Singapur
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Captivea Singapore - Versión 3 - Última actualización 16/05/2024
Condiciones generales de prestación de servicios de Captivea Singapore services (las “Condiciones”)
CAPTIVEA presta servicios de consultoría, integración de software, formación y desarrollo de software a medida para profesionales del ámbito de los programas de gestión y de los sistemas de información corporativos. El objeto de las presentes Condiciones Generales es definir los términos y condiciones de la prestación y entrega de servicios, la concesión de licencias de software, módulos complementarios y la Solución de Software puesta a disposición del Cliente.
1. DEFINICIONES E INTERPRETACIÓN
Contrato: el contrato está compuesto por la Propuesta Comercial, la Confirmación de Pedido y las presentes Condiciones.
CAPTIVEA: Captivea Pte. Ltd.
Cliente: la persona jurídica que ha firmado un contrato con CAPTIVEA.
Información del Cliente: en relación con un Cliente, toda la información que CAPTIVEA obtenga como resultado del uso por dicho Cliente de un Servicio prestado por CAPTIVEA o en relación con cualquier contrato o acuerdo entre las Partes, incluida cualquier información (incluidas opiniones) que identifique o se relacione con una persona física, sea o no verdadera.
Solicitud del Cliente: cualquier solicitud, pedido o instrucción del Cliente dirigida a CAPTIVEA con respecto a cualquier Servicio.
Propuesta Comercial: cualquier propuesta comercial realizada por CAPTIVEA en respuesta a una Solicitud del Cliente.
Confirmación de Pedido: la aceptación y confirmación por parte del Cliente de una Propuesta Comercial.
Servicios: todos los servicios ofrecidos por CAPTIVEA y descritos en una Propuesta Comercial.
Juzgados de Reclamaciones de Escasa Cuantía: los juzgados de reclamaciones de escasa cuantía creados por la Small Claims Tribunals Act 1984, que forman parte de los Tribunales Estatales de Singapur.
Software: cualquier tecnología y software propietario comercializado o integrado por CAPTIVEA.
Derechos de Propiedad Intelectual: todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos derechos de autor, patentes, solicitudes y divulgaciones de patentes e invenciones (patentables o no), marcas y marcas de servicios, secretos comerciales, conocimientos técnicos (know-how) y demás información confidencial, imagen comercial (trade dress), nombres comerciales, logotipos, denominaciones sociales y nombres de dominio, junto con todo el fondo de comercio asociado a los mismos, obras derivadas y cualquier otro derecho.
2. APLICABILIDAD
- Las presentes Condiciones regirán la prestación de servicios por parte de CAPTIVEA al Cliente (cada uno de ellos denominado una «Parte» y conjuntamente las «Partes»).
- El Contrato deja sin efecto entre las Partes todos los entendimientos, acuerdos, negociaciones, manifestaciones y garantías, y comunicaciones previas o simultáneas, tanto escritas como orales.
- En caso de conflicto entre las presentes Condiciones y la Confirmación de Pedido, prevalecerán las presentes Condiciones, salvo que la Propuesta Comercial disponga expresamente lo contrario.
- Las presentes Condiciones prevalecen sobre cualesquiera condiciones generales del Cliente, con independencia de si el Cliente ha presentado o no una Solicitud del Cliente y de cuándo lo haya hecho. La prestación de Servicios al Cliente no supone la aceptación de ninguna de las condiciones del Cliente ni modifica ni enmienda las presentes Condiciones.
- Las presentes Condiciones estarán siempre sujetas a todos aquellos términos, restricciones, limitaciones y prohibiciones previstos en cualquier legislación aplicable que resulte o pueda resultar de aplicación.
- CAPTIVEA se reserva el derecho de actualizar y modificar las presentes Condiciones en cualquier momento.
3. SERVICIOS
- CAPTIVEA prestará los Servicios al Cliente de conformidad con las presentes Condiciones.
- CAPTIVEA asignará los recursos humanos y técnicos adecuados y suficientes para satisfacer de forma satisfactoria la Solicitud del Cliente y empleará la diligencia y pericia razonables en la prestación de los Servicios, de acuerdo con los estándares de práctica del sector.
4. CONTRATO
- CAPTIVEA emitirá una Propuesta Comercial para cualquier Solicitud del Cliente. Una vez confirmada la Orden, las condiciones de la Propuesta Comercial serán vinculantes y prevalecerán sobre cualquier información disponible en catálogos, folletos o en el sitio web de CAPTIVEA, que se facilita únicamente a título informativo.
- El Contrato podrá ser aceptado por el Cliente a distancia, y el Cliente reconoce que la Confirmación de la Orden que lleve la firma electrónica del representante debidamente autorizado del Cliente y que sea recibida por CAPTIVEA constituye prueba de un contrato válido y puede hacerse valer por CAPTIVEA en consecuencia. La aceptación electrónica del Contrato tiene entre las Partes el mismo valor probatorio que un contrato impreso.
- Salvo acuerdo en contrario entre las Partes, el Contrato entra en vigor en la fecha de la Confirmación de la Orden.
5. LICENCIA Y DURACIÓN
- Cuando resulte necesario como parte del Servicio, CAPTIVEA concede al Cliente una licencia para utilizar el Software correspondiente por un período de un (1) año a partir de la fecha de instalación del Software, salvo que en el Contrato se disponga otra cosa.
- El período de suscripción de dicha licencia de Software se renovará automáticamente por un período de un (1) año a su vencimiento, salvo que cualquiera de las partes notifique por escrito a la otra su voluntad de no renovar con al menos tres (3) meses de antelación a la expiración del período inicial aplicable o del período de renovación entonces vigente. Cada período de renovación se regirá por los términos y condiciones del período inicial o por los términos entonces vigentes.
- El Cliente reconoce y acepta que el Software correspondiente se licencia, no se vende, y que CAPTIVEA conservará en todo momento la titularidad exclusiva sobre el Software y sobre cualquier patente, marca, marca de servicio, derecho de base de datos, derecho de autor, derecho moral, derecho sobre un diseño, know‑how y cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o industrial, en cualquier lugar del mundo, estén o no registrados.
6. COMPROMISOS DEL CLIENTE
- El Cliente se asegurará de que, siempre que CAPTIVEA deba prestar los Servicios, se permita el acceso a cualquier instalación ocupada o controlada por el Cliente al personal autorizado de CAPTIVEA en el momento que CAPTIVEA pueda especificar y que dicho personal pueda permanecer en dichas instalaciones durante el periodo que sea necesario para la prestación de los Servicios, y, mientras el personal autorizado de CAPTIVEA permanezca en dichas instalaciones de conformidad con esta cláusula, proporcionará o procurará que se proporcionen las utilidades y el espacio que sean necesarios, y garantizará un entorno de trabajo seguro en dichas instalaciones.
- El Cliente se compromete a cumplir las especificaciones técnicas del Software requeridas para la instalación del Software. Las especificaciones técnicas del Software facilitadas por CAPTIVEA tienen carácter meramente informativo y podrán ser modificadas o revisadas por el editor del Software.
- El Cliente designará un representante autorizado que será el principal punto de contacto de CAPTIVEA para todas las cuestiones relacionadas con los Servicios.
7. COOPERACIÓN
- La correcta ejecución del Contrato y la adecuada prestación de los Servicios requieren una cooperación activa y continuada de buena fe entre las Partes. En consecuencia, cada una de las Partes se compromete a:
- abstenerse de cualquier conducta que pueda afectar y/o dificultar el cumplimiento de las obligaciones de la otra Parte;
- facilitar con celeridad toda la información y documentación necesarias para la ejecución del Contrato;
- advertir a la otra parte lo antes posible en caso de dificultad y acordar el despliegue de la mejor solución posible con la mayor celeridad posible.
- Las Partes se reunirán con la frecuencia que sea necesaria para garantizar la correcta ejecución del Contrato. Las Partes acuerdan reunirse al menos una (1) vez cada trimestre durante treinta (30) minutos.
- Es responsabilidad del Cliente enviar a CAPTIVEA toda la información que sea necesaria para la correcta prestación de los Servicios e informar a CAPTIVEA de cualquier dificultad de la que pueda tener conocimiento o que, por su conocimiento de su ámbito de actividad, pueda prever a medida que se ejecutan los Servicios.
8. PLAZOS DE EJECUCIÓN
- CAPTIVEA realizará esfuerzos razonables para prestar los Servicios dentro del plazo establecido en la Confirmación de Pedido. Salvo que se indique lo contrario en la Confirmación de Pedido, el plazo establecido en la misma tiene carácter meramente indicativo y CAPTIVEA no será responsable por ningún retraso.
- Si cualquier retraso es causado por el Cliente o por un proveedor de CAPTIVEA, el plazo se ajustará en consecuencia, sujeto a la disponibilidad de CAPTIVEA.
9. CONDICIONES DE PAGO - HONORARIOS
- En contraprestación por la prestación de los Servicios por parte de CAPTIVEA y por los derechos concedidos al Cliente en virtud del Contrato, el Cliente abonará los honorarios establecidos en el Contrato.
- El Cliente se compromete a reembolsar a CAPTIVEA todos los gastos de desplazamiento y demás gastos razonables efectuados por CAPTIVEA en relación con la prestación de los Servicios.
- Los honorarios podrán ser modificados por CAPTIVEA en cualquier momento para tener en cuenta el aumento de los costes/honorarios del proveedor (editor) o el incremento de los costes de prestación del servicio. En caso de revisión de precios, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de la notificación del nuevo precio. Si el Cliente no comunicara la resolución dentro de dicho plazo de notificación, se entenderá que acepta los nuevos precios, que serán de aplicación a las Partes durante el resto de la vigencia del contrato.
- Los honorarios se abonarán en el momento de la Confirmación del Pedido. Las cuotas de suscripción se abonarán anualmente al inicio de cada periodo de suscripción. Todos los honorarios se pagarán mediante transferencia bancaria en fondos disponibles de inmediato al recibir la factura. El Cliente asumirá las posibles comisiones bancarias que pudieran aplicarse.
- El Cliente podrá adquirir horas prepagadas (“Purchased PPH”) válidas durante dos (2) años a partir de la fecha de compra. En caso de resolución del Contrato, las Purchased PPH no serán reembolsables. Las Purchased PPH solo podrán utilizarse para compensar Servicios. Los desembolsos y gastos no se deducirán de las Purchased PPH.
- El tiempo previsto para dedicar a cualquier Solicitud de Servicio será comunicado al cliente por CAPTIVEA y el Servicio solo se llevará a cabo tras la confirmación del Cliente, entendiéndose que únicamente el tiempo efectivamente dedicado por CAPTIVEA se deducirá de las Purchased PPH. No obstante lo anterior, cualquier Solicitud de Servicio que, según el criterio profesional de CAPTIVEA, requiera cuatro (4) horas o menos será atendida por CAPTIVEA y se deducirá de las Purchased PPH sin necesidad de aprobación previa del Cliente. El tiempo dedicado a la realización de una Solicitud de Servicio se deduce en fracciones de quince (15) minutos.
- Una vez agotadas las Purchased PPH, a los Servicios restantes o adicionales se les aplicarán los honorarios estándar por hora vigentes en la fecha de prestación del Servicio. Los Servicios se facturarán bimensualmente y se abonarán a la recepción de la factura.
- En caso de que CAPTIVEA no reciba el pago en un plazo de siete (7) días desde su vencimiento, CAPTIVEA podrá (i) cobrar intereses sobre todos los pagos atrasados, calculados diariamente y capitalizados mensualmente al menor de los siguientes tipos: un diez (10) por ciento mensual o el tipo máximo permitido por la legislación aplicable, calculados diariamente y capitalizados mensualmente, y (ii) suspender la prestación de todos los Servicios hasta que el pago se haya efectuado íntegramente. El Cliente deberá asimismo reembolsar a CAPTIVEA todos los costes en que esta incurra para el cobro de cualquier pago atrasado, incluidos, entre otros, honorarios de abogados, costas judiciales y gastos de agencias de recobro.
- Cláusula de fianza para servicios facturados mensualmente con pago aplazado:
- Fianza para servicios facturados mensualmente: Para los servicios facturados mensualmente, se exigirá al cliente una fianza. La fianza deberá ser equivalente, como mínimo, al 100 % del importe total estimado para el mes. El pago de la fianza se efectuará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por la empresa
- Ajuste de la fianza: Si el importe facturado durante el mes supera la fianza inicial, esta se revisará. El objetivo de dicha revisión es garantizar que la fianza sea igual, como mínimo, al 100 % del importe total de la factura mensual.
- Facturación de la fianza y facturación mensual ordinaria: Al inicio del periodo de prestación del servicio, se facturará la fianza al cliente. Posteriormente, entrará en vigor el sistema de facturación mensual ordinaria.
- Al final del contrato: Al extinguirse el contrato, la devolución del depósito de garantía se efectuará mediante la asignación de horas de servicio equivalentes al importe inicial de dicha garantía. La solicitud de devolución de la garantía depositada deberá iniciarse en un plazo de 12 meses a contar desde la terminación del contrato para que sea considerada válida. Transcurrido dicho plazo, la solicitud se considerará nula y no podrá ser aceptada.
10. IMPUESTOS
El Cliente será responsable de todos los impuestos (incluidos los impuestos sobre bienes y servicios), tasas, gravámenes y demás cargos similares (así como de los intereses y sanciones relacionados) de cualquier naturaleza, impuestos en virtud de cualquier ley y exigibles sobre cualesquiera importes pagaderos por el Cliente en virtud del presente.
11. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los Derechos de Propiedad Intelectual sobre y en todos los documentos, resultados de trabajo y demás materiales que se entreguen al Cliente en virtud del Contrato o que sean preparados por CAPTIVEA o en su nombre en el curso de la prestación de los Servicios, incluidos cualesquiera elementos identificados como tales en la Confirmación de Pedido (conjuntamente, los “Entregables”), serán titularidad de CAPTIVEA. CAPTIVEA concede por la presente al Cliente una licencia de uso sobre todos los Derechos de Propiedad Intelectual sin coste adicional y con carácter no exclusivo, mundial, intransferible, no sublicenciable, totalmente pagada, libre de cánones y de duración indefinida, en la medida necesaria para permitir al Cliente un uso razonable de los Entregables y de los Servicios.
12. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
- Toda la información no pública, confidencial o de propiedad exclusiva de CAPTIVEA, incluyendo, entre otras, secretos comerciales, tecnología, información relativa a las operaciones y estrategias empresariales, e información relativa a clientes, precios y marketing (conjuntamente, la “Información Confidencial”), divulgada por CAPTIVEA al Cliente, ya sea divulgada oralmente o revelada o a la que se acceda en forma o soporte escrito, electrónico o de otro tipo, y esté o no marcada, designada o identificada de otro modo como “confidencial”, en relación con la prestación de los Servicios y el presente Contrato, tendrá carácter confidencial y no podrá ser divulgada ni reproducida por el Cliente sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA. La Información Confidencial no incluye la información que: (i) sea de dominio público; (ii) sea conocida por el Cliente en el momento de su divulgación; o (iii) haya sido obtenida legítimamente por el Cliente de un tercero sin obligación de confidencialidad.
- El Cliente se compromete a utilizar la Información Confidencial únicamente para hacer uso de los Servicios y los Entregables.
- CAPTIVEA tendrá derecho a solicitar medidas cautelares por cualquier incumplimiento de esta cláusula.
13. NO CAPTACIÓN DE PERSONAL
- El Cliente acepta que, durante la vigencia del Contrato y durante un período de un (1) año posterior al mismo (el “Período Restringido”), no captará ni intentará captar directa o indirectamente, ni intentará contratar a ninguna persona que sea empleado o contratista independiente identificado de CAPTIVEA.
- Las Partes acuerdan que la indemnización por daños y perjuicios no constituiría un remedio adecuado ante cualquier incumplimiento de las disposiciones de esta cláusula 14 y que CAPTIVEA podrá, además de reclamar daños y perjuicios, solicitar medidas cautelares, cumplimiento específico y otras medidas de carácter equitativo frente a cualquier incumplimiento real o potencial de las disposiciones de esta cláusula 14 por parte del Cliente. Asimismo, sin perjuicio de los demás recursos de CAPTIVEA frente a cualquier incumplimiento de cualquier restricción establecida en esta cláusula 14, salvo que la ley exija lo contrario, CAPTIVEA tendrá derecho a percibir pagos equivalentes a un año completo de facturación al tipo vigente correspondiente al empleado, equivalente a 1.920 horas, que serán exigibles de inmediato.
14. MANIFESTACIONES Y GARANTÍA
- CAPTIVEA manifiesta y garantiza al Cliente que prestará los Servicios utilizando personal con las competencias necesarias, la experiencia y la cualificación adecuadas y de forma profesional y diligente, de conformidad con los estándares generalmente reconocidos en el sector para servicios similares, y que dedicará los recursos suficientes para cumplir sus obligaciones en virtud del presente Contrato.
- CAPTIVEA no será responsable por un incumplimiento de la garantía establecida en la cláusula 16(a) salvo que el Cliente notifique por escrito a CAPTIVEA la existencia de Servicios defectuosos, describiéndolos de forma razonable, dentro de los diez (10) días siguientes al momento en que el Cliente descubra o debiera haber descubierto que los Servicios eran defectuosos.
- Con sujeción a la cláusula 14(2), CAPTIVEA, a su entera discreción, podrá: (i) reparar o volver a ejecutar dichos Servicios (o la parte defectuosa de los mismos); o (ii) abonar en cuenta o reembolsar el precio de dichos Servicios a prorrata del precio contractual.
- LOS RECURSOS ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA 14(3) CONSTITUIRÁN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL CLIENTE Y LA TOTALIDAD DE LA RESPONSABILIDAD DE CAPTIVEA POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA LIMITADA ESTABLECIDA EN LA CLÁUSULA 14(1).
15. RENUNCIA A GARANTÍAS
Salvo la garantía establecida en la cláusula 14(1), CAPTIVEA no otorga ninguna otra garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita por ley, por la práctica habitual, por la forma de ejecución, por los usos del comercio o por cualquier otro motivo.
16. RESPONSABILIDAD
No obstante cualquier disposición en contrario, CAPTIVEA no asumirá responsabilidad alguna frente a ningún Cliente, ya sea en virtud de la ley, en equidad o de otro modo, y tanto si dicha responsabilidad se basa en incumplimiento de contrato, indemnización o garantía (expresa, implícita o de cualquier otra naturaleza), como en responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia y el incumplimiento de deberes legales) o de cualquier otra clase, por:
- cualesquiera pérdidas de ingresos, beneficios, negocio o clientela, o cualquier pérdida de naturaleza puramente económica (ya sea directa o indirecta); o
- cualquier pérdida indirecta o consecuencial, independientemente de cómo y cuándo se haya causado o se produzca;
- por cualquier pérdida, daño o responsabilidad causados por o derivados de:
- cualquier defecto, deficiencia, deterioro, fallo, retraso, interrupción, cese o alteración de cualquier Servicio o Software, o que le afecte;
- la incompatibilidad o falta de idoneidad de cualquier Software en relación con, o en combinación con, cualquier otro software, sistema o equipo (ya sea utilizado, mantenido u operado por dicho Cliente o por cualquier otra persona); o
- la conservación, recopilación, uso, comunicación y/o publicación por parte de CAPTIVEA, de cualquier forma y para cualquier fin, de cualquier información o dato (a) relativo a dicho Cliente o al uso de cualquier Servicio, (b) transmitido mediante el uso de cualquier Servicio, o (c) facilitado por dicho Cliente a CAPTIVEA.
La responsabilidad total de CAPTIVEA derivada de, en virtud de o relacionada con cada Contrato no excederá en ningún caso del importe total de los honorarios recibidos por CAPTIVEA del Cliente en virtud del Contrato durante los doce (12) meses anteriores al hecho que origine el daño. Nada de lo establecido en esta Cláusula servirá para excluir ni limitar la responsabilidad de CAPTIVEA por fallecimiento o daños personales resultantes de negligencia.
CAPTIVEA deberá suscribir y mantener en vigor durante la vigencia del Contrato la cobertura de seguros normal y habitual en el sector.
17. RESOLUCIÓN
Además de cualesquiera otros recursos que puedan preverse en virtud de este Contrato, CAPTIVEA podrá resolver este Contrato con efectos inmediatos mediante notificación escrita al Cliente, si el Cliente:
- no paga cualquier importe a su vencimiento en virtud de este Contrato y dicho incumplimiento se mantiene durante diez (10) días tras la recepción por el Cliente de una notificación escrita de falta de pago;
- no ha cumplido o respetado de cualquier otro modo cualquiera de los términos de este Contrato, total o parcialmente; o
- se vuelve insolvente, presenta una solicitud de concurso o inicia, o se inician contra él, procedimientos relativos a concurso, intervención judicial, reorganización o cesión en beneficio de los acreedores.
18. RENUNCIA
Ninguna renuncia por parte de CAPTIVEA a cualquiera de las disposiciones de este Contrato será efectiva salvo que se establezca de forma expresa y por escrito y esté firmada por CAPTIVEA. La falta de ejercicio o la demora en el ejercicio de cualquier derecho, acción, facultad o prerrogativa derivada de este Contrato no operará ni podrá interpretarse como una renuncia a los mismos. Ningún ejercicio único o parcial de cualquier derecho, acción, facultad o prerrogativa en virtud del presente contrato impedirá cualquier otro o posterior ejercicio de los mismos ni el ejercicio de cualquier otro derecho, acción, facultad o prerrogativa.
19. FUERZA MAYOR
CAPTIVEA no será responsable frente al Cliente, ni se considerará que ha incumplido o vulnerado el presente Contrato, por cualquier falta o retraso en el cumplimiento o ejecución de cualquiera de los términos del mismo cuando y en la medida en que dicha falta o retraso se deba a, o resulte de, actos o circunstancias ajenos al control razonable de CAPTIVEA, incluyendo, sin carácter limitativo, catástrofes naturales, inundación, incendio, terremoto, explosión, actuaciones gubernamentales, guerra, invasión u hostilidades (haya o no declaración formal de guerra), amenazas o actos terroristas, disturbios o desórdenes civiles, estado de emergencia nacional, revolución, insurrección, epidemia, pandemia, confinamientos, huelgas u otros conflictos laborales (guarden o no relación con la plantilla de cualquiera de las Partes), o restricciones o retrasos que afecten a los transportistas, o imposibilidad o demora en la obtención de suministros de materiales adecuados o apropiados, averías de materiales o de telecomunicaciones o cortes de suministro eléctrico, siempre que, si el evento en cuestión se prolonga de forma continuada durante un periodo superior a treinta (30) días, el Cliente tendrá derecho a notificar por escrito a CAPTIVEA la resolución del presente Contrato.
20. DATOS PERSONALES
- Salvo con el acuerdo, consentimiento o autorización del Cliente (incluyendo el acuerdo, consentimiento y autorización otorgados en virtud de la presente cláusula y/o de la política de protección de datos de CAPTIVEA), CAPTIVEA no recopilará, utilizará ni comunicará Información del Cliente para ningún fin distinto de los especificados en la legislación aplicable. Además de lo dispuesto en la cláusula 20(1), el Cliente podrá otorgar su acuerdo, consentimiento o autorización para toda recogida, uso y comunicación por parte de CAPTIVEA de la Información del Cliente, para cualquiera de los fines solicitados por CAPTIVEA, mediante cualquier forma escrita o mediante la aceptación por parte del Cliente de cualesquiera términos y condiciones pertinentes (incluidos en el Contrato) que hagan referencia a dicho acuerdo, consentimiento o autorización.
- El Cliente acepta expresa e inequívocamente, consiente y autoriza la recogida, utilización y comunicación, por parte de CAPTIVEA y en su nombre, de toda la información o datos relativos al Cliente (incluida cualquier Información del Cliente), en la forma y para los fines establecidos en la política de protección de datos de CAPTIVEA (cuyos términos se consideran incorporados por remisión a esta cláusula), incluidos, entre otros, la prestación y gestión de los servicios, estudios de mercado, mejora de la red y de los servicios, seguridad y gestión de riesgos, cumplimiento de obligaciones legales y reglamentarias y otros fines descritos con mayor detalle en la política de protección de datos de CAPTIVEA, sin perjuicio de las modificaciones, revocaciones o rectificaciones que puedan haber sido notificadas separadamente por el Cliente o al Cliente. Las disposiciones de esta cláusula 20(2) constituirán el consentimiento del Cliente a efectos de la normativa aplicable, salvo que el Cliente notifique lo contrario por escrito siguiendo el procedimiento establecido periódicamente por CAPTIVEA, incluido el que pueda describirse en su política de protección de datos.
- Cuando el Cliente o su representante sea responsable de facilitar o facilite efectivamente a CAPTIVEA cualquier información o datos relativos a una o varias personas físicas, el Cliente manifiesta, garantiza y se compromete frente a CAPTIVEA a que cada una de dichas personas físicas ha consentido la recogida, utilización y comunicación de sus datos personales por parte de CAPTIVEA y en su nombre, en la forma y para los fines establecidos en cualquier Acuerdo pertinente, incluida la política de protección de datos de CAPTIVEA, y, además, el Cliente, en nombre de cada una de dichas personas físicas, acepta expresa e inequívocamente, consiente y autoriza la recogida, utilización y comunicación por parte de CAPTIVEA y en su nombre de toda dicha información y datos, en dicha forma y para dichos fines.
21. CESIÓN
El Cliente no podrá ceder ninguno de sus derechos ni delegar ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA. Cualquier cesión o delegación efectuada en contravención de esta cláusula será nula y sin efecto. Ninguna cesión o delegación eximirá al Cliente de ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato.
22. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
La relación entre las Partes es la de contratistas independientes. Nada de lo contenido en el presente Contrato se interpretará como creación de una agencia, sociedad, empresa conjunta u otra forma de empresa conjunta, relación laboral o fiduciaria entre las Partes, y ninguna de las Partes tendrá autoridad para contratar o vincular a la otra Parte en modo alguno.
23. DERECHOS DE TERCEROS
Ninguna persona que no sea parte en un Contrato tendrá derecho alguno en virtud de la Contracts (Rights of Third Parties) Act 2001 of Singapore a exigir el cumplimiento de cualquiera de las cláusulas de dicho Contrato.
24. LEY APLICABLE
Todas las cuestiones que se deriven de un Contrato o guarden relación con él se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación de Singapur.
25. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Todas las reclamaciones y controversias relacionadas con un Contrato o derivadas del mismo, incluidas cualesquiera cuestiones relativas a la existencia, validez o resolución del Contrato, se resolverán del modo siguiente:
- remitiendo dicha controversia a los Small Claims Tribunals, si la controversia entra dentro de la competencia de los Small Claims Tribunal;
- si así lo acuerdan las Partes, remitiendo conjuntamente dicha controversia y resolviendo de forma definitiva dicha controversia mediante arbitraje ante el Singapore International Arbitration Centre. Dicho arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento del Singapore International Arbitration Centre (el «Reglamento») vigente en cada momento, entendiéndose que dicho Reglamento se incorpora a la presente cláusula por referencia, salvo en la medida en que entre en conflicto con las disposiciones de esta cláusula, en cuyo caso prevalecerán las disposiciones de esta cláusula. Cualquier arbitraje iniciado de conformidad con esta cláusula será tramitado por un único árbitro designado de común acuerdo por las Partes, o, a falta de tal designación conjunta, por el Presidente, en cada momento, del Singapore International Arbitration Centre. El idioma a utilizar y en el que deberán redactarse todos los documentos escritos que se aporten en dicho arbitraje será el inglés. Nada de lo dispuesto en esta cláusula impedirá a CAPTIVEA solicitar medidas cautelares urgentes ante cualquier tribunal con jurisdicción competente. El Cliente acepta que cualquier laudo dictado en un arbitraje iniciado en virtud de esta cláusula podrá ser ejecutado por CAPTIVEA contra los activos del Cliente, estén donde estén dichos activos o dondequiera que se encuentren, y que cualquier resolución judicial sobre dicho laudo arbitral podrá ser dictada por cualquier tribunal con jurisdicción competente y, a tal efecto, el Cliente se somete expresamente a la jurisdicción de cualquier tribunal de este tipo; o
- remitiendo dicha controversia a cualquier tribunal con jurisdicción competente y, a tal efecto, el Cliente se somete por la presente a la jurisdicción no exclusiva de los Tribunales de la República de Singapur respecto de todas y cada una de las reclamaciones y controversias entre las Partes relacionadas con el Contrato o derivadas del mismo, con la salvedad de que el Cliente no iniciará ni seguirá ninguna acción o procedimiento en ninguna jurisdicción fuera de la República de Singapur en relación con ninguna de dichas reclamaciones o controversias sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA.
- En lo relativo a las costas del litigio, la parte vencedora podrá dirigirse contra la parte demandada y tendrá derecho a solicitar el reembolso de sus costas procesales. Las costas del litigio incluyen, sin carácter exhaustivo, honorarios de abogados, gastos de recobro, gastos notariales, tasas judiciales, gastos de investigación, gastos de copias, costes de búsqueda electrónica de documentos (e-discovery), gastos telefónicos, gastos de envío y entrega, gastos de soporte de tecnologías de la información, honorarios de consultores y peritos, gastos de viaje, honorarios de los taquígrafos judiciales y honorarios de mediadores, etc.
26. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, requerimientos, renuncias y demás comunicaciones efectuadas en virtud del presente (cada una de ellas, una “Notificación”) deberán realizarse por escrito y dirigirse a las Partes a las direcciones indicadas en la Confirmación de Pedido o a cualquier otra dirección que la Parte receptora pueda designar por escrito. Todas las Notificaciones deberán entregarse en mano, por servicio de mensajería urgente de ámbito nacional reconocido (con todos los gastos pagados por adelantado), por correo electrónico (con confirmación de transmisión) o por correo certificado o registrado (en cada caso, con acuse de recibo y franqueo pagado). Salvo que en este Contrato se disponga otra cosa, una Notificación solo surtirá efecto (a) cuando sea recibida por la Parte receptora y (b) si la Parte que envía la Notificación ha cumplido los requisitos de esta cláusula.
27. DIVISIBILIDAD
Si algún término o disposición de este Contrato fuera inválido, ilegal o inaplicable en alguna jurisdicción, dicha invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad no afectará a ningún otro término ni disposición de este Contrato, ni invalidará ni hará inaplicable dicho término o disposición en ninguna otra jurisdicción.
28. VIGENCIA DE LAS CLÁUSULAS
Las disposiciones de estas Condiciones que, por su naturaleza, deban aplicarse más allá de su duración permanecerán en vigor tras la resolución o expiración del presente Contrato, incluidas, entre otras, las siguientes disposiciones: cláusula 13 (Información confidencial), cláusula 14 (No captación de personal), cláusula 15 (Manifestaciones y garantías), cláusula 17 (Responsabilidad), cláusula 25 (Ley aplicable), cláusula 26 (Resolución de conflictos), cláusula 27 (Notificaciones), cláusula 29 (Supervivencia).
29. MODIFICACIÓN Y ENMIENDA
Salvo que se disponga lo contrario en el presente documento, un Contrato solo podrá modificarse o alterarse por escrito, indicando expresamente que modifica el Contrato y firmado por un representante autorizado de cada Parte.
30. Venta de equipos de punto de venta por CAPTIVEA
- CAPTIVEA propone a sus clientes varios modelos de equipos digitales y de aplicación para transacciones financieras (en lo sucesivo, «el Equipo»). La presente sección establece las condiciones de pedido, entrega y pago del Equipo ofrecido por CAPTIVEA.
Cualquier otro documento comunicado por el Cliente no será vinculante para CAPTIVEA en relación con la venta del Equipo. - Los precios del Equipo se comunicarán al Cliente en un catálogo. Los precios comunicados no incluyen impuestos ni gastos de envío.
CAPTIVEA se reserva el derecho de modificar unilateralmente los precios del Equipo en función de los ajustes tarifarios aplicados por el proveedor. El Cliente será informado de cualquier cambio de precio antes de realizar un pedido. - El Cliente realizará los pedidos a CAPTIVEA mediante la emisión de una orden de compra por escrito. Todos los pedidos realizados son firmes y definitivos. En consecuencia, no se aceptará ninguna devolución de equipos.
- El pago de los pedidos se efectuará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por CAPTIVEA. El pago íntegro deberá realizarse en el momento de efectuar el pedido del Equipo.
- Todo el material digital y aplicativo suministrado por CAPTIVEA está cubierto por garantía conforme a las condiciones establecidas por el proveedor.
CAPTIVEA no será responsable de la aplicación de la garantía del Equipo, que será responsabilidad exclusiva del proveedor. No obstante, en caso de anomalía cubierta por la garantía del proveedor, CAPTIVEA facilitará la comunicación directa entre el cliente y el proveedor para su gestión.
Cualquier reclamación o solicitud de garantía relativa al Equipo deberá dirigirse directamente al proveedor. Durante todo el periodo de garantía, el proveedor acudirá a las instalaciones del Cliente en un plazo máximo de D+1 día laborable a partir del envío de la solicitud.
Todo Cliente está obligado a comprobar el Equipo entregado en el momento de su recepción y a formular, en su caso, las reservas habituales en un plazo de 7 días laborables, transcurrido el cual quedarán exoneradas de toda responsabilidad CAPTIVEA y el proveedor. - En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, CAPTIVEA declina toda responsabilidad por daños directos, indirectos, incidentales, especiales, emergentes o punitivos, incluidos, entre otros, la pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso, derivados del uso o de la imposibilidad de uso del Equipo suministrado.
En ningún caso la responsabilidad total de CAPTIVEA frente al Cliente, ya sea en virtud de esta cláusula o en relación con la misma, excederá del importe total abonado por el Cliente por el Equipo correspondiente.
- Definiciones
- Daños directos: Daños inmediatos que resultan de un hecho concreto.
- Daños indirectos: Daños que resultan de forma indirecta del hecho inicial.
- Daños incidentales: Daños directamente relacionados con el hecho inicial, pero que no constituyen su consecuencia principal.
- Daños especiales: Daños inusuales o imprevistos que resultan del hecho inicial.
- Daños consecuenciales: Daños que se producen como consecuencia directa del hecho inicial, pero en un momento posterior.
- Daños punitivos: Daños impuestos como castigo por una conducta ilícita o negligente, destinados a desincentivar la repetición de ese comportamiento.