CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Captivea Software Consulting Pvt.LTD - Versión 3
Última actualización: 02 de septiembre de 2025
CAPTIVEA presta servicios de consultoría services, integración de software, formación y desarrollo de software a medida para profesionales del ámbito del software de gestión y de los sistemas de información corporativos. Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto definir las condiciones de suministro y ejecución de los servicios, la concesión de Licencias de Software, Módulos Adicionales y la Solución de Software puesta a disposición del Cliente.
1.SCOPE
Estas condiciones de servicio (en lo sucesivo, las “Condiciones”) son las únicas condiciones que rigen la prestación de servicios por parte de Captivea (en lo sucesivo, el “Proveedor de Servicios”) al Cliente (en lo sucesivo, el “Cliente”) (el Proveedor de Servicios y el Cliente, conjuntamente, las “Partes”).
La Confirmación de Pedido y estas Condiciones (conjuntamente, el “Contrato”) constituyen el acuerdo íntegro entre las Partes y prevalecen sobre cualquier acuerdo previo o simultáneo, ya sea escrito u oral.
Cualesquiera condiciones generales del Cliente quedan expresamente excluidas, salvo aceptación expresa y por escrito por parte del Proveedor de Servicios.
2.Services
El Proveedor de Servicios prestará los Servicios descritos en la Confirmación de Pedido (los “Servicios”) de conformidad con estas Condiciones y con la Confirmación de Pedido. Entregables, especificaciones, SLA y cualesquiera anexos técnicos serán los establecidos en la Confirmación de Pedido.
3. FECHAS PROGRAMADAS
El Proveedor de Servicios realizará esfuerzos razonables para cumplir las fechas de ejecución indicadas en la Confirmación de Pedido. Dichas fechas tendrán carácter meramente indicativo, salvo que se indique expresamente que son fijas.
Si el retraso es imputable al Cliente (incluido el incumplimiento de facilitar información, accesos o aprobaciones), los plazos se ampliarán y el Proveedor de Servicios podrá facturar los costes adicionales.
4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
El Cliente se compromete a:
- cooperar con el Proveedor de Servicios y proporcionar los accesos, instalaciones, recursos e información que se soliciten razonablemente;
- responder con prontitud a las solicitudes de instrucciones, validaciones y aprobaciones;
- facilitar materiales y datos completos y exactos;
- obtener y mantener todas las licencias, consentimientos y cumplimientos necesarios antes del inicio de los Servicios.
Si el Proveedor de Servicios adquiere licencias en nombre del Cliente, el Cliente reembolsará sus costes y aceptará cualquier ajuste de precio aplicado por el Proveedor de Software.
El Cliente se compromete a cooperar activamente con CAPTIVEA para que CAPTIVEA pueda cumplir sus compromisos frente a los Proveedores de Software o Proveedores de Módulos Complementarios, y para que las Licencias puedan ejecutarse en las condiciones establecidas en la Confirmación de Pedido.
5. ACTUACIONES U OMISIONES DEL CLIENTE
Si la ejecución se ve impedida o retrasada por cualquier actuación u omisión del Cliente (o de sus subcontratistas), CAPTIVEA no incurrirá en incumplimiento y podrá facturar costes adicionales y/o ampliar los plazos.
6. CONDICIONES ECONÓMICAS
6.1. Disposiciones generales
El Cliente abonará los honorarios establecidos en la Confirmación de Pedido.
Los honorarios son pagaderos de conformidad con los plazos indicados; si no se indica ningún plazo, la factura será pagadera a su recepción.
6.2. Divisa y métodos de pago
Todos los pagos de clientes domiciliados en India deberán realizarse en rupias indias (INR), salvo que se acuerde expresamente lo contrario por escrito.
Los pagos podrán realizarse mediante transferencia bancaria, cheque o cualquier otro medio acordado por las Partes.
Para las licencias de software, cuando el precio del Proveedor no esté en rupias indias (INR), el precio podrá expresarse en moneda extranjera y se convertirá a INR sobre la base del tipo de cambio aplicable en la fecha de facturación de la Licencia (o de su renovación).
6.3. Intereses por mora en el pago
Si el pago no se recibe en un plazo de diez (10) días a partir de su fecha de vencimiento, el Proveedor de Servicios podrá cargar intereses a un tipo del 1,5% mensual (es decir, un 18% anual), sin perjuicio de cualquier limitación legal aplicable.
El Proveedor de Servicios también podrá suspender la prestación de los Servicios hasta que se haya efectuado el pago íntegro.
6.4. Depósito de garantía
Para los servicios facturados mensualmente, podrá exigirse un depósito de garantía equivalente como mínimo al 100% del importe estimado para el mes.
Los importes y ajustes se expresarán en INR y las facturas indicarán por separado el GST cuando proceda.
6.5. Revisión anual
El contrato se revisará anualmente en cada fecha de aniversario.
Dicha revisión podrá dar lugar a un incremento de hasta el 5%.
El Cliente podrá rechazar dicha modificación y resolver el contrato sin penalización mediante el envío a CAPTIVEA de una carta certificada en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación de las nuevas tarifas.
Si el Cliente no resuelve el contrato dentro de este plazo, las nuevas tarifas se aplicarán automáticamente al contrato en vigor.
7.Taxes
El Cliente asumirá todos los impuestos aplicables en la India (incluido el GST), las retenciones en la fuente y otros gravámenes.
Las facturas dirigidas a Clientes en la India deberán indicar el GST y los demás impuestos de conformidad con la legislación india.
8. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS
Si el Cliente incumple su deber de colaboración al no responder en plazo razonable a las solicitudes de CAPTIVEA necesarias para la correcta prestación de los Servicios, CAPTIVEA podrá, tras un último requerimiento escrito al Cliente para que facilite los elementos solicitados en un plazo máximo de treinta (30) días que quede sin respuesta, decidir suspender el Contrato con efectos inmediatos.
Del mismo modo, en caso de impago de una factura a su vencimiento, CAPTIVEA podrá, tras un requerimiento escrito que quede sin efecto durante diez (10) días, suspender la ejecución del Contrato hasta el pago íntegro de todas las cantidades adeudadas. Durante el período de suspensión, el Cliente seguirá siendo responsable de todas las sumas debidas y CAPTIVEA se reserva el derecho a cargar intereses de demora y los costes razonables derivados de la suspensión.
La suspensión no constituirá una renuncia a los demás derechos y acciones de CAPTIVEA, incluido el derecho a resolver el Contrato por incumplimiento reiterado del Cliente o a reclamar daños y perjuicios.
9.ENTREGA, INSTALACIÓN Y ACEPTACIÓN
La Entrega e Instalación de la Solución de Software se llevará a cabo de conformidad con los términos establecidos en el Contrato.
Tras la entrega por parte de CAPTIVEA de la Solución de Software, el Cliente deberá verificar su conformidad con los requisitos que haya especificado. Cualquier anomalía observada deberá comunicarse a CAPTIVEA por un medio que deje constancia por escrito. La gestión de las anomalías se realizará conforme al procedimiento de mantenimiento y soporte aplicable.
Una vez que el Cliente reconoce que ha verificado la idoneidad del Software para sus necesidades, CAPTIVEA no será responsable de la insuficiencia del Software suministrado respecto de los objetivos específicos que el Cliente pueda tener o perseguir. En cualquier caso, el uso del Software se lleva a cabo bajo el control, la dirección y la responsabilidad exclusivos del Cliente. Cualquier uso de los resultados obtenidos mediante la implantación del Software será por cuenta y riesgo exclusivos del Cliente.
10. PROPIEDAD INTELECTUAL
Salvo que se estipule expresamente lo contrario por escrito, todos los derechos de propiedad intelectual sobre los Entregables, el software, el código, la documentación y los desarrollos producidos por el Prestador de Servicios seguirán siendo propiedad del Prestador de Servicios.
El Prestador de Servicios concede al Cliente una licencia no exclusiva, intransferible y limitada para utilizar dicho material a los fines del Contrato, condicionada al pago íntegro.
Cualquier cesión de derechos deberá ser objeto de un contrato escrito independiente.
11. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES
Las Partes tratarán como confidencial toda la información designada como «confidencial» y se abstendrán de divulgarla o utilizarla, salvo para la ejecución del Contrato.
Cuando se traten datos personales en el sentido de la Digital Personal Data Protection Act, 2023 (DPDP Act), las Partes cumplirán la DPDP Act y su normativa: mantenimiento de registros, obligaciones de notificación, medidas técnicas y organizativas de seguridad y condiciones para las transferencias transfronterizas.
12.WARRANTIES
El Prestador de Servicios garantiza que prestará los Servicios con la diligencia y pericia razonables y de conformidad con las normas profesionales vigentes.
Esta obligación es una obligación de medios (esto es, una obligación de diligencia) salvo que en la Confirmación de Pedido se establezca expresamente lo contrario.
El Cliente deberá notificar por escrito cualquier defecto visible en los Servicios en un plazo de cinco (5) días desde su descubrimiento; de no hacerlo, el Proveedor de Servicios no será responsable de los defectos no comunicados.
Los recursos exclusivos consistirán, a elección del Proveedor de Servicios, en la nueva prestación de los Servicios defectuosos o en un abono/reembolso prorrateado.
13. EXENCIÓN DE GARANTÍAS
Salvo por la garantía limitada establecida anteriormente, no se otorga ninguna otra garantía, incluidas las garantías implícitas de comerciabilidad o idoneidad para un fin determinado.
Las exclusiones no se aplican a las responsabilidades derivadas de fraude, negligencia grave o aquellas que no puedan ser excluidas por la ley.
14. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Las Partes acuerdan expresamente que la obligación de CAPTIVEA es una obligación de medios. En consecuencia, la responsabilidad de CAPTIVEA solo podrá exigirse por culpa probada de la misma, establecida por el Cliente.
En particular, CAPTIVEA no será responsable de los daños indirectos sufridos por el Cliente tales como, sin carácter limitativo, pérdida de negocio, pérdida de beneficios, daño reputacional, pérdida de datos u otros perjuicios que pudieran derivarse de la prestación de los Servicios, del uso del Software, de la imposibilidad de usar el Software o del uso de los resultados obtenidos a través del Software. Cualquier acción ejercitada contra el Cliente por un tercero constituirá un daño indirecto.
Sin perjuicio de lo anterior, se acuerda expresamente que la responsabilidad de CAPTIVEA, en caso de culpa probada del Cliente, queda expresamente limitada al importe de las sumas pagadas por el Cliente en virtud del Contrato durante los doce (12) meses anteriores al hecho que haya originado el daño; esta limitación se aplicará incluso en caso de resolución o anulación del Contrato.
15.TERMINATION
En caso de incumplimiento por cualquiera de las Partes de sus obligaciones esenciales (en particular, impago o falta de cooperación por parte del Cliente) y si dicho incumplimiento no se subsana en el plazo de un (1) mes a partir de la notificación formal mediante carta certificada con acuse de recibo en la que se especifique el incumplimiento, la otra Parte podrá resolver el Contrato mediante carta certificada con acuse de recibo.
Asimismo, en caso de resolución anticipada por incumplimiento del Cliente, CAPTIVEA se reserva el derecho a aplicar al Cliente una penalización equivalente al diez por ciento (10 %) del importe total pendiente de pago en virtud del Contrato en la fecha de resolución, sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que CAPTIVEA pueda reclamar en compensación por el perjuicio sufrido.
En caso de resolución unilateral del Contrato por parte del Cliente, los importes debidos en virtud del Contrato pasarán a ser inmediatamente exigibles, y el Cliente deberá abonarlos en un plazo de treinta (30) días a partir de la presentación de la factura.
16. PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA
1. En caso de apertura de un procedimiento concursal o colectivo contra el Cliente (concurso de acreedores, procedimiento de salvaguarda, liquidación, insolvencia/Bankruptcy/Corporate Insolvency Resolution Procedure o cualquier procedimiento equivalente), CAPTIVEA podrá, con sujeción a la normativa concursal aplicable y sin perjuicio de los derechos conferidos a los administradores, síndicos o liquidadores por dicha normativa:
(i) resolver el Contrato mediante notificación escrita al deudor y, en su caso, a su representante legal, administrador concursal o liquidador;
(ii) exigir el pago inmediato de las cantidades vencidas a la fecha de resolución; dichos créditos podrán, en función de la legislación aplicable, tratarse como créditos concursales en el procedimiento de insolvencia;
(iii) si el pago no se efectúa dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de resolución, ejercitar cualesquiera acciones amistosas o judiciales disponibles (requerimiento formal de pago, acción de reclamación de cantidad, ejecución de las garantías o avales existentes, compensación en la medida permitida por la ley, realización de las garantías reales, etc.).
2.Cuando el ejercicio de cualquiera de los derechos anteriores esté expresamente prohibido por la legislación concursal aplicable (por ejemplo, debido a una moratoria o a una «paralización automática»), CAPTIVEA notificará inmediatamente a la parte afectada y cooperará con el administrador concursal, liquidador o tribunal competente a fin de hacer valer sus derechos de conformidad con el procedimiento concursal aplicable. CAPTIVEA se reserva asimismo el derecho, antes de reanudar los servicios, de exigir garantías adicionales (aval, depósito, carta de crédito, etc.) si la situación financiera del Cliente así lo justifica.
17.INSURANCE
CAPTIVEA dispone de una póliza de seguro que cubre su responsabilidad civil profesional. CAPTIVEA se compromete a mantener dicha cobertura durante la vigencia del presente Contrato y a aportar prueba del seguro a petición del Cliente.
18.WAIVER
Ninguna renuncia a cualquier disposición del Contrato será válida si no consta por escrito y está firmada por la Parte que renuncia.
La falta de ejercicio de un derecho no constituirá una renuncia.
19.FUERZA MAYOR
Ninguna de las Partes será responsable por los incumplimientos causados por un supuesto de fuerza mayor (desastres naturales, guerra, actos gubernamentales, epidemias, huelgas, caídas de las telecomunicaciones, etc.).
La Parte afectada notificará a la otra sin demora y adoptará las medidas razonables necesarias para limitar el impacto.
20.ASSIGNMENT
El Cliente no podrá ceder sus derechos sin el consentimiento previo y por escrito del Proveedor de Servicios.
CAPTIVEA podrá ceder sus derechos a una filial o en el marco de una fusión/adquisición sin el consentimiento del Cliente, siempre que el Cliente sea informado por escrito.
21.RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
Las Partes son contratistas independientes. Nada en el Contrato crea una relación de agencia, joint venture o laboral.
22.BENEFICIARIOS TERCEROS
El Contrato confiere derechos a terceros únicamente cuando así se disponga expresamente.
23.SUBCONTRATACIÓN
CAPTIVEA está autorizada a subcontratar, total o parcialmente, la ejecución de sus obligaciones contractuales a filiales del Grupo o a un tercero.
CAPTIVEA informará al Cliente, con anterioridad o tan pronto como sea razonablemente posible dada la naturaleza del Servicio, por cualquier medio que deje constancia escrita, de la puesta en marcha de un Subcontratista para la realización de cualquier Servicio en virtud del Contrato.
El Cliente podrá, en un plazo de quince (15) días a partir de la fecha de dicha notificación, comunicar por escrito motivos razonablemente fundamentados de oposición a la utilización del Subcontratista propuesto (por ejemplo, motivos graves relacionados con la seguridad, el lugar de tratamiento o el cumplimiento de la normativa aplicable). Si la oposición está justificada y no se retira, las Partes se reunirán de buena fe para acordar una solución (sustitución del Subcontratista, aplicación de garantías adicionales, etc.).
Si no se llega a un acuerdo en un plazo de treinta (30) días a partir de la oposición debidamente fundamentada, las Partes se esforzarán por encontrar una solución. Si no se alcanza un acuerdo en un plazo adicional de quince (15) días, CAPTIVEA podrá, a su entera discreción:
(i) sustituir al Subcontratista; o
(ii) suspender la parte del Servicio encomendada al Subcontratista hasta que se hayan implementado las garantías solicitadas por el Cliente.
Si el Cliente persiste en resolver el Contrato por este motivo, el Cliente estará obligado a abonar
(i) cualesquiera importes adeudados; y
(ii) los costes razonables en que haya incurrido CAPTIVEA al contratar al Subcontratista.
24.LEY APLICABLE
El presente Contrato se rige e interpretará de conformidad con las leyes aplicables en la India.
25.RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
Cualquier acción, demanda o procedimiento que se derive de o guarde relación con el presente Contrato solo podrá interponerse ante los tribunales competentes de Vadodara, Gujarat, India, y cada Parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales con respecto a cualquier acción, demanda o procedimiento de este tipo.
26.NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones deberán realizarse por escrito y enviarse a las direcciones indicadas en la Confirmación de Pedido. Las notificaciones podrán efectuarse mediante:
(i) entrega en mano;
(ii) mensajería nacional;
(iii) correo certificado o registrado con acuse de recibo;
(iv) correo electrónico a la dirección designada, siempre que se obtenga un acuse de recibo de lectura que confirme la entrega.
Se considerará que una notificación ha sido recibida en la fecha que figure en el acuse de recibo o en el acuse de lectura del correo electrónico.
27.SEVERABILITY
Si alguna disposición se considerara inválida, el resto del Contrato seguirá siendo válido y en vigor y la disposición inválida será modificada en la medida necesaria.
28.SURVIVAL
Las disposiciones que por su naturaleza perduren tras la terminación (confidencialidad, propiedad intelectual, limitación de responsabilidad, pagos pendientes) seguirán en vigor.
29.AMENDMENT
Toda modificación deberá realizarse por escrito y ser firmada por un representante autorizado de cada Parte.
30.COSTES Y REEMBOLSO DE GASTOS
La Parte vencedora tendrá derecho al reembolso de sus costes razonables de abogados/arbitraje, con sujeción a las normas de los tribunales/arbitraje competentes.
31.CLÁUSULA DE NO CAPTACIÓN DE PERSONAL
Durante la vigencia del Contrato y durante los doce (12) meses siguientes a su terminación, el Cliente se compromete a no contratar, captar ni intentar contratar, directa o indirectamente, a ningún empleado o subcontratista de CAPTIVEA que haya participado en la prestación de los Servicios.
En caso de incumplimiento, CAPTIVEA podrá solicitar indemnización y medidas cautelares, a discreción judicial.
32.FECHA DE ENTRADA EN VIGOR Y ACEPTACIÓN
El Contrato entrará en vigor en la fecha de firma de la Confirmación de Pedido.
La firma electrónica o la aceptación por correo electrónico tendrán la misma validez que la firma manuscrita.