Singapur
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Captivea Singapore - Versión 2 - Última actualización: 08/02/2024
Condiciones generales de prestación de servicios de Captivea Singapore services (las “Condiciones”)
CAPTIVEA presta servicios de consultoría, integración de software, formación y desarrollo de software a medida para profesionales del ámbito del software de gestión y de los sistemas de información corporativos. El objeto de estas Condiciones Generales es definir los términos y condiciones de la prestación y ejecución de los servicios, la concesión de licencias de software, módulos complementarios y la Solución de Software que se pone a disposición del Cliente.
1. DEFINICIONES E INTERPRETACIÓN
Contrato: el contrato se compone de la Propuesta Comercial, la Confirmación de Pedido y las presentes Condiciones.
CAPTIVEA: Captivea Pte. Ltd.
Cliente: la persona jurídica que ha suscrito un contrato con CAPTIVEA.
Información del Cliente: con respecto a un Cliente, toda la información que CAPTIVEA obtenga como resultado del uso por dicho Cliente de un Servicio prestado por CAPTIVEA o en relación con cualquier contrato o acuerdo entre las Partes, incluida cualquier información (incluidas opiniones) que identifique o se refiera a una persona física, sea o no veraz.
Solicitud del Cliente: cualquier solicitud, pedido o instrucción del Cliente dirigida a CAPTIVEA con respecto a cualquier Servicio.
Propuesta Comercial: cualquier propuesta comercial realizada por CAPTIVEA en respuesta a una Solicitud del Cliente.
Confirmación de Pedido: aceptación y confirmación por parte del Cliente de una Propuesta Comercial.
Servicios: todos los servicios ofrecidos por CAPTIVEA y descritos en una Propuesta Comercial.
Small Claims Tribunals: los Small Claims Tribunals constituidos por la Small Claims Tribunals Act de 1984 y que forman parte de los Tribunales Estatales de Singapur.
Software: cualquier tecnología y software de carácter propietario comercializado o integrado por CAPTIVEA.
Derechos de Propiedad Intelectual: todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos derechos de autor, patentes, divulgaciones de patentes e invenciones (sean patentables o no), marcas, marcas de servicios, secretos comerciales, know-how y demás información confidencial, imagen comercial (“trade dress”), nombres comerciales, logotipos, denominaciones sociales y nombres de dominio, junto con todo el fondo de comercio asociado a los mismos, obras derivadas y todos los demás derechos.
2. APLICABILIDAD
- Las presentes Condiciones regirán la prestación de servicios por parte de CAPTIVEA al Cliente (cada uno de ellos denominado una «Parte» y conjuntamente, las «Partes»).
- El Contrato deja sin efecto entre las Partes todos los acuerdos o entendimientos previos o simultáneos, negociaciones, manifestaciones y garantías, y comunicaciones, tanto escritas como verbales.
- En caso de conflicto entre las presentes Condiciones y la Confirmación de Pedido, prevalecerán las presentes Condiciones, salvo que la Propuesta Comercial establezca expresamente lo contrario.
- Las presentes Condiciones prevalecen sobre cualesquiera condiciones generales del Cliente, con independencia de si el Cliente ha presentado o cuándo haya presentado una Solicitud del Cliente. La prestación de Servicios al Cliente no constituye aceptación de las condiciones generales del Cliente ni modifica o enmienda estas Condiciones.
- Las presentes Condiciones seguirán estando siempre sujetas a cualesquiera términos, restricciones, limitaciones y prohibiciones previstos en la legislación aplicable que resulte o pueda resultar de aplicación.
- CAPTIVEA se reserva el derecho a actualizar y modificar estas Condiciones en cualquier momento.
3. SERVICIOS
- CAPTIVEA prestará los Servicios al Cliente de conformidad con las presentes Condiciones.
- CAPTIVEA asignará los recursos humanos y técnicos adecuados y suficientes para atender satisfactoriamente la Solicitud del Cliente y empleará la diligencia y el cuidado razonables en la prestación de los Servicios, de acuerdo con los estándares de práctica del sector.
4. CONTRATO
- CAPTIVEA emitirá una Propuesta Comercial para cualquier Solicitud del Cliente. Una vez confirmado el Pedido, las condiciones de la Propuesta Comercial serán vinculantes y prevalecerán sobre cualquier información disponible en catálogos, folletos o en el sitio web de CAPTIVEA, que se facilita únicamente a título informativo.
- El Contrato podrá ser aceptado por el Cliente a distancia, y el Cliente reconoce que la Confirmación de Pedido que lleve la firma electrónica del representante debidamente autorizado del Cliente y que sea recibida por CAPTIVEA constituye prueba de un contrato válido y podrá ser ejecutada por CAPTIVEA en consecuencia. La aceptación electrónica del Contrato tiene entre las Partes el mismo valor probatorio que un contrato impreso.
- Salvo acuerdo en contrario entre las Partes, el Contrato entrará en vigor en la fecha de la Confirmación de Pedido.
5. LICENCIA Y DURACIÓN
- Cuando sea necesario como parte del Servicio, CAPTIVEA concede al Cliente una licencia para utilizar el Software correspondiente por un período de un (1) año a partir de la fecha de instalación del Software, salvo que el Contrato disponga otra cosa.
- El período de suscripción de dicha licencia de Software se prorrogará automáticamente por un período de un (1) año al vencer, salvo que cualquiera de las partes notifique por escrito a la otra la no renovación al menos tres (3) meses antes de la expiración del período inicial correspondiente o del período de renovación en curso. Cada período de renovación se regirá por los términos y condiciones del período inicial o por los términos entonces vigentes.
- El Cliente reconoce y acepta que el Software correspondiente se licencia, no se vende, y que CAPTIVEA conservará en todo momento la titularidad exclusiva del Software y de cualquier patente, marca comercial, marca de servicio, derecho sobre bases de datos, derecho de autor, derecho moral, derecho sobre diseños, know-how y cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial, en cualquier lugar del mundo, estén o no registrados.
6. COMPROMISOS DEL CLIENTE
- Siempre que CAPTIVEA deba prestar los Servicios, el Cliente se compromete a procurar que se permita al personal autorizado de CAPTIVEA acceder a cualquier local ocupado o controlado por el Cliente, en el momento que CAPTIVEA pueda especificar, y permanecer en dichos locales durante el periodo que resulte necesario para la prestación de los Servicios, y, mientras el personal autorizado de CAPTIVEA permanezca en dichos locales en virtud de esta cláusula, a proporcionar o procurar la provisión de los suministros y el espacio que sean necesarios, así como a garantizar un entorno de trabajo seguro en dichos locales.
- El Cliente se compromete a cumplir las especificaciones técnicas del Software requeridas para la instalación del Software. Las especificaciones técnicas del Software facilitadas por CAPTIVEA se proporcionan a título informativo y están sujetas a modificación o revisión por parte del editor del Software.
- El Cliente designará a un representante autorizado que será el interlocutor principal de CAPTIVEA para todas las cuestiones relacionadas con los Servicios.
7. COOPERACIÓN
- La correcta ejecución del Contrato y la adecuada prestación de los Servicios requieren la cooperación activa y continuada de buena fe entre las Partes. En consecuencia, cada una de las Partes se compromete a:
- abstenerse de cualquier conducta que pueda afectar y/o dificultar el cumplimiento de las obligaciones de la otra Parte;
- facilitar con prontitud toda la información y documentación necesaria para la ejecución del Contrato;
- informar a la otra parte lo antes posible en caso de dificultad y acordar la aplicación de la mejor solución posible con la mayor celeridad posible.
- Las Partes se reunirán con la frecuencia que sea necesaria para garantizar la correcta ejecución del Contrato. Las Partes acuerdan reunirse al menos una (1) vez cada trimestre durante treinta (30) minutos.
- Es responsabilidad del Cliente facilitar a CAPTIVEA toda la información necesaria para la correcta prestación de los Servicios e informar a CAPTIVEA de cualquier dificultad de la que pueda tener conocimiento o que su conocimiento de su ámbito de actividad le permita prever a medida que se vayan implementando los Servicios.
8. PLAZOS DE EJECUCIÓN
- CAPTIVEA realizará esfuerzos razonables para prestar los Servicios dentro del plazo indicado en la Confirmación de Pedido. El plazo indicado en la Confirmación de Pedido tiene carácter meramente indicativo, salvo mención en contrario en dicha Confirmación de Pedido, y CAPTIVEA no será responsable de ningún retraso.
- Si se produjera algún retraso imputable al Cliente o a un proveedor de CAPTIVEA, el plazo se ajustará en consecuencia, sujeto a la disponibilidad de CAPTIVEA.
9. CONDICIONES DE PAGO - HONORARIOS
- En contraprestación por la prestación de los Servicios por parte de CAPTIVEA y por los derechos concedidos al Cliente en virtud del Contrato, el Cliente abonará los honorarios establecidos en el Contrato.
- El Cliente se compromete a reembolsar a CAPTIVEA todos los gastos de viaje razonables y los gastos desembolsados en que incurra CAPTIVEA en relación con la prestación de los Servicios.
- CAPTIVEA podrá ajustar los honorarios en cualquier momento para tener en cuenta el incremento de los costes/honorarios del proveedor (editor) o el aumento de los costes de prestación del servicio. En caso de revisión de precios, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la notificación de revisión de precios. Si el Cliente no notificara la resolución dentro de dicho plazo de notificación, se considerará que acepta los nuevos precios, que resultarán de aplicación a las Partes durante el resto de la vigencia del contrato.
- Los honorarios serán exigibles a la Confirmación del Pedido. Las cuotas de suscripción se abonarán anualmente al inicio de cada período de suscripción. Todos los honorarios se pagarán, mediante transferencia bancaria en fondos disponibles de forma inmediata, a la recepción de la factura. El Cliente asumirá cualesquiera comisiones bancarias que pudieran resultar de aplicación.
- El Cliente podrá adquirir horas prepago (“Purchased PPH”) válidas durante dos (2) años a partir de la fecha de compra. En caso de resolución del Contrato, las Purchased PPH no serán reembolsables. Las Purchased PPH solo podrán utilizarse para compensar Servicios. Los desembolsos y gastos no se deducirán de las Purchased PPH.
- El tiempo previsto para la realización de cualquier Solicitud de Servicio será comunicado al cliente por CAPTIVEA y el Servicio solo se prestará tras la confirmación del Cliente, entendiéndose que únicamente se deducirá de las Purchased PPH el tiempo efectivamente dedicado por CAPTIVEA. No obstante lo anterior, cualquier Solicitud de Servicio que, a juicio profesional de CAPTIVEA, requiera cuatro (4) horas o menos será atendida por CAPTIVEA y deducida de las Purchased PPH sin necesidad de la aprobación previa del Cliente. El tiempo dedicado a la ejecución de una Solicitud de Servicio se deducirá en incrementos de quince (15) minutos.
- Una vez agotadas las Purchased PPH, a los Servicios restantes o adicionales se les aplicarán los honorarios estándar por hora vigentes en la fecha de prestación del Servicio. Los Servicios se facturarán bimestralmente y se pagarán a la recepción de la factura.
- En caso de que CAPTIVEA no reciba el pago en un plazo de siete (7) días desde su vencimiento, CAPTIVEA podrá (i) aplicar intereses sobre todos los pagos atrasados, calculados diariamente y capitalizados mensualmente, al tipo inferior entre el diez (10) por ciento mensual o el tipo máximo permitido por la legislación aplicable, calculados diariamente y capitalizados mensualmente, y (ii) suspender la prestación de todos los Servicios hasta que el pago se haya realizado íntegramente. El Cliente también reembolsará a CAPTIVEA todos los costes incurridos en el cobro de cualquier pago atrasado, incluidos, sin carácter limitativo, honorarios de abogados, costas judiciales y gastos de agencias de cobro.
- Cláusula de depósito de garantía para servicios facturados mensualmente con pago aplazado:
- Depósito de garantía para servicios facturados mensualmente: Para los servicios facturados mensualmente, se exigirá al cliente un depósito de garantía. El depósito de garantía deberá ser equivalente, como mínimo, al 100 % del importe total estimado para el mes. El pago del depósito de garantía se realizará por cualquiera de los medios de pago aceptados por la empresa
- Ajuste del depósito de garantía: Si el importe facturado durante el mes supera el depósito de garantía inicial, dicho depósito será revisado. Esta revisión tiene por objeto garantizar que el depósito de garantía sea, como mínimo, igual al 100 % del importe total de la factura mensual.
- Facturación del depósito de garantía y facturación mensual ordinaria: Al inicio del periodo de prestación del servicio, se facturará al cliente el depósito de garantía. Posteriormente, entrará en vigor el sistema de facturación mensual.
- Al final del contrato: Tras la finalización del contrato, el reembolso del depósito de garantía se realizará mediante la asignación de horas de servicio equivalentes al importe inicial de dicha garantía. La solicitud de devolución de la garantía depositada deberá iniciarse dentro de los 12 meses siguientes a la terminación para ser considerada válida. Transcurrido este plazo, la solicitud se considerará nula y no podrá ser aceptada.
10. IMPUESTOS
El Cliente será responsable de todos los impuestos (incluidos los impuestos sobre bienes y servicios), derechos, tasas y otros cargos similares (así como de cualquier interés y sanción relacionados) de cualquier naturaleza, impuestos en virtud de cualquier legislación y pagaderos sobre cualquier importe que el Cliente deba abonar en virtud del presente documento.
11. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los Derechos de Propiedad Intelectual sobre, y todos los documentos, resultados de trabajo y demás materiales que se entreguen al Cliente en virtud del Contrato o que sean preparados por CAPTIVEA o en su nombre en el curso de la prestación de los Servicios, incluidos cualesquiera elementos identificados como tales en la Confirmación de Pedido (conjuntamente, los “Entregables”), serán propiedad de CAPTIVEA. CAPTIVEA concede por la presente al Cliente una licencia para usar todos los Derechos de Propiedad Intelectual sin coste adicional y con carácter no exclusivo, mundial, intransferible, no sublicenciable, totalmente pagada, libre de cánones y perpetua, en la medida necesaria para permitir al Cliente hacer un uso razonable de los Entregables y de los Servicios.
12. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
- Toda la información no pública, confidencial o de propiedad exclusiva de CAPTIVEA, incluyendo, entre otros aspectos, secretos comerciales, tecnología, información relativa a las operaciones y estrategias empresariales, así como información relativa a clientes, precios y marketing (conjuntamente, la “Información Confidencial”), revelada por CAPTIVEA al Cliente, ya sea divulgada oralmente o divulgada o a la que se tenga acceso en forma o soporte escrito, electrónico o de otro tipo, y esté o no marcada, designada o identificada de otro modo como “confidencial”, en relación con la prestación de los Servicios y el presente Contrato, tendrá carácter confidencial y no podrá ser revelada ni copiada por el Cliente sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA. La Información Confidencial no incluye la información que: (i) sea de dominio público; (ii) el Cliente conozca en el momento de su divulgación; o (iii) el Cliente haya obtenido legítimamente de un tercero sin obligación de confidencialidad.
- El Cliente se compromete a utilizar la Información Confidencial únicamente para hacer uso de los Servicios y de los Entregables.
- CAPTIVEA tendrá derecho a obtener medidas cautelares frente a cualquier incumplimiento de la presente cláusula.
13. NO CAPTACIÓN DE PERSONAL
- El Cliente acuerda que, durante la vigencia del Contrato y durante un período de un (1) año posterior al mismo (el “Periodo Restringido”), no solicitará ni intentará solicitar ni intentará contratar, directa o indirectamente, a ninguna persona que sea empleado o contratista independiente identificado de CAPTIVEA.
- Las Partes acuerdan que la indemnización por daños y perjuicios no constituiría una reparación adecuada por cualquier incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 14 y que, además de dicha indemnización, CAPTIVEA podrá solicitar medidas cautelares, ejecución específica y cualquier otro remedio equitativo en caso de incumplimiento, real o potencial, de lo dispuesto en esta cláusula 14 por parte del Cliente. Asimismo, sin perjuicio de cualesquiera otros recursos de CAPTIVEA por incumplimiento de cualquier restricción establecida en la presente cláusula 14 y salvo que la ley exija otra cosa, CAPTIVEA tendrá derecho a percibir pagos equivalentes a un año completo de facturación al tipo horario vigente para el empleado, calculado sobre 1.920 horas, que serán exigibles de forma inmediata.
14. MANIFESTACIONES Y GARANTÍA
- CAPTIVEA manifiesta y garantiza al Cliente que prestará los Servicios utilizando personal con la capacitación, experiencia y cualificación requeridas y de forma profesional y diligente, de conformidad con los estándares generalmente reconocidos en el sector para servicios similares, y que dedicará los recursos adecuados para cumplir con las obligaciones que asume en virtud del presente Contrato.
- CAPTIVEA no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la cláusula 16(a) salvo que el Cliente notifique por escrito a CAPTIVEA los Servicios defectuosos, describiéndolos razonablemente, dentro de los diez (10) días siguientes al momento en que el Cliente descubra, o debiera haber descubierto, que los Servicios eran defectuosos.
- Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 14(2), CAPTIVEA, a su exclusiva discreción, deberá: (i) reparar o volver a ejecutar dichos Servicios (o la parte defectuosa); o (ii) abonar un crédito o reembolsar el precio de dichos Servicios a prorrata del precio contractual.
- LOS RECURSOS ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA 14(3) CONSTITUIRÁN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL CLIENTE Y LA TOTAL RESPONSABILIDAD DE CAPTIVEA POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA LIMITADA ESTABLECIDA EN LA CLÁUSULA 14(1).
15. EXENCIÓN DE GARANTÍAS
Salvo la garantía establecida en la cláusula 14(1), CAPTIVEA no otorga ninguna otra garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita por ley, práctica comercial, forma de ejecución, usos del comercio o cualquier otra causa.
16. RESPONSABILIDAD
Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, CAPTIVEA no será en ningún caso responsable frente a ningún Cliente, ya sea en virtud de la ley, en equidad o de otro modo, y tanto si dicha responsabilidad se basa en incumplimiento de contrato, indemnidad o garantía (expresa, implícita o de cualquier otro tipo), como en responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia y el incumplimiento de deberes legales) o de otro tipo, por:
- cualquier pérdida de ingresos, beneficios, negocio o clientela, o cualquier pérdida de carácter puramente económico (ya sea directa o indirecta); o
- cualquier pérdida consecuencial o indirecta, independientemente de cómo y cuándo haya sido causada o se haya producido;
- cualquier pérdida, daño o responsabilidad causados por o derivados de:
- cualquier defecto, deficiencia, deterioro, fallo, retraso, interrupción, cese o alteración de o en cualquier Servicio o Software;
- la incompatibilidad o inadecuación de cualquier Software en relación con, o en combinación con, cualquier otro software, sistema o equipo (ya sea utilizado, mantenido u operado por dicho Cliente o por cualquier otra persona); o
- la conservación, recopilación, utilización, divulgación y/o publicación por parte de CAPTIVEA, de cualquier forma y para cualquier finalidad, de cualquier información o dato (a) relativo a dicho Cliente o al uso de cualquier Servicio, (b) transmitido mediante el uso de cualquier Servicio, o (c) facilitado por dicho Cliente a CAPTIVEA.
La responsabilidad global de CAPTIVEA derivada de, en virtud de o relacionada con cada Contrato no excederá en ningún caso del total de los honorarios recibidos por CAPTIVEA del Cliente en virtud del Contrato durante los doce (12) meses anteriores al evento que dio lugar al daño. Nada de lo dispuesto en la presente Cláusula se aplicará para excluir o limitar la responsabilidad de CAPTIVEA por fallecimiento o lesiones personales resultantes de negligencia.
CAPTIVEA deberá mantener en vigor durante la vigencia del Contrato una cobertura de seguros normal y habitual en el sector.
17. RESOLUCIÓN
Además de cualesquiera otras acciones o recursos que puedan corresponder en virtud del presente Contrato, CAPTIVEA podrá resolver el presente Contrato con efectos inmediatos mediante notificación escrita al Cliente, si el Cliente:
- no paga cualquier importe a su vencimiento en virtud del presente Contrato y dicho incumplimiento persiste durante diez (10) días después de la recepción por parte del Cliente de una notificación escrita de impago;
- no ha cumplido o no ha observado cualquiera de los términos del presente Contrato, total o parcialmente; o
- deviene insolvente, presenta una solicitud de declaración de concurso o inicia, o se inician contra él, procedimientos relativos a concurso, administración concursal, reorganización o cesión en beneficio de los acreedores.
18. RENUNCIA
Ninguna renuncia por parte de CAPTIVEA a cualquiera de las disposiciones del presente Contrato será efectiva salvo que se establezca explícitamente por escrito y esté firmada por CAPTIVEA. La falta de ejercicio o la demora en el ejercicio de cualquier derecho, acción, facultad o privilegio derivados del presente Contrato no operará ni podrá interpretarse como una renuncia a los mismos. Ningún ejercicio único o parcial de cualquier derecho, acción, facultad o privilegio en virtud del presente Contrato impedirá cualquier otro o posterior ejercicio de los mismos, ni el ejercicio de cualquier otro derecho, acción, facultad o privilegio.
19. FUERZA MAYOR
CAPTIVEA no será responsable frente al Cliente, ni se considerará que ha incurrido en incumplimiento o vulneración del presente Contrato, por ningún fallo o retraso en el cumplimiento o ejecución de cualquiera de los términos del mismo cuando, y en la medida en que, dicho fallo o retraso esté causado por, o resulte de, actos o circunstancias que escapen al control razonable de CAPTIVEA, incluyendo, sin carácter limitativo, catástrofes naturales, inundación, incendio, terremoto, explosión, actuaciones gubernamentales, guerra, invasión u hostilidades (haya o no declaración de guerra), amenazas o actos terroristas, disturbios, u otros desórdenes civiles, estado de emergencia nacional, revolución, insurrección, epidemia, pandemia, confinamientos, huelgas u otros conflictos laborales (relacionados o no con la plantilla de cualquiera de las Partes), o restricciones o retrasos que afecten a transportistas o la imposibilidad o retraso en la obtención de suministros de materiales adecuados o idóneos, averías de materiales o de telecomunicaciones o cortes de suministro eléctrico, siempre que, si el suceso en cuestión se prolonga durante un periodo continuado superior a treinta (30) días, el Cliente tendrá derecho a notificar por escrito a CAPTIVEA la resolución del presente Contrato.
20. DATOS PERSONALES
- Salvo con el acuerdo, consentimiento o autorización del Cliente (incluyendo el acuerdo, consentimiento y autorización otorgados de conformidad con la presente cláusula y/o con la política de protección de datos de CAPTIVEA), CAPTIVEA no recopilará, utilizará ni comunicará Información del Cliente para ningún fin distinto de los especificados en la legislación aplicable. Además de lo dispuesto en la cláusula 20(1), el Cliente podrá otorgar su acuerdo, consentimiento o autorización para toda recopilación, utilización y comunicación por parte de CAPTIVEA de Información del Cliente, para cualesquiera fines solicitados por CAPTIVEA, mediante cualquier forma escrita o mediante la aceptación por parte del Cliente de cualesquiera términos y condiciones pertinentes (incluidos en el Contrato) que se refieran a dicho acuerdo, consentimiento o autorización.
- Por el presente, el Cliente acepta de forma expresa, presta su consentimiento y autoriza la recopilación, utilización y divulgación, por CAPTIVEA y en su nombre, de toda la información o datos relativos al Cliente (incluida cualquier Información del Cliente), en la forma y con las finalidades establecidas en la política de protección de datos de CAPTIVEA (cuyos términos se consideran incorporados por referencia a la presente cláusula), incluidas, entre otras, las finalidades de provisión y gestión de servicios, estudios de mercado, mejora de la red y de los servicios, gestión de la seguridad y de los riesgos, cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias y demás finalidades descritas con mayor detalle en la política de protección de datos de CAPTIVEA, todo ello sin perjuicio de las modificaciones, revocaciones o correcciones que puedan haber sido notificadas separadamente por el Cliente o a este. Las disposiciones de esta cláusula 20(2) constituirán el consentimiento del Cliente a los efectos de la legislación aplicable, salvo notificación en contrario por escrito por parte del Cliente siguiendo el procedimiento que CAPTIVEA establezca en cada momento, incluido el que pueda describirse en su política de protección de datos.
- Cuando el Cliente o su representante sea responsable de facilitar o facilite efectivamente a CAPTIVEA cualquier información o datos relativos a una o más personas físicas, el Cliente declara y garantiza a CAPTIVEA, y se compromete frente a esta, que cada una de dichas personas físicas ha prestado su consentimiento para la recopilación, utilización y divulgación de sus datos personales por CAPTIVEA y en su nombre, en la forma y con las finalidades establecidas en cualquier Acuerdo pertinente, incluida la política de protección de datos de CAPTIVEA, y el Cliente, además, en nombre de cada una de dichas personas físicas, acepta de forma expresa, presta su consentimiento y autoriza la recopilación, utilización y divulgación por CAPTIVEA y en su nombre de toda dicha información y datos, en dicha forma y con dichas finalidades.
21. CESIÓN
El Cliente no cederá ninguno de sus derechos ni delegará ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA. Cualquier cesión o delegación que infrinja esta cláusula será nula y sin efecto. Ninguna cesión o delegación exime al Cliente de ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato.
22. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
La relación entre las Partes es la de contratistas independientes. Nada de lo contenido en el presente Contrato se interpretará como la creación de una relación de agencia, sociedad, empresa conjunta u otra forma de empresa conjunta, relación laboral o fiduciaria entre las Partes, y ninguna de las Partes tendrá autoridad alguna para celebrar contratos o vincular a la otra Parte en modo alguno.
23. DERECHOS DE TERCEROS
Ninguna persona que no sea parte de un Contrato tendrá derecho alguno en virtud de la Contracts (Rights of Third Parties) Act 2001 of Singapore a exigir el cumplimiento de cualquier disposición de dicho Contrato.
24. LEY APLICABLE
Todas las cuestiones derivadas de o relacionadas con un Contrato se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de Singapur.
25. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
Todas las reclamaciones y disputas relacionadas con o derivadas de un Contrato, incluida cualquier cuestión relativa a la existencia, validez o resolución del Contrato, se resolverán de la siguiente manera:
- remitiendo dicha disputa a los Small Claims Tribunals, si la disputa entra dentro de la competencia de los Small Claims Tribunals;
- si así lo acuerdan las Partes, remitiendo conjuntamente dicha controversia y resolviéndola en última instancia mediante arbitraje ante el Singapore International Arbitration Centre. Dicho arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento del Singapore International Arbitration Centre (el «Reglamento») vigente en cada momento, entendiéndose que dicho Reglamento queda incorporado por referencia a la presente cláusula, salvo en la medida en que entre en conflicto con lo dispuesto en esta cláusula, en cuyo caso prevalecerán las disposiciones de la misma. Cualquier arbitraje iniciado de conformidad con esta cláusula se llevará a cabo por un único árbitro, designado conjuntamente por las Partes o, en defecto de dicha designación conjunta, por el presidente en cada momento del Singapore International Arbitration Centre. El idioma a utilizar y en el que deberán redactarse todos los documentos escritos que se aporten en dicho arbitraje será el inglés. Nada de lo dispuesto en esta cláusula impedirá que CAPTIVEA solicite medidas cautelares urgentes a cualquier tribunal con jurisdicción competente. El Cliente acepta que cualquier laudo dictado en un arbitraje iniciado de conformidad con esta cláusula podrá ser ejecutado por CAPTIVEA contra los bienes del Cliente dondequiera que tales bienes se encuentren o puedan encontrarse, y que se podrá obtener sentencia sobre dicho laudo arbitral ante cualquier tribunal con jurisdicción competente y, a tal efecto, el Cliente se somete expresamente a la jurisdicción de cualquiera de dichos tribunales; o
- remitiendo dicha controversia a cualquier tribunal con jurisdicción competente y, a tal efecto, el Cliente se somete por la presente a la jurisdicción no exclusiva de los tribunales de la República de Singapur con respecto a todas y cada una de las reclamaciones y controversias entre las Partes relacionadas con el Acuerdo o derivadas del mismo, si bien el Cliente no podrá, sin el consentimiento previo y por escrito de CAPTIVEA, iniciar ni proseguir acción o procedimiento alguno en ninguna jurisdicción fuera de la República de Singapur en relación con cualquiera de dichas reclamaciones o controversias.
- En lo que respecta a las costas procesales, la parte vencedora podrá dirigirse contra la parte demandada y tendrá derecho a reclamar el reembolso de sus costas procesales. Las costas procesales incluyen, sin carácter exhaustivo, honorarios de abogados, gastos de recobro, honorarios notariales, tasas judiciales, gastos de investigación, costes de reproducción de documentos, gastos de obtención y tratamiento de información electrónica, gastos telefónicos, gastos de envío y mensajería, costes de soporte informático, honorarios de consultores y peritos, gastos de viaje, honorarios de los taquígrafos judiciales, honorarios de los mediadores, etc.
26. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, requerimientos, renuncias y demás comunicaciones realizadas en virtud del presente (cada una de ellas, una “Notificación”) deberán hacerse por escrito y dirigirse a las Partes a las direcciones indicadas en la Confirmación de Pedido o a cualquier otra dirección que la Parte receptora designe por escrito. Todas las Notificaciones se entregarán mediante entrega en mano, servicio de mensajería urgente de ámbito nacional reconocido (con todos los gastos pagados por adelantado), correo electrónico (con confirmación de envío) o correo certificado o registrado (en todos los casos, con acuse de recibo y franqueo pagado por adelantado). Salvo que en este Contrato se disponga lo contrario, una Notificación solo surtirá efecto (a) en el momento de su recepción por la Parte receptora y (b) si la Parte que realiza la Notificación ha cumplido los requisitos establecidos en la presente cláusula.
27. NULIDAD PARCIAL
Si alguna cláusula o disposición de este Contrato fuera inválida, ilegal o inaplicable en alguna jurisdicción, dicha invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad no afectará a ninguna otra cláusula o disposición de este Contrato ni invalidará ni hará inaplicable dicha cláusula o disposición en cualquier otra jurisdicción.
28. VIGENCIA DE LAS OBLIGACIONES
Las disposiciones de estos Términos que, por su naturaleza, deban aplicarse con posterioridad a su vigencia seguirán en vigor tras cualquier resolución o expiración de este Contrato, incluidas, entre otras, las siguientes disposiciones: cláusula 13 (Información confidencial), cláusula 14 (No captación de personal o clientes), cláusula 15 (Manifiestaciones y garantías), cláusula 17 (Responsabilidad), cláusula 25 (Ley aplicable), cláusula 26 (Resolución de disputas), cláusula 27 (Notificaciones), cláusula 29 (Supervivencia).
29. MODIFICACIÓN Y ENMIENDA
Salvo que en el presente se disponga lo contrario, un Contrato solo podrá ser modificado o enmendado mediante un documento escrito que indique expresamente que modifica el Contrato y esté firmado por un representante autorizado de cada Parte.