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CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Captivea LLC - Versión 3 - Última actualización  16/05/2024


Condiciones generales de Captivea LLC relativas a services («Condiciones»)

CAPTIVEA presta servicios de consultoría, integración de software, formación y desarrollo de software a medida para profesionales del ámbito del software de gestión y de los sistemas de información corporativos. El objeto de las presentes Condiciones Generales es definir los términos y condiciones de la prestación y entrega de servicios, la concesión de licencias de software, módulos complementarios y la Solución de Software que se pone a disposición del Cliente.

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes condiciones de prestación de servicios (las «Condiciones») son las únicas condiciones que rigen la prestación de servicios por parte de Captivea, LLC (el «Proveedor de Servicios») al cliente (el «Cliente») (Proveedor de Servicios y Cliente, conjuntamente, las «Partes»).

La confirmación de pedido adjunta (la «Confirmación de Pedido») y estas Condiciones (conjuntamente, el «Contrato») constituyen la totalidad del acuerdo entre las Partes y sustituyen a todos los entendimientos, acuerdos, negociaciones, manifestaciones y garantías previos o contemporáneos, así como a las comunicaciones, tanto escritas como verbales. En caso de conflicto entre estas Condiciones y la Confirmación de Pedido, prevalecerán las Condiciones, salvo que la Confirmación de Pedido establezca expresamente que esta última prevalece, con referencia a la sección de las Condiciones que modifica. Las Partes no se basan en ningún otro extremo distinto de lo establecido en el presente Contrato.

Estos Términos prevalecerán sobre cualesquiera términos y condiciones generales del Cliente, independientemente de si el Cliente ha presentado o no, y en qué momento, su solicitud de propuesta, pedido o dichos términos. La prestación de servicios al Cliente no constituye aceptación de ninguno de los términos y condiciones del Cliente y no implica la modificación ni la enmienda de estos Términos.

2. SERVICIOS

El Proveedor de Servicios prestará los servicios al Cliente según se describen en la Confirmación de Pedido (los «Servicios») de conformidad con estos Términos. 

3. FECHAS DE EJECUCIÓN

El Proveedor de Servicios hará esfuerzos razonables para cumplir cualquier fecha de ejecución especificada en la Confirmación de Pedido, entendiéndose que dichas fechas serán meramente estimativas.

4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

El Cliente deberá:

  1. cooperar con el Proveedor de Servicios en todo lo relativo a los Servicios y facilitar el acceso a las instalaciones del Cliente, así como el alojamiento y demás medios que el Proveedor de Servicios pueda solicitar razonablemente, con el fin de llevar a cabo la prestación de los Servicios; 
  2. responder con prontitud a cualquier solicitud del Proveedor de Servicios de instrucciones, información, aprobaciones, autorizaciones o decisiones que sean razonablemente necesarias para que el Proveedor de Servicios preste los Servicios de conformidad con lo previsto en este Contrato;
  3. proporcionar, en tiempo y forma, aquellos materiales o información del cliente que el Proveedor de Servicios pueda solicitar para la prestación de los Servicios y garantizar que dichos materiales o información del cliente sean completos y exactos en todos sus aspectos materiales; y 
  4. obtener y mantener en vigor todas las licencias y consentimientos necesarios y cumplir toda la normativa aplicable en relación con los Servicios antes de la fecha en la que deba iniciarse la prestación de los Servicios.

5. ACTOS U OMISIONES DEL CLIENTE

Si la prestación por parte del Proveedor de Servicios de sus obligaciones en virtud del presente Contrato se ve impedida o retrasada por cualquier acto u omisión del Cliente o de sus agentes, subcontratistas, asesores o empleados, el Proveedor de Servicios no se considerará que ha incumplido sus obligaciones en virtud del presente Contrato ni será responsable de ningún coste, cargo o pérdida sufridos o incurridos por el Cliente, en cada caso, en la medida en que deriven directa o indirectamente de dicho impedimento o retraso. 

6. HONORARIOS Y GASTOS; CONDICIONES DE PAGO; INTERESES POR PAGOS TARDÍOS; DEPÓSITO DE GARANTÍA

En contraprestación por la prestación de los Servicios por parte del Proveedor de Servicios y por los derechos concedidos al Cliente en virtud del presente Contrato, el Cliente abonará los honorarios establecidos en la Confirmación de Pedido. 

El Cliente se compromete a reembolsar al Proveedor de Servicios todos los gastos de viaje razonables y demás desembolsos en que incurra el Proveedor de Servicios en relación con la prestación de los Servicios. 

El Cliente abonará todos los importes facturados y adeudados al Proveedor de Servicios al recibir la factura del Proveedor de Servicios. El Cliente efectuará todos los pagos en virtud del presente en dólares estadounidenses mediante transferencia bancaria. 

En caso de que el Proveedor de Servicios no reciba los pagos dentro de los 10 días siguientes a su vencimiento, el Proveedor de Servicios podrá:

  1. cobrar intereses sobre dichos importes impagados a un tipo del 18 % anual; y
  2. suspender la prestación de todos los Servicios hasta que el pago se haya realizado íntegramente.

Cláusula de depósito de garantía para servicios facturados mensualmente con pago aplazado: 

1. Depósito de garantía para servicios facturados mensualmente:

Para los servicios facturados mensualmente, se exigirá al cliente un depósito de garantía.

El depósito de garantía deberá ser equivalente, como mínimo, al 100 % del importe total estimado para el mes.

El pago del depósito de garantía se realizará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por la empresa.

2. Ajuste del depósito de garantía:

Si el importe facturado durante el mes supera el depósito de garantía inicial, dicho depósito será revisado.

Esta revisión tiene por objeto garantizar que el depósito de garantía sea igual, como mínimo, al 100 % del importe total de la factura mensual.

3. Facturación del depósito de garantía y facturación mensual ordinaria:

Al inicio del período de prestación del servicio, se facturará el depósito de garantía al cliente.

Posteriormente, entrará en vigor el sistema de facturación mensual.

4. Al finalizar el contrato:

A la terminación del contrato, la devolución del depósito de garantía se efectuará mediante la asignación de horas de servicio equivalentes al importe inicial de la garantía.

La solicitud de devolución del depósito de garantía deberá iniciarse dentro de los 12 meses siguientes a la terminación para que sea válida. Transcurrido dicho plazo, la solicitud se considerará nula y no podrá ser aceptada.

7. IMPUESTOS

El Cliente será responsable de todos los impuestos sobre ventas, uso y consumos específicos, así como de cualquier otro impuesto, tasa o carga similar de cualquier naturaleza, impuestos por cualquier entidad gubernamental federal, estatal o local sobre cualquier importe pagadero por el Cliente en virtud del presente.

8. PROPIEDAD INTELECTUAL

Todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos derechos de autor, patentes, solicitudes de patentes y las invenciones (sean patentables o no), marcas, marcas de servicio, secretos comerciales, know-how y demás información confidencial, imagen comercial, nombres comerciales, logotipos, denominaciones sociales y nombres de dominio, junto con todo el fondo de comercio asociado a los mismos, las obras derivadas y cualesquiera otros derechos (conjuntamente, los “Derechos de Propiedad Intelectual”) sobre y respecto de todos los documentos, resultados de trabajos y demás materiales que se entreguen al Cliente en virtud del presente Contrato o que sean preparados por el Proveedor de Servicios o en su nombre en el curso de la prestación de los Servicios, incluidos cualesquiera elementos identificados como tales en la Confirmación de Pedido (conjuntamente, los “Entregables”), serán titularidad del Proveedor de Servicios.

9. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Toda la información no pública, confidencial o de carácter reservado del Proveedor de Servicios, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, secretos comerciales, tecnología, información relativa a las operaciones y estrategias empresariales, e información relativa a clientes, precios y marketing (conjuntamente, la “Información Confidencial”), revelada por el Proveedor de Servicios al Cliente, ya se revele verbalmente o se comunique o se facilite en forma escrita, electrónica o en cualquier otro soporte o medio, y con independencia de que esté o no marcada, designada o identificada de otro modo como “confidencial”, en relación con la prestación de los Servicios y el presente Contrato, tendrá carácter confidencial y no podrá ser revelada ni reproducida por el Cliente sin el previo consentimiento escrito del Proveedor de Servicios. La Información Confidencial no incluye la información que:

  1. sea de dominio público;
  2. sea conocida por el Cliente en el momento de su revelación; o
  3. haya sido obtenida legítimamente por el Cliente de un tercero sin obligación de confidencialidad.

El Cliente se compromete a utilizar la Información Confidencial únicamente para hacer uso de los Servicios y de los Entregables.

El Proveedor de Servicios tendrá derecho a solicitar medidas cautelares por cualquier incumplimiento de la presente Sección.

10. MANIFESTACIONES Y GARANTÍA

El Proveedor de Servicios manifiesta y garantiza al Cliente, según su leal saber y entender, que prestará los Servicios utilizando personal con las habilidades, experiencia y cualificaciones requeridas y de forma profesional y diligente, de conformidad con los estándares generalmente aceptados en el sector para servicios similares, y que dedicará los recursos adecuados para cumplir sus obligaciones en virtud del presente Contrato.

El Proveedor de Servicios no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la Sección 11(a) salvo que el Cliente notifique por escrito los Servicios defectuosos, describiéndolos de forma razonable, al Proveedor de Servicios dentro de los cinco días siguientes al momento en que el Cliente descubra o debiera haber descubierto que los Servicios eran defectuosos.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 11(b), el Proveedor de Servicios, a su entera discreción, deberá:

  1. reparar o volver a ejecutar dichos Servicios (o la parte defectuosa); o
  2. abonar un crédito o reembolsar el precio de dichos servicios a la tasa contractual prorrateada.

Los recursos establecidos en la Sección 11(c) constituirán el único y exclusivo recurso del Cliente y la responsabilidad total del Proveedor de Servicios por cualquier incumplimiento de la garantía limitada establecida en la Sección 11(a).

11. EXENCIÓN DE GARANTÍAS

Salvo por la garantía limitada establecida en la Sección 11(a) anterior, el Proveedor de Servicios no otorga garantía alguna en relación con los Servicios, incluyendo, entre otras, cualquier (a) garantía de comerciabilidad; o (b) garantía de idoneidad para un fin determinado; o (c) garantía de titularidad; o (d) garantía frente a la infracción de derechos de propiedad intelectual de terceros; ya sea expresa o implícita por ley, por los tratos entre las partes, por la ejecución de las prestaciones, por los usos del comercio o de cualquier otro modo.

12. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

En ningún caso el Proveedor de Servicios será responsable frente al Cliente ni frente a ningún tercero por pérdida de uso, ingresos o beneficios, pérdida de datos o disminución de valor, ni por daños consecuenciales, incidentales, indirectos, ejemplares, especiales o punitivos, ya se deriven de incumplimiento de contrato, responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia) o de cualquier otra causa, con independencia de que tales daños fueran previsibles y de que el Proveedor de Servicios haya sido o no advertido de la posibilidad de dichos daños, y sin perjuicio del fracaso de cualquier recurso acordado u otro en cuanto a su finalidad esencial.

En ningún caso la responsabilidad total del Proveedor de Servicios derivada de o relacionada con el presente Contrato, ya se derive de o se relacione con un incumplimiento contractual, responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia) o de cualquier otra causa, superará el doble del importe total pagado o pendiente de pago al Proveedor de Servicios en virtud del presente Contrato durante el período de tres meses anterior al hecho que dio lugar a la reclamación.

La limitación de responsabilidad establecida en la Sección 13(b) anterior no se aplicará a:

  1. la responsabilidad derivada de la negligencia grave o dolo del Proveedor de Servicios y
  2. la muerte o los daños corporales derivados de actos u omisiones negligentes del Proveedor de Servicios.

13. RESOLUCIÓN

Además de cualesquiera otros recursos previstos en el presente Contrato, el Proveedor de Servicios podrá resolver el presente Contrato con efectos inmediatos mediante notificación escrita al Cliente, si el Cliente:

  1. no paga cualquier cantidad a su vencimiento en virtud del presente Contrato; 
  2. no ha cumplido o no ha observado cualquiera de los términos del presente Contrato, total o parcialmente; o
  3. se vuelve insolvente, presenta una solicitud de concurso o inicia, o se inician contra él, procedimientos relativos a concurso, administración concursal, reorganización o cesión en beneficio de los acreedores.

14. SEGURO

Durante la vigencia del presente Contrato y durante un período de un año posterior a su terminación, el Cliente deberá, por su propia cuenta, mantener en pleno vigor y efecto pólizas de seguro que incluyan, entre otras, un seguro de responsabilidad civil general comercial (incluida la responsabilidad por productos) por un importe no inferior a 2.000.000 $ con aseguradoras financieramente solventes y de buena reputación. A petición del Proveedor de Servicios, el Cliente proporcionará al Proveedor de Servicios un certificado de seguro emitido por la aseguradora del Cliente que acredite la cobertura de seguro especificada en estos Términos. El certificado de seguro deberá incluir al Proveedor de Servicios como asegurado adicional. El Cliente notificará por escrito al Proveedor de Servicios con 30 días de antelación en caso de cancelación o modificación sustancial de la póliza de seguro del Cliente. Salvo en los casos prohibidos por la ley, el Cliente exigirá a su aseguradora que renuncie a todos los derechos de subrogación frente a las aseguradoras del Proveedor de Servicios y frente al propio Proveedor de Servicios.

15. RENUNCIA

Ninguna renuncia por parte del Proveedor de Servicios a cualquiera de las disposiciones del presente Contrato será efectiva salvo que conste expresamente por escrito y esté firmada por el Proveedor de Servicios. La falta de ejercicio o la demora en el ejercicio de cualquier derecho, acción, facultad o privilegio derivados del presente Contrato no operará ni se interpretará como una renuncia a los mismos. Ningún ejercicio único o parcial de cualquier derecho, acción, facultad o privilegio en virtud del presente Contrato impedirá cualquier otro o posterior ejercicio de los mismos, ni el ejercicio de cualquier otro derecho, acción, facultad o privilegio.

16. FUERZA MAYOR

El Proveedor de Servicios no será responsable frente al Cliente, ni se considerará que ha incumplido o violado este Contrato, por ningún fallo o retraso en el cumplimiento o ejecución de cualquiera de los términos de este Contrato cuando y en la medida en que dicho fallo o retraso se deba o resulte de actos o circunstancias que queden razonablemente fuera del control del Proveedor de Servicios, incluidos, entre otros, caso fortuito o fuerza mayor, inundación, incendio, terremoto, explosión, actuaciones de la Administración, guerra, invasión u hostilidades (se haya declarado o no la guerra), amenazas o actos terroristas, disturbios, u otros desórdenes civiles, estado de emergencia nacional, revolución, insurrección, epidemia, cierres patronales, huelgas u otros conflictos laborales (relacionados o no con la plantilla de cualquiera de las partes), o restricciones o retrasos que afecten a los transportistas o la imposibilidad o retraso en obtener suministros de materiales adecuados o apropiados, averías de materiales o de telecomunicaciones o cortes de suministro eléctrico.

17. CESIÓN

El Cliente no podrá ceder ninguno de sus derechos ni delegar ninguna de sus obligaciones en virtud de este Contrato sin el consentimiento previo y por escrito del Proveedor de Servicios. Cualquier intento de cesión o delegación que contravenga lo dispuesto en esta Sección será nulo y sin efecto. Ninguna cesión o delegación eximirá al Cliente de cualquiera de sus obligaciones en virtud de este Contrato. El Proveedor de Servicios podrá ceder cualquiera de sus derechos o delegar cualquiera de sus obligaciones a cualquier filial o a cualquier persona que adquiera la totalidad o prácticamente la totalidad de los activos del proveedor de servicios sin necesidad del consentimiento del cliente.

18. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES

La relación entre las partes es la de contratistas independientes. Nada de lo contenido en este Contrato se interpretará como la creación de ningún tipo de agencia, sociedad, empresa conjunta u otra forma de empresa conjunta, relación laboral o fiduciaria entre las partes, y ninguna de las partes tendrá autoridad para contratar o vincular a la otra parte en modo alguno.

19. AUSENCIA DE TERCEROS BENEFICIARIOS

El presente Contrato redundará exclusivamente en beneficio de las partes del mismo y de sus sucesores y cesionarios autorizados, y nada de lo aquí contenido, ya sea de forma expresa o implícita, pretende ni producirá el efecto de conferir a ninguna otra persona o entidad ningún derecho, beneficio o recurso, de naturaleza legal o equitativa, en virtud de estas Condiciones o a consecuencia de ellas.

20. LEY APLICABLE

Todas las cuestiones que se deriven de este Contrato o guarden relación con él se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes internas del Estado de Florida, sin dar efecto a ninguna disposición o norma sobre elección o conflicto de leyes (ya sea del Estado de Florida o de cualquier otra jurisdicción) que pudiera dar lugar a la aplicación de las leyes de una jurisdicción distinta de la del Estado de Florida.

21. SUMISIÓN A JURISDICCIÓN 

Cualquier demanda, acción o procedimiento judicial que se derive de este Contrato o guarde relación con él deberá interponerse exclusivamente ante los tribunales federales de los Estados Unidos de América o ante los tribunales del Estado de Florida, situados en todos los casos en la ciudad de Orlando y el condado de Orange, y cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales para cualquier demanda, acción o procedimiento de este tipo.

22. NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, requerimientos, renuncias y demás comunicaciones realizadas en virtud del presente (cada una, una «Notificación») deberán formularse por escrito y dirigirse a las partes en los domicilios indicados en la Confirmación de Pedido o en cualquier otro domicilio que la parte receptora designe por escrito. Todas las Notificaciones se entregarán mediante entrega en mano, mensajería urgente de ámbito nacional de reconocido prestigio (con todos los gastos pagados por anticipado), fax (con confirmación de transmisión) o por correo certificado o registrado (en todos los casos, con acuse de recibo y franqueo pagado). Salvo que en este Contrato se disponga otra cosa, una Notificación solo surtirá efecto (a) cuando sea recibida por la parte receptora y (b) si la parte que realiza la Notificación ha cumplido los requisitos establecidos en la presente Cláusula.

23. NULIDAD PARCIAL

Cada una de las disposiciones del presente Contrato tiene carácter independiente. Si cualquier tribunal con jurisdicción competente determina que una o varias de las disposiciones de este Contrato, o cualquier parte de las mismas, es o son inválidas, ilegales o inaplicables, únicamente quedará afectada dicha disposición, término o cláusula, y tal invalidez, ilicitud o inaplicabilidad no afectará ni menoscabará ninguna otra disposición de este Contrato, que seguirá siendo plenamente válido y eficaz, interpretándose como si la disposición inválida, ilegal o inaplicable no se hubiera incluido. Siempre que sea posible, cualquier cláusula inválida o no exigible de este Contrato se modificará para reflejar la intención original de las partes.

24. SUPERVIVENCIA

Las disposiciones de estos Términos que, por su propia naturaleza, deban aplicarse con posterioridad a su vencimiento seguirán en vigor tras cualquier resolución o expiración del presente Contrato, incluidas, sin carácter limitativo, las siguientes: Cumplimiento de las Leyes, Confidencialidad, Ley Aplicable, Seguro, Sumisión a Jurisdicción, Supervivencia, Limitación de Responsabilidad, Renuncia, Relación entre las Partes, Ausencia de Terceros Beneficiarios y Notificaciones.

25. MODIFICACIÓN Y ENMIENDA

El presente Contrato solo podrá ser modificado o enmendado mediante documento escrito que indique expresamente que modifica este Contrato y que esté firmado por un representante autorizado de cada una de las partes.

26. HONORARIOS Y COSTAS PROCESALES

En caso de controversia derivada de, basada en o relacionada con este Contrato, se inicie o no un procedimiento judicial u otro tipo de procedimiento, la parte que resulte vencedora tendrá derecho a recuperar sus honorarios y costas procesales. Los gastos a los que tenga derecho la parte vencedora incluirán los gastos que sean susceptibles de imposición con arreglo a cualquier ley, norma o directriz aplicable, así como los gastos no susceptibles de imposición, incluidos, sin carácter limitativo, los gastos de investigación, gastos de copias, gastos de gestión de documentación electrónica, cargos telefónicos, gastos de envío y entrega, gastos de soporte de tecnologías de la información, honorarios de consultores y peritos, gastos de viaje, honorarios de taquígrafos judiciales y honorarios de mediadores, con independencia de que dichos gastos sean o no susceptibles de imposición.

Los honorarios y costas procesales incluyen también, de forma no exhaustiva, honorarios de abogados, gastos de recobro, aranceles notariales, tasas judiciales, etc. La parte vencedora podrá dirigirse contra la parte que resulte obligada al pago y recuperar la totalidad del importe de los honorarios y costas procesales.

27. RENUNCIA AL JUICIO CON JURADO

Las partes renuncian, y por el presente renuncian, a cualquier derecho a un juicio con jurado en cualquier acción, procedimiento o demanda reconvencional que una de ellas interponga contra la otra por cualquier cuestión que surja de, esté relacionada con, o esté de cualquier modo vinculada con este contrato o con su objeto.

28. ARBITRAJE

Todos los casos y controversias que se deriven de este contrato o estén relacionados con el mismo se resolverán de forma definitiva exclusivamente mediante arbitraje administrado por la American Arbitration Association, de conformidad con la United States Arbitration Act y que se celebrará en Orlando, Florida, de acuerdo con las normas de arbitraje aplicables. La sentencia dictada sobre el laudo podrá ser presentada ante cualquier tribunal que tenga jurisdicción, o podrá solicitarse a dicho tribunal el reconocimiento judicial del laudo o la emisión de una orden para su ejecución, según proceda. Las partes podrán interponer una acción para hacer cumplir cualquier laudo concedido en virtud del presente apartado.

29. NO CAPTACIÓN DE EMPLEADOS/CONTRATISTAS DE LA EMPRESA

El Cliente reconoce que el Proveedor de Servicios se dedica al negocio de soluciones de planificación de recursos empresariales (Enterprise Resource Planning), y de soluciones de planificación de recursos empresariales a través de Odoo y Acumatica, en Florida, en todo Estados Unidos y a nivel internacional para empresas, sector que es altamente competitivo. Durante toda la vigencia del Contrato entre el Proveedor de Servicios y el Cliente, y durante los 12 meses posteriores a la terminación del mismo, el Cliente no deberá, directa ni indirectamente, en ninguna condición, ni en colaboración con ninguna otra persona, sociedad u otra entidad, contratar ni desviar, captar, intentar captar, inducir, solicitar, influir o intentar inducir o influir a ningún empleado o contratista del Proveedor de Servicios para que ponga fin a su relación laboral o contractual con el Proveedor de Servicios. El Cliente reconoce que el incumplimiento de esta sección causaría un perjuicio inmediato e irreparable al Proveedor de Servicios. En consecuencia, el Cliente reconoce y acepta que, si infringe esta cláusula, se presumirá de forma concluyente que se produciría un daño irreparable al Proveedor de Servicios para el que no existiría un remedio adecuado en Derecho. Por tanto, el Cliente acepta que el Proveedor de Servicios tendrá derecho a obtener cualquier medida cautelar adecuada, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, medidas cautelares temporales, provisionales o definitivas, órdenes de restricción temporales y/o órdenes de protección temporales, sin necesidad de prestar fianza ni garantía, para hacer cumplir esta sección y el Contrato en caso de incumplimiento o amenaza de incumplimiento por parte del Cliente, sin perjuicio de cualesquiera otros remedios de que disponga el Proveedor de Servicios en derecho o en equidad. El Cliente reconoce que la restricción impuesta al Proveedor de Servicios protege sus intereses comerciales legítimos y que dichas restricciones son justas y razonables. Esta restricción es independiente de cualquier otra obligación entre el Proveedor de Servicios y el Cliente. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de incumplimiento de esta sección, el Proveedor de Servicios tendrá además derecho a percibir del Cliente una indemnización tasada por daños y perjuicios por el importe estipulado equivalente al salario de un año por cada empleado del Proveedor de Servicios al que el Cliente haya solicitado. Dicha indemnización tasada por daños y perjuicios no tiene carácter de penalización, sino que tiene por objeto:

  1. para reflejar el hecho de que puede resultar difícil y poco práctico determinar los daños y perjuicios reales,
  2. para repartir el riesgo entre las partes, y
  3. permitirnos llevar a cabo el trabajo.

30. Venta de equipos de punto de venta por CAPTIVEA

  1. CAPTIVEA propone a sus clientes varios modelos de equipos digitales y aplicativos para transacciones financieras (en adelante, «el Equipo»). Esta sección establece las condiciones de pedido, entrega y pago del Equipo ofrecido por CAPTIVEA.
    Cualquier otro documento comunicado por el Cliente no será vinculante para CAPTIVEA en lo relativo a la venta del Equipo. 
  2. Los precios del Equipo se comunicarán al Cliente en un catálogo. Los precios comunicados no incluyen impuestos ni gastos de envío.
    CAPTIVEA se reserva el derecho de modificar unilateralmente los precios del Equipo en función de los ajustes tarifarios realizados por el proveedor. El Cliente será informado de cualquier cambio de precio antes de realizar un pedido.
  3. El Cliente efectuará los pedidos a CAPTIVEA mediante la emisión de una orden de compra por escrito. Todos los pedidos realizados son firmes y definitivos. En consecuencia, no se aceptará ninguna devolución de equipo.
  4. El pago de los pedidos se realizará mediante cualquiera de los métodos de pago aceptados por CAPTIVEA. El pago íntegro deberá efectuarse en el momento de realizar el pedido del Equipo.
  5. Todo el equipamiento digital y aplicativo propuesto por CAPTIVEA está garantizado de acuerdo con las condiciones establecidas por el proveedor.
    CAPTIVEA no será responsable de la aplicación de la garantía sobre el Equipamiento, que será responsabilidad exclusiva del proveedor. No obstante, en caso de anomalía cubierta por la garantía del proveedor, CAPTIVEA facilitará la comunicación directa entre el cliente y el proveedor para su gestión.
    Cualquier reclamación o solicitud de garantía relativa al Equipamiento deberá dirigirse directamente al proveedor. Durante toda la vigencia de la garantía, el proveedor acudirá a las instalaciones del Cliente en un plazo de D+1 día laborable a partir del envío de la solicitud.
    Todo Cliente está obligado a comprobar el Equipamiento entregado en el momento de su recepción y a formular, en su caso, las reservas habituales en un plazo de 7 días laborables, transcurrido el cual quedará exonerada de responsabilidad tanto CAPTIVEA como el proveedor.
  6. En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, CAPTIVEA declina toda responsabilidad por daños directos, indirectos, incidentales, especiales, emergentes o punitivos, incluidos, entre otros, la pérdida de beneficios, de ingresos, de datos o de uso, derivados del uso o de la imposibilidad de uso del Equipamiento suministrado.
    En ningún caso la responsabilidad total de CAPTIVEA frente al Cliente, ya sea en virtud de la presente cláusula o en relación con la misma, excederá del importe total pagado por el Cliente por el Equipamiento de que se trate.
  • Definiciones
    • Daños directos: Daños inmediatos derivados de un hecho concreto.
    • Daños indirectos: Daños que resultan indirectamente del hecho inicial.
    • Daños incidentales: Daños directamente relacionados con el hecho inicial, pero que no constituyen su consecuencia principal.
    • Daños especiales: Daños inusuales o imprevistos derivados del hecho inicial.
    • Daños consecuenciales: Daños que se producen de forma directa como resultado del hecho inicial, pero en un momento posterior.
    • Daños punitivos: Daños impuestos como castigo por una conducta ilícita o negligente, destinados a desincentivar la repetición de ese comportamiento ilícito.