TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES PARA LOS SERVICIOS
Captivea LLC - Versión 1
Fecha de entrada en vigor 26/05/2018
Términos y condiciones generales de servicio de Captivea LLC (“Términos”)
1. Aplicabilidad
Estos términos y condiciones para los servicios (estos “Términos”) son los únicos términos que rigen la prestación de servicios por parte de Captivea, LLC (“Proveedor de servicios”) al cliente (“Cliente”) (el Proveedor de servicios y el Cliente son colectivamente las “partes”).
La confirmación de pedido adjunta (la «Confirmación de Pedido») y estos Términos (en conjunto, el «Acuerdo») constituyen el acuerdo completo entre las partes y sustituyen a todos los entendimientos, acuerdos, negociaciones, declaraciones, garantías y comunicaciones anteriores o simultáneas, tanto escritas como orales. En caso de conflicto entre estos Términos y la Confirmación de Pedido, prevalecerán los Términos, a menos que la Confirmación de Pedido indique expresamente que prevalece, en referencia a la sección de los Términos que modifica. Las partes no se basan en nada que no esté estipulado en este Acuerdo.
Estos Términos prevalecen sobre los términos y condiciones generales del Cliente, independientemente de si el Cliente ha presentado su solicitud de propuesta, pedido o dichos términos, o cuándo lo haya hecho. La prestación de servicios al Cliente no constituye la aceptación de ninguno de sus términos y condiciones, ni modifica ni enmienda estos Términos.
2. Servicios
El Proveedor de Servicios prestará los servicios al Cliente según se describe en la Confirmación del Pedido (los “Servicios”) de conformidad con estos Términos.
3. Fechas de las presentaciones
El Proveedor de Servicios realizará esfuerzos razonables para cumplir con las fechas de ejecución especificadas en la Confirmación del Pedido, y dichas fechas serán solo estimaciones.
4. Obligaciones del cliente
El cliente deberá:
- cooperar con el Proveedor de Servicios en todos los asuntos relacionados con los Servicios y proporcionar dicho acceso a las instalaciones del Cliente, y dicho alojamiento y otras instalaciones que razonablemente pueda solicitar el Proveedor de Servicios, con el fin de realizar los Servicios;
- responder con prontitud a cualquier solicitud del Proveedor de Servicios para proporcionar instrucciones, información, aprobaciones, autorizaciones o decisiones que sean razonablemente necesarias para que el Proveedor de Servicios preste los Servicios de conformidad con los requisitos de este Acuerdo;
- proporcionar los materiales o la información del cliente que el Proveedor de Servicios pueda solicitar para llevar a cabo los Servicios de manera oportuna y garantizar que dichos materiales o información del cliente sean completos y precisos en todos los aspectos materiales; y
- obtener y mantener todas las licencias y consentimientos necesarios y cumplir con todas las leyes aplicables en relación con los Servicios antes de la fecha en que deban comenzar los Servicios.
5. Actos u omisiones del cliente
Si el cumplimiento por parte del Proveedor de Servicios de sus obligaciones en virtud del presente Contrato se ve impedido o retrasado por cualquier acto u omisión del Cliente o sus agentes, subcontratistas, consultores o empleados, el Proveedor de Servicios no se considerará en incumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Contrato ni será responsable de ningún otro modo de los costos, cargos o pérdidas sufridos o incurridos por el Cliente, en cada caso, en la medida en que surjan directa o indirectamente de dicha imposibilidad o retraso.
6. Orden de cambio
Si alguna de las partes desea modificar el alcance o la prestación de los Servicios, deberá presentar por escrito a la otra parte los detalles de la solicitud. El Proveedor de Servicios deberá, dentro de un plazo razonable tras dicha solicitud, proporcionar al Cliente un presupuesto por escrito de:
- el tiempo probable necesario para implementar el cambio;
- cualquier variación necesaria en las tarifas y otros cargos por los Servicios que surjan del cambio;
- el probable efecto del cambio en los Servicios; y
- cualquier otro impacto que el cambio pudiera tener en el cumplimiento de este Acuerdo.
Inmediatamente después de recibir el presupuesto por escrito, las partes negociarán y acordarán por escrito los términos de dicho cambio (una "Orden de Cambio"). Ninguna de las partes quedará vinculada por ninguna Orden de Cambio a menos que se acuerde mutuamente por escrito y esté firmada por el Proveedor de Servicios y el Cliente.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 6(a) y la Sección 6(b), el Proveedor de Servicios puede, de vez en cuando, cambiar los Servicios sin el consentimiento del Cliente, siempre que dichos cambios no afecten materialmente la naturaleza o el alcance de los Servicios, ni las tarifas o las fechas de ejecución establecidas en la Confirmación del Pedido.
El Proveedor de Servicios podrá cobrar por el tiempo que dedique a evaluar y documentar una solicitud de cambio del Cliente sobre una base de tiempo y materiales de acuerdo con la Confirmación del Pedido.
7. Honorarios y gastos; Condiciones de pago; Intereses por pagos atrasados;
En contraprestación por la prestación de los Servicios por parte del Proveedor de Servicios y los derechos otorgados al Cliente en virtud del presente Contrato, el Cliente pagará las tarifas establecidas en la Confirmación del Pedido.
El Cliente acepta reembolsar al Proveedor de Servicios todos los gastos razonables de viaje y otros gastos incurridos por el Proveedor de Servicios en relación con la prestación de los Servicios.
El Cliente deberá pagar todos los importes facturados al Proveedor de Servicios al recibir la factura del Proveedor de Servicios. Todos los pagos se realizarán en dólares estadounidenses mediante transferencia bancaria.
En caso de que el Proveedor de Servicios no reciba los pagos dentro de los 10 días posteriores a su vencimiento, el Proveedor de Servicios podrá:
- cobrar intereses sobre dichos importes impagados a una tasa del 18% anual; y
- Suspendemos la prestación de todos los Servicios hasta que se haya efectuado el pago completo.
depósito de seguridad
Todos los clientes a quienes CAPTIVEA les otorga un plan de pago mensual por sus servicios deben proporcionar un cheque de depósito de seguridad. El monto corresponde a un (1) mes de servicios, impuestos incluidos. El cliente deberá utilizar un cheque de caja para el depósito de seguridad.
El Cliente deberá presentar el cheque de depósito de seguridad al inicio del contrato.
CAPTIVEA solo cobra el cheque del depósito de seguridad cuando el Cliente no paga una factura mensual dentro del plazo especificado.
CAPTIVEA se compromete a devolver el cheque del depósito de seguridad al Cliente dentro de los 30 días posteriores a la finalización del contrato únicamente si el Cliente ha cumplido íntegramente todas las obligaciones establecidas en estos términos, incluido el pago íntegro de los servicios prestados por CAPTIVEA y el cumplimiento de todos los demás términos y condiciones del acuerdo general.
No se acumularán intereses sobre el cheque de depósito de seguridad durante su período de depósito, a menos que las leyes aplicables estipulen lo contrario.
Las partes acuerdan que el monto del cheque de depósito de garantía podrá ser modificado mediante acuerdo mutuo por escrito en caso de un cambio en las circunstancias o una modificación sustancial de las obligaciones contractuales.
El cobro del cheque de depósito de seguridad por parte de CAPTIVEA no se considera una renuncia a sus derechos en caso de impago de otros importes pendientes por parte del Cliente o incumplimiento de sus obligaciones.
8. Impuestos
El Cliente será responsable de todos los impuestos sobre ventas, uso y consumo, y cualquier otro impuesto, arancel y cargo similar de cualquier tipo impuesto por cualquier entidad gubernamental federal, estatal o local sobre cualquier cantidad pagadera por el Cliente en virtud del presente.
9. Propiedad intelectual
Todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos los derechos de autor, patentes, divulgaciones de patentes e invenciones (patentables o no), marcas comerciales, marcas de servicio, secretos comerciales, conocimientos técnicos y demás información confidencial, imagen comercial, nombres comerciales, logotipos, nombres corporativos y nombres de dominio, junto con todo el fondo de comercio asociado, obras derivadas y demás derechos (en adelante, los «Derechos de Propiedad Intelectual») sobre todos los documentos, productos de trabajo y demás materiales que se entreguen al Cliente en virtud del presente Contrato o que el Proveedor de Servicios prepare o en su nombre durante la prestación de los Servicios, incluidos los elementos identificados como tales en la Confirmación del Pedido (en adelante, los «Entregables»), serán propiedad del Proveedor de Servicios.
10. Información confidencial
Toda información no pública, confidencial o de propiedad exclusiva del Proveedor de Servicios, incluyendo, entre otros, secretos comerciales, tecnología, información relativa a operaciones y estrategias comerciales, e información relativa a clientes, precios y marketing (colectivamente, “Información Confidencial”), divulgada por el Proveedor de Servicios al Cliente, ya sea de forma oral o por escrito, electrónica o de cualquier otro modo, y esté o no marcada, designada o identificada como “confidencial”, en relación con la prestación de los Servicios y este Acuerdo, es confidencial y no podrá ser divulgada ni copiada por el Cliente sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor de Servicios. La Información Confidencial no incluye información que sea:
- en el dominio público;
- conocido por el Cliente en el momento de la divulgación; o;
- obtenida legítimamente por el Cliente de un tercero sin carácter confidencial.
El cliente acepta utilizar la Información Confidencial únicamente para hacer uso de los Servicios y Entregables.
El Proveedor de Servicios tendrá derecho a una medida cautelar por cualquier violación de esta Sección.
11. Declaraciones y garantías
El Proveedor de Servicios declara y garantiza al Cliente, según su leal saber y entender, que prestará los Servicios utilizando personal con las habilidades, experiencia y cualificaciones requeridas y de manera profesional y diligente, de conformidad con las normas generalmente reconocidas del sector para servicios similares, y que dedicará los recursos adecuados para cumplir con sus obligaciones en virtud del presente Contrato.
El Proveedor de Servicios no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la Sección 11(a) a menos que el Cliente notifique por escrito al Proveedor de Servicios sobre los Servicios defectuosos, describiéndolos razonablemente, dentro de los cinco días siguientes al momento en que el Cliente descubra o debiera haber descubierto que los Servicios eran defectuosos.
Sujeto a la Sección 11(b), el Proveedor de Servicios deberá, a su entera discreción, ya sea:
- reparar o volver a realizar dichos Servicios (o la parte defectuosa); o
- abonar o reembolsar el precio de dichos servicios a prorrata de la tarifa contractual.
Los recursos establecidos en la sección 11(c) serán el único y exclusivo recurso del cliente y la responsabilidad total del proveedor de servicios por cualquier incumplimiento de la garantía limitada establecida en la sección 11(a).
12. Exclusión de garantías
Excepto por la garantía limitada establecida en la sección 11(a) anterior, el proveedor de servicios no otorga ninguna garantía con respecto a los servicios, incluyendo cualquier (a) garantía de comerciabilidad; o (b) garantía de idoneidad para un propósito particular; o (c) garantía de titularidad; o (d) garantía contra la infracción de los derechos de propiedad intelectual de un tercero; ya sea expresa o implícita por ley, práctica comercial, curso de ejecución, uso comercial o de otro modo.
13. Limitación de responsabilidad
En ningún caso el Proveedor de Servicios será responsable ante el Cliente o cualquier tercero por cualquier pérdida de uso, ingresos o ganancias o pérdida de datos o disminución de valor, o por cualquier daño consecuente, incidental, indirecto, ejemplar, especial o punitivo, ya sea que surja de incumplimiento de contrato, agravio (incluida la negligencia) o de otro modo, independientemente de si dichos daños eran previsibles y de si el Proveedor de Servicios ha sido informado o no de la posibilidad de dichos daños, y a pesar del incumplimiento de cualquier acuerdo u otro remedio de su propósito esencial.
En ningún caso la responsabilidad total del proveedor de servicios que surja de este acuerdo o esté relacionada con él, ya sea que surja de o esté relacionada con el incumplimiento del contrato, agravio (incluida la negligencia) o de otro modo, excederá el doble de los montos totales pagados o pagaderos al proveedor de servicios de conformidad con este acuerdo en el período de tres meses anterior al evento que da lugar al reclamo.
La limitación de responsabilidad establecida en la Sección 13(b) anterior no se aplicará a:
- responsabilidad resultante de la negligencia grave o mala conducta intencional del Proveedor de Servicios y
- muerte o lesiones corporales resultantes de actos u omisiones negligentes del Proveedor de Servicios.
14. Terminación
Además de cualquier recurso que pueda estar previsto en este Acuerdo, el Proveedor de Servicios podrá rescindir este Acuerdo con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente, si el Cliente:
- no paga ninguna cantidad cuando vence en virtud de este Acuerdo;
- no ha cumplido de otro modo, ni en su totalidad ni en parte, con ninguno de los términos de este Acuerdo; o;
- se vuelve insolvente, presenta una solicitud de quiebra o inicia o se inician en su contra procedimientos relacionados con la quiebra, la administración judicial, la reorganización o la cesión de bienes en beneficio de los acreedores.
15. Seguros
Durante la vigencia de este Contrato y por un año posterior, el Cliente deberá, a su propio costo, mantener vigente un seguro que incluya, entre otros, responsabilidad civil general (incluida la responsabilidad por productos) por un monto no inferior a US$2.000.000 con aseguradoras solventes y de buena reputación. A solicitud del Proveedor de Servicios, el Cliente deberá proporcionarle un certificado de seguro emitido por su aseguradora que acredite la cobertura especificada en estos Términos. El certificado de seguro deberá incluir al Proveedor de Servicios como asegurado adicional. El Cliente deberá notificar por escrito al Proveedor de Servicios con 30 días de anticipación en caso de cancelación o modificación sustancial de su póliza de seguro. Salvo que la ley lo prohíba, el Cliente exigirá a su aseguradora que renuncie a todo derecho de subrogación contra las aseguradoras del Proveedor de Servicios y el propio Proveedor.
16. Exención
Ninguna renuncia por parte del Proveedor de Servicios a cualquiera de las disposiciones de este Contrato será efectiva a menos que conste expresamente por escrito y esté firmada por el Proveedor de Servicios. Ninguna omisión o demora en el ejercicio de cualquier derecho, recurso, facultad o privilegio derivado de este Contrato constituirá ni podrá interpretarse como una renuncia a los mismos. Ningún ejercicio, ya sea único o parcial, de cualquier derecho, recurso, facultad o privilegio en virtud del presente Contrato impedirá cualquier otro ejercicio posterior del mismo o el ejercicio de cualquier otro derecho, recurso, facultad o privilegio.
17. Fuerza mayor
El Proveedor de Servicios no será responsable ante el Cliente, ni se considerará que ha incumplido o violado este Acuerdo, por cualquier falla o demora en el cumplimiento o ejecución de cualquier término de este Acuerdo cuando y en la medida en que dicha falla o demora sea causada por o resulte de actos o circunstancias fuera del control razonable del Proveedor de Servicios, incluyendo, sin limitación, actos de Dios, inundaciones, incendios, terremotos, explosiones, acciones gubernamentales, guerra, invasión u hostilidades (ya sea que se declare la guerra o no), amenazas o actos terroristas, disturbios u otros disturbios civiles, emergencia nacional, revolución, insurrección, epidemia, cierres patronales, huelgas u otras disputas laborales (ya sea que estén relacionadas o no con la fuerza laboral de cualquiera de las partes), o restricciones o demoras que afecten a los transportistas o incapacidad o demora en la obtención de suministros de materiales adecuados o apropiados, fallas de materiales o telecomunicaciones o cortes de energía.
18. Cesión
El Cliente no podrá ceder ninguno de sus derechos ni delegar ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor de Servicios. Cualquier intento de cesión o delegación que contravenga esta Cláusula será nulo de pleno derecho. Ninguna cesión o delegación exime al Cliente de ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato. El Proveedor de Servicios podrá ceder cualquiera de sus derechos o delegar cualquiera de sus obligaciones a cualquier filial o a cualquier persona que adquiera la totalidad o la mayor parte de los activos del Proveedor de Servicios sin el consentimiento del Cliente.
19. Relación de las partes
La relación entre las partes es la de contratistas independientes. Nada de lo dispuesto en este Acuerdo se interpretará como la creación de una agencia, sociedad, empresa conjunta u otra forma de empresa conjunta, relación laboral o fiduciaria entre las partes, y ninguna de las partes tendrá autoridad para contratar ni vincular a la otra de ninguna manera.
20. No existen terceros beneficiarios.
Este Acuerdo es para el beneficio exclusivo de las partes del mismo y sus respectivos sucesores y cesionarios permitidos y nada en este documento, expreso o implícito, pretende o deberá conferir a ninguna otra persona o entidad ningún derecho, beneficio o recurso legal o equitativo de ninguna naturaleza bajo o en razón de estos Términos.
21. Ley aplicable
Todos los asuntos que surjan de este Acuerdo o que estén relacionados con él se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes internas del Estado de Florida, sin dar efecto a ninguna disposición o regla sobre elección o conflicto de leyes (ya sea del Estado de Florida o de cualquier otra jurisdicción) que pudiera causar la aplicación de las leyes de cualquier jurisdicción distinta a la del Estado de Florida.
22. Sumisión a la jurisdicción
Cualquier demanda, acción o procedimiento legal que surja de este Acuerdo o esté relacionado con él se instituirá únicamente en los tribunales federales de los Estados Unidos de América o en los tribunales del Estado de Florida, en cada caso ubicados en la ciudad de Orlando y el condado de Orange, y cada parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales en cualquier demanda, acción o procedimiento.
23. Avisos
Todos los avisos, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, demandas, renuncias y demás comunicaciones en virtud del presente (en adelante, un «Aviso») deberán constar por escrito y dirigirse a las partes a las direcciones indicadas en la Confirmación del Pedido o a cualquier otra dirección que la parte receptora designe por escrito. Todos los Avisos se entregarán personalmente, mediante servicio de mensajería urgente de reconocimiento nacional (con todos los gastos pagados por adelantado), por fax (con acuse de recibo) o por correo certificado o registrado (en todos los casos, con acuse de recibo y franqueo pagado por adelantado). Salvo que se disponga otra cosa en el presente Contrato, un Aviso solo será efectivo (a) tras su recepción por la parte receptora, y (b) si la parte que lo emite ha cumplido con los requisitos de esta Sección.
24. Divisibilidad
Cada disposición de este Acuerdo es divisible. Si un tribunal competente determina que una o más disposiciones de este Acuerdo, o cualquier parte del mismo, es inválida, ilegal o inaplicable, solo dicha disposición, término o cláusula se verá afectada, y dicha invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad no afectará ni menoscabará ninguna otra disposición de este Acuerdo. Este Acuerdo se interpretará como si dicha disposición inválida, ilegal o inaplicable no estuviera contenida en él. De ser posible, cualquier cláusula inaplicable o inválida de este Acuerdo se modificará para reflejar la intención original de las partes.
25. Supervivencia
Las disposiciones de estos Términos, que por su naturaleza deberían aplicarse más allá de sus términos, permanecerán en vigor después de cualquier terminación o vencimiento de este Acuerdo, incluidas, entre otras, las siguientes disposiciones: Cumplimiento de las leyes, Confidencialidad, Ley aplicable, Seguro, Sumisión a la jurisdicción, Supervivencia, Limitación de responsabilidad, Renuncia, Relación de las partes, Sin beneficiarios de terceros y Avisos.
26. Enmienda y modificación
Este Acuerdo solo podrá ser enmendado o modificado mediante un documento escrito que indique específicamente que modifica este Acuerdo y que esté firmado por un representante autorizado de cada parte.
27. Honorarios y costas de los abogados
En caso de controversia derivada de este Acuerdo, o relacionada con él, independientemente de que se inicie o no un litigio u otro procedimiento, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar sus honorarios y costas razonables de abogados, incluidos los honorarios y costas incurridos en litigios para determinar el derecho a dichos honorarios y costas, así como para determinar o cuantificar el monto de los honorarios y costas recuperables. Los costos razonables a los que tiene derecho la parte vencedora incluirán los costos gravables conforme a cualquier ley, norma o directriz aplicable, así como los costos no gravables, incluidos, entre otros, los costos de investigación, copias, descubrimiento electrónico de pruebas, llamadas telefónicas, envíos postales y de mensajería, soporte técnico informático, honorarios de consultores y peritos, gastos de viaje, honorarios de taquígrafos judiciales y honorarios de mediadores, independientemente de que dichos costos sean gravables o no.
28. Renuncia al juicio por jurado
Las partes renunciarán, y de hecho lo hacen ahora, a cualquier derecho a un juicio por jurado en cualquier acción, procedimiento o reconvención interpuesta por cualquiera de ellas contra la otra sobre cualquier asunto que surja de, esté relacionado con o esté de alguna manera conectado con este acuerdo o el objeto del mismo.
29. Arbitraje
Todos los casos y controversias que surjan de este acuerdo o estén relacionados con él se resolverán exclusivamente mediante arbitraje administrado por la Asociación Americana de Arbitraje (AAA), de conformidad con la Ley de Arbitraje de los Estados Unidos, y llevado a cabo en Orlando, Florida, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la AAA. La sentencia sobre el laudo dictado podrá presentarse ante cualquier tribunal competente, o podrá solicitarse ante dicho tribunal el reconocimiento judicial del laudo o una orden de ejecución, según corresponda. Las partes podrán interponer una acción para ejecutar cualquier laudo otorgado en virtud de esta sección.
30. No captación de empleados/contratistas de la Compañía
El Cliente reconoce que el Proveedor de Servicios se dedica al negocio de soluciones de Planificación de Recursos Empresariales (ERP), incluyendo soluciones ERP a través de Odoo y Acumatica, en Florida, en todo Estados Unidos y a nivel internacional para empresas, un sector altamente competitivo. Durante la vigencia del Contrato entre el Proveedor de Servicios y el Cliente, y durante los 12 meses posteriores a su finalización, el Cliente no podrá, directa ni indirectamente, en ninguna calidad, ni en conjunto con ninguna otra persona, corporación u otra entidad, contratar, captar, reclutar, intentar reclutar, inducir, solicitar, influir o intentar inducir o influir en ningún empleado o contratista del Proveedor de Servicios para que rescinda su relación laboral o contractual con el Proveedor de Servicios. El Cliente reconoce que una violación de esta cláusula causaría un daño inmediato e irreparable al Proveedor de Servicios. En consecuencia, el Cliente reconoce y acepta que, si incumple esta disposición, se presumirá de forma concluyente que se produciría un daño irreparable al Proveedor de Servicios para el cual no existiría una reparación adecuada por la vía legal. Por lo tanto, el Cliente acepta que el Proveedor de Servicios tendrá derecho a cualquier medida cautelar pertinente, incluyendo, entre otras, medidas cautelares preliminares, definitivas, órdenes de restricción temporales y/o órdenes de protección temporales, sin fianza ni garantía, para hacer cumplir esta sección y el Contrato en caso de incumplimiento o amenaza de incumplimiento por parte del Cliente, además de cualquier otro recurso legal o equitativo que el Proveedor de Servicios pueda interponer. El Cliente reconoce que la restricción del Proveedor de Servicios promueve sus legítimos intereses comerciales y que dichas restricciones son justas y razonables. Esta restricción es independiente de cualquier otra obligación entre el Proveedor de Servicios y el Cliente. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de incumplimiento de esta sección, el Proveedor de Servicios tendrá derecho, además, a una indemnización por daños y perjuicios por un monto equivalente al salario anual de cada empleado del Proveedor de Servicios que el Cliente contrate. Esta indemnización por daños y perjuicios no tiene carácter punitivo, sino que tiene como objetivo:
- para reflejar el hecho de que los daños reales pueden ser difíciles y poco prácticos de determinar,
- para distribuir el riesgo entre nosotros, y
- nos permiten realizar el trabajo.