTIVEA haya realizado la totalidad de los Servicios y estos hayan sido abonados por el Cliente. En cualquier caso, el Contrato termina en la fecha de su resolución o de su no renovación, cualquiera que sea el motivo.
ARTÍCULO 4 – ACEPTACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES
A falta de una disposición específica y por escrito en el Presupuesto o en la propuesta comercial que se aparte total o parcialmente de las presentes Condiciones Generales, la aceptación por parte del Cliente de un Presupuesto o de una propuesta comercial de CAPTIVEA supondrá una aceptación íntegra de las presentes Condiciones Generales por parte del Cliente, con exclusión de todo otro documento emitido por el Cliente, siempre que este haya tenido la posibilidad de conocer dichas condiciones.
CAPTIVEA se reserva el derecho de modificar las presentes Condiciones Generales en cualquier momento.
Las modificaciones de las Condiciones Generales serán aplicables a los contratos en curso treinta (30) días después del envío de dichas modificaciones al Cliente por correo electrónico. Si el Cliente rechaza estas modificaciones, podrá resolver el Contrato mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo a CAPTIVEA dentro del plazo de preaviso. En tal caso, serán de aplicación las disposiciones previstas en el Artículo 17: Consecuencias de la resolución del Contrato.
ARTÍCULO 5 – PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
En el marco de la prestación de sus Servicios, CAPTIVEA no asume ninguna obligación de resultados.
La responsabilidad de CAPTIVEA se rige por las disposiciones recogidas en la sección correspondiente de la Parte A - Artículo 8.
Artículo 5.1 – Definición del alcance contractual
CAPTIVEA no asume un alcance contractual predeterminado, sino que se compromete a un volumen de tiempo, con el objetivo de responder de manera eficaz a las necesidades del Cliente. Aunque CAPTIVEA pueda facilitar al Cliente una estimación global del proyecto para una mejor comprensión del conjunto, esta no constituye un compromiso fijo.
Artículo 5.2 – Fase de análisis
Antes de iniciar los Servicios, CAPTIVEA podrá proponer una fase de análisis para delimitar el alcance funcional o técnico, las especificaciones del Cliente y garantizar la compatibilidad entre las necesidades del Cliente y la solución de software o el Servicio seleccionado. Esta fase de análisis se integrará en el Presupuesto inicial o en la propuesta comercial, con un compromiso de recursos.
En su caso, el Cliente acepta que esta fase pueda llevar a CAPTIVEA a revisar la estimación global y el volumen de tiempo necesario para la prestación del Servicio.
ARTÍCULO 6 – COMPROMISOS DEL CLIENTE
El Cliente se compromete a colaborar activamente en la correcta finalización de los Servicios, facilitando puntualmente a CAPTIVEA información veraz y exacta, junto con todos los datos y documentos necesarios para el avance del proyecto y el cumplimiento de los plazos indicados en el Contrato. El Cliente informará sin demora a CAPTIVEA de cualquier elemento que pueda comprometer la correcta ejecución de los servicios. Se compromete igualmente a informar a CAPTIVEA de cualquier cambio relativo a los datos facilitados y será el único responsable de cualquier disfunción.
En caso de que los Servicios seleccionados por el Cliente deban prestarse desde las instalaciones del Cliente y/o con el equipo del Cliente, este se compromete a garantizar a CAPTIVEA un acceso sin restricciones a sus instalaciones y/o a su equipo, proporcionando las herramientas estrictamente necesarias para la correcta ejecución de los servicios.
El Cliente se compromete a cumplir todos los requisitos técnicos necesarios para la instalación y el funcionamiento del Software y de la Solución de Software. Los requisitos técnicos comunicados por CAPTIVEA se facilitan únicamente a título orientativo y pueden ser modificados por los editores de software y los proveedores del Sistema de Información del Cliente.
El Cliente designará a una persona capaz de responder a las consultas funcionales y/o técnicas de CAPTIVEA, que actuará como interlocutor principal de CAPTIVEA para el seguimiento del avance del proyecto y de su uso tras la entrega de la Solución de Software.
Para poder ofrecer respuestas fundamentadas a las consultas de nuestros equipos, la persona designada deberá haber recibido asimismo formación sobre las funcionalidades básicas de la Solución de Software.
En caso de ausencia, el Cliente designará sin demora un interlocutor alternativo para evitar obstaculizar el progreso del proyecto y solicitará a CAPTIVEA que proporcione formación básica adicional al nuevo interlocutor.
Salvo decisión en contrario del Cliente, esta persona designada será también el único punto de contacto de CAPTIVEA para todo lo relativo al Soporte.
ARTÍCULO 7 – COMPROMISOS DE CAPTIVEA
CAPTIVEA se compromete a asignar el tiempo y los recursos humanos, materiales y técnicos necesarios para la realización de los Servicios encargados por el Cliente, comprometiéndose a ejecutarlos de forma profesional y conforme a las buenas prácticas del sector, y ello siempre que el Cliente cumpla debidamente con sus propias obligaciones.
A falta de disposiciones específicas, la documentación del Software o de la Solución de Software y de los Módulos Complementarios será la que esté disponible en la página web del Editor, en inglés, o en francés cuando esté disponible.
CAPTIVEA también se compromete a informar periódicamente al Cliente sobre el estado de avance de los Servicios y sobre cualquier dificultad de la que tenga conocimiento y sus consecuencias, en particular en términos de plazo y/o coste, que pudiera derivarse.
ARTÍCULO 8 – RESPONSABILIDAD – SEGURO
Las partes acuerdan expresamente que CAPTIVEA sólo está obligada por una obligación de medios. En consecuencia, la responsabilidad de CAPTIVEA sólo podrá verse comprometida en caso de culpa probada por su parte, demostrada por el Cliente.
Expresamente, CAPTIVEA no podrá ser considerada responsable de los daños indirectos que pueda sufrir el Cliente, tales como pérdidas comerciales, pérdida de beneficios, daño a la imagen de marca, pérdida de datos u otros que puedan resultar de la ejecución de los Servicios, del uso del Software, de la imposibilidad de utilizar el Software o del uso de los resultados obtenidos mediante el uso del Software. Cualquier acción ejercitada contra el Cliente por un tercero constituye un daño indirecto.
Se acuerda expresamente entre las partes que la responsabilidad de CAPTIVEA, en caso de falta probada por parte del Cliente, queda expresamente limitada al importe de las sumas abonadas por el Cliente en virtud del Contrato en los doce (12) meses anteriores a la ocurrencia del daño; incluso en caso de resolución o anulación del Contrato.
CAPTIVEA dispone de un seguro de responsabilidad civil profesional. CAPTIVEA se compromete a mantener estas coberturas durante toda la vigencia de este contrato y a aportar la oportuna acreditación a petición del Cliente.
ARTÍCULO 9 – PLAZO
El plazo y las fechas de entrega indicados en el presupuesto o en la propuesta comercial se facilitan únicamente a título orientativo, salvo indicación en contrario. En consecuencia, los retrasos en la entrega imputables a CAPTIVEA no podrán dar lugar a penalización ni indemnización alguna, ni justificarán una revisión del precio ni la resolución o el rechazo del pedido por parte del Cliente.
Si el retraso es imputable al Cliente (solicitudes de modificación, espera de elementos, etc.) o a un proveedor de CAPTIVEA, la fecha de entrega se reprogramará en consecuencia en función de la disponibilidad de CAPTIVEA, sin que CAPTIVEA pueda ser considerada responsable de dicho retraso.
Si el retraso supera los treinta (30) días tras un requerimiento sin éxito, CAPTIVEA se reserva el derecho a resolver el contrato, permaneciendo el cliente obligado al pago de todas las facturas y pedidos realizados antes de la resolución.
ARTÍCULO 10 – CONDICIONES FINANCIERAS
Artículo 10.1 – Tarifas
Las tarifas de los Servicios se expresan en euros, netas y sin incluir ningún tipo de impuesto ni tasa. No obstante, si el precio de las Licencias de Software se basa en un precio de proveedor fuera de la zona euro, su precio podrá expresarse en divisas. En tal caso, se convertirá a euros sobre la base del tipo de cambio aplicable el día de la facturación de la Licencia (o de su renovación).
Las cuotas anuales por la gestión de licencias, indicadas en el Presupuesto o en la propuesta comercial, podrán ser de aplicación al Cliente.
Artículo 10.2 – Revisión de tarifas
CAPTIVEA se reserva el derecho a modificar sus precios en cualquier momento para reflejar cambios en la política de precios de sus propios proveedores (Editor) o para reflejar cambios en sus costes internos. El Cliente tiene la opción de rechazar dicha modificación y resolver el Contrato sin penalización, mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo a CAPTIVEA en un plazo de treinta (30) días a contar desde el envío de estas nuevas tarifas por parte de CAPTIVEA.
En ausencia de resolución dentro del plazo de preaviso, las modificaciones de tarifas se aplicarán automáticamente al Contrato en curso. En caso de resolución, serán de aplicación las disposiciones del Artículo 17.
Artículo 10.3 – Envío de facturas
Las facturas se envían en formato electrónico; no obstante, el Cliente podrá solicitar su envío en formato papel. Esta solicitud podrá estar sujeta a gastos administrativos.
Artículo 10.4 – Pago
Salvo pacto en contrario entre las partes, el Cliente se compromete a pagar el importe total de los servicios indicados en el presupuesto o propuesta comercial en el momento de la validación del pedido. Los servicios prestados en forma de suscripción se facturarán anualmente, al inicio del periodo. Salvo que las partes acuerden otra cosa, las facturas serán pagaderas a su recepción.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria o cheque nominativo a favor de CAPTIVEA. Todos los gastos bancarios (incluidos los gastos por devolución) cargados por un intermediario financiero o abonados por CAPTIVEA serán repercutidos al Cliente.
En caso de retraso total o parcial en el pago, por cualquier motivo, se aplicará una penalización por demora al tipo contractual del 12 % anual desde la fecha de vencimiento, sin necesidad de requerimiento, de conformidad con el artículo L441-6 del Código de Comercio. Además, el Cliente estará sujeto a una indemnización fija en concepto de costes de recobro, cuyo importe se fija en 40 €. No obstante, si los costes de recobro incurridos superan los 40 €, CAPTIVEA podrá solicitar una compensación adicional, previa justificación.
En caso de renovaciones de licencias, estas penalizaciones por demora se aplicarán además de las aplicadas por el Editor y se repercutirán automáticamente al cliente (véase Parte B, Artículo 2).
Artículo 10.5 – Prestación y Pago de los Servicios
El Cliente será atendido mediante la compra previa de un «bono de horas» que le permitirá adquirir una bolsa de tiempo disponible de CAPTIVEA para la realización de los distintos servicios detallados en el presupuesto o propuesta comercial.
Los cupones de horas se facturan y deben abonarse íntegramente por adelantado a la recepción del pedido, salvo acuerdo en contrario. El periodo de validez de los cupones de horas es de dos (2) años a partir de la fecha del pedido. La tarifa horaria aplicable será la vigente en el momento del pedido o de la renovación del cupón de horas.
Todos los servicios prestados en modo "Cupón de horas", excluyendo el soporte funcional, dan lugar a una estimación del tiempo consumido, de acuerdo con el procedimiento indicado en el presupuesto o en la propuesta comercial.
Cualquier solicitud que requiera, según estimación de CAPTIVEA, un máximo de cuatro (4) horas de intervención se llevará a cabo sin validación previa por parte del Cliente. Las solicitudes se estiman a título informativo y deberán ser validadas previamente por el Cliente, deduciéndose el tiempo real de intervención del cupón de horas una vez finalizada. Para cualquier solicitud no validada, el tiempo de cualificación se deducirá en tiempo real.
El tiempo dedicado a una solicitud se deduce en fracciones de quince (15) minutos por hora.
Cuando el cupón de horas contratado se haya agotado, y en ausencia de haber renovado previamente un cupón de horas adicional con nuestros servicios, y con el fin de garantizar la continuidad del servicio para el Cliente, CAPTIVEA podrá tramitar todas las solicitudes adicionales o pendientes del Cliente aplicando la tarifa horaria vigente el día de la realización por parte de nuestros equipos (a fecha de 01/01/2022: 150 €/hora). La factura se emitirá bimestralmente y será pagadera a la recepción de la misma.
Los servicios que pueden prestarse en modo "Cupón de horas" no incluyen ningún gasto de desplazamiento.
Para que el soporte de CAPTIVEA se preste en las mejores condiciones posibles, el cliente se compromete a celebrar al menos una reunión trimestral de treinta (30) minutos entre su interlocutor en CAPTIVEA y él mismo.
En caso de rescisión del Contrato, sea cual sea el motivo, el tiempo restante adquirido mediante los bonos de horas no será reembolsable.
Artículo 10.6 - Cláusula de fianza para los servicios facturados mensualmente con pago aplazado:
1. Fianza para los servicios facturados mensualmente:
Para los servicios facturados mensualmente, se exigirá una fianza al cliente.
La fianza deberá ser equivalente como mínimo al 100 % del importe total estimado para el mes.
El pago de la fianza se efectuará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por la empresa.
2. Ajuste de la fianza:
Si el importe facturado durante el mes supera la fianza inicial, esta se revisará.
Esta revisión tiene por objeto garantizar que la fianza sea igual como mínimo al 100 % del importe total de la factura mensual.
3. Facturación de la fianza y facturación mensual ordinaria:
Al inicio del periodo de prestación del servicio, se facturará la fianza al cliente.
Posteriormente, entrará en vigor el sistema de facturación mensual.
4. Al finalizar el contrato:
Tras la resolución del contrato, la devolución de la fianza se realizará mediante la asignación de horas de servicio equivalentes al importe inicial de la garantía.
La solicitud de devolución de la garantía depositada deberá iniciarse en un plazo de 12 meses a partir de la resolución del contrato para que sea considerada válida. Transcurrido dicho plazo, la solicitud se considerará nula y no podrá ser aceptada.
Artículo 10.7 - Facturación del servicio de mantenimiento
Tras la prestación de los servicios, si se consideran necesarias correcciones, CAPTIVEA emitirá una factura por el tiempo adicional requerido. El Cliente será informado con antelación de las horas extra necesarias.
Artículo 10.8 - Garantía de precio fijo
CAPTIVEA ofrece una opción de garantía de precio fijo que cubre las correcciones posteriores a la entrega. Para beneficiarse de este servicio, el Cliente podrá suscribirse al mismo por un 25% adicional sobre el importe inicial del servicio. Esta opción de garantía deberá ser contratada expresamente por el Cliente y no está incluida por defecto. En ausencia de contratación de esta opción, cualquier corrección posterior a la entrega se facturará en función del tiempo empleado.
Artículo 10.9 - Revisión anual de precios para pago por uso
En el caso de pago por uso con facturación mensual en función del tiempo dedicado al proyecto, las tarifas del servicio se revisarán anualmente en la fecha de aniversario del contrato.
Dicha revisión se basará en el índice Syntec, calculado de la siguiente manera:
P1 = P0 x (S1/S0)
Donde:
P1 = Precio revisado
P0 = Precio inicial del contrato
S0 = Índice Syntec
de referencia en la fecha de firma del contrato
S1 = Último índice publicado en la fecha de revisión
ARTÍCULO 11 – CONFIDENCIALIDAD
Las Partes se comprometen a no revelar la información confidencial de la otra parte de la que puedan tener conocimiento en el curso de la prestación de los servicios de CAPTIVEA y/o para la aplicación de las presentes condiciones. Así, las Partes se obligan a respetar estrictamente dicha confidencialidad y a no comunicar a nadie ninguna información no pública de la que tengan conocimiento, tanto durante la vigencia del contrato como tras su finalización. En particular, el Cliente se compromete a no revelar a ningún tercero, total o parcialmente, la información recopilada sobre las soluciones de software de CAPTIVEA, y CAPTIVEA se obliga a no revelar la información confidencial del Cliente y a no utilizarla para ninguna finalidad distinta de la estrictamente necesaria para la prestación de servicios al Cliente. Los términos y condiciones de la relación entre CAPTIVEA y el Cliente se consideran confidenciales. No se considerará confidencial la información que sea de dominio público en el momento de su divulgación o que pase a serlo posteriormente sin que ninguna de las Partes incumpla su obligación de confidencialidad, o la que haya sido obtenida legítimamente de un tercero sin vulneración de un acuerdo de confidencialidad relativo a dicha información.
ARTÍCULO 12 – NO CAPTACIÓN DE PERSONAL
Durante toda la vigencia del Contrato y por un período de un (1) año a contar desde la finalización del Contrato, por cualquier causa, el Cliente se compromete a no solicitar, contratar ni recurrir, directa o indirectamente, a ningún empleado o exempleado de CAPTIVEA durante la vigencia del Contrato, haya o no participado en la ejecución del mismo.
En caso de incumplimiento de la presente cláusula, el Cliente deberá abonar a CAPTIVEA una indemnización equivalente a un año del salario bruto cargado (incluidas las cotizaciones a cargo del empleador) del empleado afectado.
ARTÍCULO 13 – REFERENCIAS COMERCIALES
Al aceptar las presentes Condiciones Generales y durante toda la vigencia del Contrato, el Cliente autoriza expresamente a CAPTIVEA a mencionarle como cliente y a reproducir en su sitio web y en sus documentos comerciales el logotipo o la marca facilitados por el Cliente, para su reproducción fiel de acuerdo con la carta gráfica del Cliente. Del mismo modo, el Cliente podrá indicar que es cliente de CAPTIVEA.
ARTÍCULO 14 – FUERZA MAYOR
El cumplimiento de las obligaciones que incumben a cada parte en virtud de las presentes condiciones quedará suspendido en caso de producirse un supuesto de fuerza mayor en el sentido del artículo 1218 del Código Civil francés y de la jurisprudencia de los tribunales franceses. Por acuerdo expreso, se considerarán como supuestos de fuerza mayor las averías, restricciones o interrupciones de las redes eléctricas o de telecomunicaciones, de las redes de Internet y, en particular, cualquier fallo o interrupción de los servicios de los proveedores o subcontratistas de CAPTIVEA. En tal caso, la parte afectada por la fuerza mayor informará sin demora y por escrito a la otra parte de su duración y de sus consecuencias previsibles. Si el supuesto de fuerza mayor se prolongara más de sesenta (60) días a partir de la notificación mencionada anteriormente, la parte afectada tendrá derecho a resolver automáticamente el Contrato, sin indemnización, sin más formalidad que el envío de una carta certificada con acuse de recibo a la otra parte.
ARTÍCULO 15 – CESIÓN
Los beneficios del Contrato no podrán ser cedidos ni transmitidos por el Cliente a un tercero sin el previo consentimiento escrito de CAPTIVEA. No obstante, CAPTIVEA tendrá derecho a ceder en cualquier momento sus derechos y obligaciones en virtud del Contrato, siempre que el Cliente sea informado. En tal caso, CAPTIVEA quedará liberada de cualquier obligación relacionada con el Contrato, tanto respecto de las obligaciones ya ejecutadas como de las relativas a la futura ejecución del Contrato por parte del cesionario.
ARTÍCULO 16 – SUBCONTRATACIÓN
CAPTIVEA está autorizada a subcontratar, total o parcialmente, la ejecución de sus obligaciones contractuales a filiales del Grupo o a un tercero.
CAPTIVEA informará al Cliente con anterioridad o, dado el carácter del Servicio, tan pronto como sea razonablemente posible, por cualquier medio que deje constancia escrita, de la contratación de un Subcontratista para la ejecución de cualquier Servicio en virtud del Contrato.
El Cliente podrá, en un plazo de quince (15) días a contar desde la fecha de dicha notificación, comunicar por escrito motivos de oposición debidamente fundamentados al uso del Subcontratista propuesto (por ejemplo, motivos graves relacionados con la seguridad, el lugar de tratamiento o el cumplimiento de la normativa aplicable). Si la oposición está justificada y no se retira, las Partes se reunirán de buena fe para acordar una solución (sustitución del Subcontratista, adopción de garantías adicionales, etc.).
Si no se alcanza un acuerdo en un plazo de treinta (30) días a partir de la oposición fundamentada, las Partes se esforzarán por encontrar una solución. Si no se alcanza un acuerdo en un plazo adicional de quince (15) días, CAPTIVEA podrá, a su entera discreción, bien:
(i) sustituir al Subcontratista; o
(ii) suspender la parte del Servicio confiada al Subcontratista hasta que se hayan implementado las garantías solicitadas por el Cliente.
Si el Cliente insiste en la resolución del Contrato por este motivo, estará obligado a abonar
(i) todas las cantidades vencidas; y
(ii) los costes razonables incurridos por CAPTIVEA en la contratación del Subcontratista.
ARTICLE 17 – TERMINACIÓN ANTICIPADA
En caso de incumplimiento por cualquiera de las partes de sus obligaciones esenciales (en particular, el impago o el incumplimiento de la obligación de colaboración por parte del Cliente), y a falta de subsanación en el plazo de un (1) mes tras la notificación del incumplimiento mediante carta certificada con acuse de recibo, la otra parte podrá resolver el contrato de pleno derecho mediante carta certificada con acuse de recibo.
Asimismo, en caso de resolución anticipada por incumplimiento del Cliente, CAPTIVEA se reserva el derecho de aplicar una penalización al Cliente fijada en el 10 % del precio sin impuestos de las cantidades pendientes de pago, sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que CAPTIVEA pueda reclamar para compensar el perjuicio sufrido.
En caso de cancelación unilateral del Contrato por parte del Cliente, las cantidades debidas en virtud del Contrato serán exigibles de inmediato, y el Cliente deberá abonarlas en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la presentación de la factura.
ARTICLE 18 – CONSECUENCIAS DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Cuando el Cliente utilice el software en virtud de una licencia directa del editor, la resolución del Contrato no afectará a los derechos de uso del Cliente tal como se definen en el acuerdo entre el editor y el Cliente.
Los desarrollos específicos realizados por CAPTIVEA en virtud del Contrato siguen siendo propiedad intelectual de CAPTIVEA. Sujeto al pago íntegro de los servicios correspondientes, CAPTIVEA concede al Cliente una licencia no exclusiva y perpetua para utilizar dichos desarrollos para sus fines internos.
El Cliente deberá cesar en el uso de los desarrollos de CAPTIVEA únicamente si la licencia concedida es expresamente limitada o revocable en los términos del Contrato. En caso contrario, la resolución del Contrato no afecta al derecho de uso concedido.
El Cliente deberá abonar, en un plazo de quince (15) días a partir de la terminación del Contrato, todas las cantidades que sigan pendientes de pago a CAPTIVEA.
Los honorarios devengados por el periodo contractual en curso no son reembolsables, al igual que cualquier saldo de tiempo restante en las hojas de tiempo, salvo disposición expresa en contrario.
Tras la terminación del Contrato, CAPTIVEA se compromete a devolver al Cliente o, previa instrucción escrita del Cliente, destruir todos los elementos o documentos pertenecientes al Cliente que CAPTIVEA haya recibido durante la prestación de los Servicios. CAPTIVEA no conservará ninguna copia, salvo que la ley lo exija o para fines de archivo interno seguro, en cuyo caso se informará al Cliente.
ARTÍCULO 19 – NULIDAD PARCIAL DE LAS CLÁUSULAS CONTRACTUALES
Cualquier hecho que afecte, por la razón que sea, a la existencia de una disposición contractual, incluida su supresión, imposibilidad de ejecución o invalidación por decisión judicial, que sea separable de las demás disposiciones del presente documento, no afectará al carácter obligatorio para las partes del cumplimiento de las demás estipulaciones de las presentes condiciones generales.
ARTÍCULO 20 – RENUNCIA
En caso de que cualquiera de las partes no exija o no reclame frente a la otra parte la aplicación de alguna de las disposiciones recogidas en el presente documento, dicha conducta no se interpretará en ningún caso como una renuncia a dicha aplicación ni perjudicará los respectivos derechos de las partes.
ARTÍCULO 21 – PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA
1. Si se incoan procedimientos de insolvencia o procedimientos colectivos contra el Cliente (concurso, procedimiento de salvaguarda o reestructuración, liquidación, insolvency/Bankruptcy/Corporate Insolvency Resolution Procedure o cualquier procedimiento equivalente), CAPTIVEA podrá, con sujeción a la normativa concursal aplicable y sin perjuicio de los derechos que estas leyes confieran a los administradores, interventores o liquidadores:
(i) resolver el Contrato mediante notificación escrita al deudor y, en su caso, a su representante legal, administrador o liquidador;
(ii) exigir el pago inmediato de las cantidades vencidas a la fecha de la resolución; dichos créditos podrán, en función de la legislación aplicable, ser tratados como créditos reconocidos en el procedimiento concursal;
(iii) si el pago no se efectúa dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de la resolución, ejercitar cualesquiera acciones amistosas o judiciales disponibles (requerimiento formal de pago, acción de reclamación de cantidad, ejecución de cualesquiera garantías o avales, compensación en la medida en que lo permita la ley, ejecución de las garantías reales, etc.).
2.Cuando el ejercicio de cualquiera de los derechos establecidos anteriormente esté expresamente prohibido por la legislación concursal aplicable (por ejemplo, debido a una moratoria o a una «suspensión automática»), CAPTIVEA lo notificará inmediatamente a la parte afectada y colaborará con el administrador concursal, el liquidador o el órgano jurisdiccional competente para hacer valer sus derechos de conformidad con el procedimiento concursal aplicable. CAPTIVEA se reserva asimismo el derecho, antes de reanudar los servicios, a exigir garantías adicionales (aval, depósito, carta de crédito, etc.) si la situación financiera del Cliente así lo justifica.
ARTÍCULO 22 – LEY APLICABLE – LITIGIOS
Las presentes condiciones generales se rigen por el Derecho francés.
En caso de litigio y a falta de acuerdo amistoso, se atribuye competencia exclusiva al Juzgado de lo Mercantil de Chambéry, sin perjuicio de la pluralidad de demandados o de la llamada en garantía de terceros, incluso para actuaciones urgentes o medidas cautelares, en procedimientos sumarios o por petición.
PARTE B – CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LICENCIAS DE SOFTWARE Y MÓDULOS ADICIONALES
ARTÍCULO 1 – ACEPTACIÓN DE LA LICENCIA DE SOFTWARE DEL EDITOR
Cualquier servicio de Integración de Software incluye la concesión de Licencias de Software, cuya cantidad se define en el Contrato por el Cliente.
El Cliente deberá validar las condiciones de la licencia de Software con el editor antes de solicitar las licencias a través de CAPTIVEA.
El Cliente se compromete a utilizar el Software de conformidad con los términos y disposiciones del contrato de licencia de usuario final.
Asimismo, la eficacia del Contrato queda supeditada a la aceptación por el Editor del pedido de licencia para el Cliente.
ARTÍCULO 2 – POLÍTICA COMERCIAL DEL EDITOR
Los Editores con los que CAPTIVEA es socio son libres de fijar y modificar su política comercial sin previo aviso.
En consecuencia, CAPTIVEA se reserva el derecho de repercutir estas modificaciones, sea cual sea su naturaleza, en los Contratos en curso con el Cliente, sin previo aviso.
En particular, y sin carácter limitativo, CAPTIVEA se reserva el derecho a:
- Modificar los precios de las licencias en caso de cambio en las tarifas del Editor,
- Facturar automáticamente cualquier penalización por demora aplicada por el editor en caso de pago tardío (pago posterior al inicio del período facturado),
- Rescindir el Mantenimiento o el Soporte para las versiones no respaldadas por el Editor,
- Resolver el Contrato si ya no cumple las condiciones de elegibilidad vigentes establecidas por el Editor.
CAPTIVEA informará al Cliente tan pronto como tenga conocimiento de este cambio en la política comercial y le comunicará la fecha de entrada en vigor de la modificación o, en su caso, de la resolución. Dicha resolución no dará derecho al Cliente a indemnización alguna ni al reembolso de las cantidades abonadas en virtud del Contrato por CAPTIVEA.
Asimismo, en el caso de que el Contrato perfeccionado aún no haya entrado en vigor, y un cambio en la política comercial del Editor, producido entre la perfección del Contrato y su entrada en vigor, impidiera la ejecución del mismo, CAPTIVEA podrá anular el Contrato sin coste ni indemnización.
ARTÍCULO 3 – DURACIÓN – RESOLUCIÓN
Cualquier contrato de Licencia que no se rescinda dentro de los plazos y conforme a los procedimientos previstos en el Artículo A.3, ya se trate de una resolución total o parcial, será facturado al Cliente, con independencia de su uso efectivo del Software.
ARTÍCULO 4 – RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE
El Cliente reconoce que ha verificado la adecuación del Software a sus necesidades. En consecuencia, CAPTIVEA no podrá ser considerada responsable de ninguna insuficiencia del Software que proporciona con respecto a los objetivos específicos que el Cliente pueda prever o perseguir. En cualquier caso, el uso del Software se realiza bajo el exclusivo control, dirección y responsabilidad del Cliente. Cualquier utilización de los resultados obtenidos mediante la implantación del Software corresponde única y exclusivamente a la competencia y responsabilidad del Cliente.
El Cliente se compromete a colaborar activamente con CAPTIVEA para que esta pueda cumplir los compromisos asumidos con los Editores del Software o Módulos Adicionales, y para que las Licencias puedan ejecutarse en las condiciones previstas en el Presupuesto.
ARTÍCULO 5 – NÚMERO DE LICENCIAS
El Contrato de Suscripción especifica el número de licencias de usuario (que conlleva la apertura de "cuentas"), lo que determina el importe de las tarifas de Licencia.
El Cliente se compromete a utilizar el Software o la Solución de Software para el número de usuarios declarado en el Contrato y de conformidad con la definición establecida en el contrato de licencia de usuario final.
En caso de alta, modificación o supresión de cuentas de usuario, el Cliente se compromete a informar a CAPTIVEA en un plazo máximo de 48 horas, precisando que la supresión de una cuenta durante el periodo de suscripción no dará lugar a ninguna reducción del importe de la suscripción aplicable ni a reembolso alguno de las Tarifas de Licencia ya abonadas. Durante los tres (3) meses previos a la renovación, se aplicarán gastos administrativos por un importe fijo de doscientos euros (200 €) por cualquier supresión de cuentas de usuario.
ARTÍCULO 6 – PRECIO – PAGO
El precio de las Licencias de Software puede basarse en un precio de proveedor en divisas distintas del euro; por tanto, su precio podrá expresarse en monedas extranjeras. En tal caso, se convertirá a euros sobre la base del tipo de cambio aplicable el día de la facturación (o renovación) de la Licencia.
Podrán aplicarse al Cliente tarifas anuales por la gestión de las licencias.
Salvo que se especifique lo contrario en el Presupuesto u oferta comercial, las Licencias de Software o de Solución de Software se abonarán anualmente por adelantado contra presentación de la factura.
PARTE C - CONDICIONES COMUNES DEL SERVICIO DE INTEGRACIÓN DE SOFTWARE Y DEL SERVICIO DE DESARROLLO ESPECÍFICO
ARTÍCULO 1 – FUNCIONAMIENTO BÁSICO
La solución propuesta por CAPTIVEA y seleccionada por el Cliente se basa en Software o Solución de Software existentes. Las personalizaciones solicitadas deberán poder realizarse mediante las funcionalidades previstas de serie por la Solución de Software seleccionada (configuraciones, herramientas de desarrollo proporcionadas por el sistema).
Las posibilidades, el uso y las metodologías de trabajo que puedan implantarse dependen de las capacidades del Software. Esto permite una mejor escalabilidad, coherencia entre las distintas funcionalidades y desarrollo de experiencia en todo el sistema.
Además, el Cliente entiende y acepta que la presentación de la información, de las listas de datos y de los demás elementos de la interfaz de usuario en las pantallas se mantendrá tal y como se ofrece de forma estándar por el Software o la Solución de Software.
En su caso, la generación de documentos se basará en las posibilidades de personalización que ofrezca el software, inspirándose, cuando sea posible, en los documentos facilitados por el Cliente (logotipo, códigos de color).
ARTÍCULO 2 – MIGRACIÓN DE DATOS
Si está incluida en el contrato, la prestación de servicios de migración de datos desde el software anterior consiste en la importación de datos mediante la implementación de un sencillo script de correspondencia de columnas desde el archivo suministrado por el Cliente a la base de datos de la nueva Solución de Software.
La extracción de los datos del sistema anterior y su comunicación a nuestros equipos será responsabilidad del Cliente, en forma de archivos planos utilizables mediante software ofimático estándar (Microsoft Office) o una base de datos relacional MySQL.
Salvo que se indique lo contrario en el Presupuesto, los servicios de migración de datos no incluyen ninguna fase de depuración, cualificación, modificación, desduplicación ni de formateo de datos. Es responsabilidad del cliente proporcionar un archivo de datos completo y depurado, que contenga información correctamente formateada y lista para ser insertada en el nuevo software.
El Cliente entiende y acepta que, cuando se entreguen a CAPTIVEA archivos de datos incorrectos o incompletos para su migración, los servicios de migración de datos serán facturados de nuevo por CAPTIVEA para tener en cuenta la carga de trabajo adicional de análisis e implementación.
ARTÍCULO 3 – PRUEBAS PRELIMINARES
El Cliente podrá solicitar que se realicen pruebas antes de la Instalación del Software o de la Solución de Software. Este servicio se especificará en el Presupuesto.
Si procede, las pruebas serán realizadas y ejecutadas por CAPTIVEA internamente en condiciones normales de uso para garantizar el correcto funcionamiento de la Solución de Software según lo establecido en la Propuesta Comercial.
CAPTIVEA se compromete a corregir cualquier anomalía y fallo identificado durante dichas pruebas, dedicando el tiempo necesario para esta tarea dentro de un parte de horas previamente validado por el Cliente.
ARTÍCULO 4 – ENTREGA DEL SOFTWARE O DE LA SOLUCIÓN DE SOFTWARE
Si el Cliente decide instalar por sí mismo el Software o la Solución de Software, deberá haber realizado previamente los ajustes necesarios para la correcta integración del Software o de la Solución de Software en su Sistema de Información, de acuerdo con las especificaciones y/o los requisitos técnicos de hardware y software indicados por los Editores (en sus sitios web).
Si esta instalación la realiza CAPTIVEA, el Cliente deberá asimismo haber cumplido con los requisitos adicionales comunicados por CAPTIVEA.
En todos los casos, el Cliente deberá haber realizado previamente los ajustes necesarios para establecer enlaces y pasarelas con otras aplicaciones de negocio de su Sistema de Información (Servidor de Telefonía, Sistema de Gestión Documental, ERP, CRM, Base de Datos Interna, etc.).
ARTÍCULO 5 – ENTREGA E INSTALACIÓN – PRUEBA DE ACEPTACIÓN
La entrega e instalación de la Solución de Software se llevarán a cabo conforme a las condiciones previstas en el Contrato.
En el momento de la entrega por parte de CAPTIVEA, el Cliente verificará la conformidad de la Solución de Software con las necesidades que haya expresado.
ARTÍCULO 6 – SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS
En caso de que el Cliente incumpla su obligación de colaborar, al no responder con la debida diligencia a las solicitudes de CAPTIVEA necesarias para la correcta prestación de los Servicios, CAPTIVEA podrá, tras un último requerimiento escrito al Cliente para que facilite los elementos solicitados en un plazo máximo de 30 días sin que se reciba respuesta, decidir la suspensión inmediata del Contrato.
Esta suspensión surtirá efecto el día de su notificación al Cliente y se mantendrá vigente hasta la entrega de los elementos o la información solicitados. En ausencia de respuesta por parte del Cliente en un plazo de tres (3) meses desde la notificación de la suspensión, CAPTIVEA podrá resolver el Contrato sin necesidad de nuevo preaviso. Serán de aplicación las disposiciones del artículo A.16, párrafo 2.
ARTÍCULO 7 – PROPIEDAD INTELECTUAL
Cuando el Contrato prevea facilitar al Cliente el acceso a programas informáticos o módulos adicionales publicados por un Editor, el Cliente dispondrá del derecho de uso de dicho programa o de esos módulos adicionales dentro de los límites y condiciones del contrato de licencia final propuesto por el Editor, manteniéndose la titularidad de dichos programas y módulos en poder del Editor.
Cuando el alcance del servicio incluya módulos adicionales (desarrollados por CAPTIVEA) o la realización de desarrollos específicos, salvo que se establezca lo contrario en el Presupuesto, estos seguirán siendo propiedad intelectual de CAPTIVEA. Las presentes Condiciones Generales no implican, en ningún caso, la transmisión de derechos de explotación al Cliente.
Por la presente, CAPTIVEA concede al Cliente una licencia personal, intransferible y no exclusiva para utilizar los módulos adicionales y desarrollos específicos únicamente para el funcionamiento de la Solución de Software, para el número autorizado de puestos de usuario y condicionada al pago de las licencias según lo definido en el Contrato.
En consecuencia, el Cliente se abstiene de realizar cualquier modificación, distribución, adaptación o explotación comercial de la Solución de Software, incluidos los módulos adicionales y los desarrollos específicos realizados por CAPTIVEA.
En caso de que los derechos sobre los desarrollos específicos hayan sido cedidos al Cliente, dicha cesión solo surtirá efecto el día del pago íntegro por parte del Cliente de dichos desarrollos. Asimismo, CAPTIVEA se reserva el derecho a utilizar los conocimientos adquiridos a partir de los estudios y/o desarrollos que le hayan sido encomendados por el Cliente y a realizar desarrollos para terceros basados en elementos similares a los desarrollados a petición del Cliente. En cualquier caso, CAPTIVEA seguirá siendo la única titular de los métodos, herramientas y del know-how utilizado en el marco de la prestación de sus servicios.
ARTÍCULO 8 – GARANTÍA DE SERVICIO
CAPTIVEA no garantiza que el Software o la Solución de Software estén exentos de defectos. CAPTIVEA también ofrece un contrato de mantenimiento, que podrá adoptar la forma de un bono de horas, y que cubre el núcleo del Software o de la Solución de Software.
El Cliente notificará a CAPTIVEA la existencia de una incidencia mediante la presentación de una solicitud dentro del espacio Cliente de CAPTIVEA, al que se habrá dado acceso a la persona de contacto designada por el Cliente. En función de la información recibida y del nivel de detalle contenido en la misma, CAPTIVEA podrá:
- Proporcionar al Cliente, por correo electrónico o por teléfono, una solución para remediar el fallo;
- Realizar una prueba de reproducción remota con el Cliente;
- Notificar el fallo al Editor cuando afecte al Software y el Cliente tenga un contrato de mantenimiento en vigor;
- Decidir cualquier otra solución que se considere adecuada dadas las circunstancias.
Los costes derivados de la aplicación de esta garantía serán asumidos exclusivamente por el Cliente. Si el Cliente no desea contratar los servicios de CAPTIVEA, se podrá escalar la solicitud al soporte del Editor, de conformidad con los términos y condiciones del contrato de mantenimiento suscrito en el Presupuesto con el Editor de la Solución de Software. En el caso de que la solicitud del Cliente requiera la intervención del Editor, esta se tramitará en las condiciones y plazos previstos por el propio Editor al término de su garantía. En particular, puede requerir la instalación de un parche o de una actualización de la Solución de Software, recomendados por el Editor.
PARTE D - CONDICIONES ESPECÍFICAS DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE
ARTÍCULO 1 – DEFINICIONES
Anomalía no bloqueante: cualquier anomalía de funcionamiento menor o mayor que permita el uso parcial o total de las funcionalidades, aunque requiera un procedimiento de solución alternativa.
Anomalía bloqueante: cualquier anomalía de funcionamiento que imposibilite el uso de la totalidad o de parte de las funcionalidades del Software.
Mantenimiento correctivo: corrección de anomalías mayores y menores del Software o de la Solución de Software.
Soporte: asistencia en el uso del Software o de la Solución de Software.
Mantenimiento del Editor: gestión de la interfaz con los editores de software en caso de anomalías en el núcleo del software.
ARTÍCULO 2 – MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y SOPORTE
El Cliente podrá suscribir un Contrato de Mantenimiento, que se formalizará mediante una hoja de tiempos, con efecto desde la fecha indicada en dicha hoja. CAPTIVEA prestará servicios de Mantenimiento Correctivo del Software o de la Solución de Software, así como servicios de Soporte de conformidad con el procedimiento previsto en el Artículo 3.
CAPTIVEA podrá, a su discreción, proponer soluciones de contorno, corregir anomalías no bloqueantes mediante el envío de parches o escalar una solicitud al soporte del Editor, de acuerdo con los términos y condiciones del contrato suscrito en el Presupuesto o en la propuesta comercial con el editor de la Solución de Software.
En el caso de que la solicitud del Cliente requiera la intervención del Editor, esta se tramitará en las condiciones y plazos previstos por dicho Editor al término de su propia garantía. En particular, podrá requerir la instalación de un parche o de una actualización del Software o de la Solución de Software recomendada por el Editor.
CAPTIVEA no podrá ser considerada responsable de una respuesta considerada tardía a una solicitud de soporte o de mantenimiento, ni de su incapacidad para resolver una anomalía comunicada por el Cliente, siempre que haya puesto en práctica todos los medios necesarios, en especial ante el editor del software afectado, para resolver dicho mal funcionamiento.
ARTÍCULO 3 – PROCEDIMIENTO
Las solicitudes de Soporte y Mantenimiento Correctivo deberán presentarse exclusivamente a través de la plataforma técnica CAPTIVEA, en el espacio personal del Cliente. Las solicitudes deberán centralizarse y ser gestionadas únicamente por el contacto técnico indicado en el apartado A - Artículo 6.
Las solicitudes se reciben y tramitan de lunes a viernes de 9:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00, excluyendo los días festivos y los periodos de cierre de la empresa o de acuerdo específico entre las partes. Serán priorizadas y tratadas por CAPTIVEA en función de su grado de urgencia.
ARTÍCULO 4 – MANTENIMIENTO EVOLUTIVO
Teniendo en cuenta los servicios ya realizados para adaptar el software a las necesidades del Cliente, se establece expresamente que las actualizaciones y las evoluciones del Software no están incluidas en el Mantenimiento Correctivo ni en la Garantía. Cualquier instalación de una actualización o evolución dará lugar a la facturación de un Servicio independiente.
ARTÍCULO 5 – EXCLUSIONES
CAPTIVEA queda exonerada de toda responsabilidad relativa a su obligación de mantenimiento y soporte por anomalías derivadas de:
- Inadecuación de las especificaciones del Puesto de Usuario, incluida la capacidad de memoria, el espacio en disco o cualquier periférico informático indispensable para el correcto funcionamiento del Software, tal y como se especifica en el contrato.
- Disfunciones relacionadas con software de terceros (distinto del Software) instalado en los Puestos de Usuario.
- Avería o problemas derivados de cualquier intervención o manipulación realizada por el Cliente y/o un tercero en los Puestos que comprometa el correcto funcionamiento del Software.
- En general, cualquier intervención en el Software o la Solución por parte de un tercero no autorizado por CAPTIVEA.
Parte E - Venta de equipos de punto de venta por CAPTIVEA
- CAPTIVEA propone a sus clientes distintos modelos de equipos digitales y aplicativos para operaciones financieras (en lo sucesivo, «el Equipo»). Esta sección establece las condiciones de pedido, entrega y pago del Equipo ofrecido por CAPTIVEA.
Cualquier otro documento comunicado por el Cliente no será vinculante para CAPTIVEA en lo relativo a la venta del Equipo. - Los precios del Equipo se comunicarán al Cliente en un catálogo. Los precios indicados no incluyen impuestos ni gastos de envío.
CAPTIVEA se reserva el derecho a modificar unilateralmente los precios del Equipo en función de las revisiones tarifarias aplicadas por el proveedor. El Cliente será informado de cualquier cambio de precio antes de realizar un pedido. - El Cliente realizará los pedidos a CAPTIVEA mediante la emisión de una orden de compra por escrito. Todos los pedidos realizados son firmes y definitivos. En consecuencia, no se aceptará la devolución de ningún equipo.
- El pago de los pedidos se efectuará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por CAPTIVEA. El pago íntegro deberá realizarse en el momento de realizar el pedido del Equipo.
- Todo el equipamiento digital y aplicativo suministrado por CAPTIVEA está garantizado conforme a las condiciones establecidas por el proveedor.
CAPTIVEA no será responsable de la aplicación de la garantía sobre el Equipamiento, que será de la exclusiva responsabilidad del proveedor. No obstante, en caso de anomalía cubierta por la garantía del proveedor, CAPTIVEA facilitará la comunicación directa entre el cliente y el proveedor para su gestión.
Cualquier reclamación o solicitud de garantía relativa al Equipamiento deberá dirigirse directamente al proveedor. Durante todo el período de garantía, el proveedor acudirá a las instalaciones del Cliente en un plazo de D+1 día laborable desde el envío de la solicitud.
Todo Cliente está obligado a inspeccionar el Equipamiento entregado en el momento de su recepción y a formular, en su caso, las reservas oportunas en un plazo de 7 días laborables, transcurridos los cuales quedará exonerada de responsabilidad tanto CAPTIVEA como el proveedor. - En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, CAPTIVEA declina toda responsabilidad por daños directos, indirectos, incidentales, especiales, consecuenciales o punitivos, incluidos, entre otros, la pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso, derivados del uso o de la imposibilidad de uso del Equipamiento suministrado.
En ningún caso la responsabilidad total de CAPTIVEA frente al Cliente, ya sea en virtud de esta cláusula o en relación con la misma, excederá del importe total pagado por el Cliente por el Equipamiento correspondiente.
- Definiciones
- Daños directos: Daños inmediatos que resultan de un acontecimiento específico.
- Daños indirectos: Daños que resultan de forma indirecta del acontecimiento inicial.
- Daños incidentales: Daños directamente relacionados con el acontecimiento inicial, pero que no constituyen su consecuencia principal.
- Daños especiales: Daños inusuales o imprevistos que resultan del acontecimiento inicial.
- Daños consecuenciales: Daños que se producen como resultado directo del hecho inicial, pero en un momento posterior.
- Daños punitivos: Daños impuestos como castigo por una conducta ilícita o negligente, destinados a disuadir la repetición de ese comportamiento ilícito.