Canadá
CONDICIONES GENERALES
Captivea Canada - Versión 2 - Última actualización: 08/02/2024
Condiciones generales de Captivea Canada relativas a services (las «Condiciones»)
CAPTIVEA presta servicios de consultoría, integración de software, formación y desarrollo de software a medida para profesionales del ámbito del software de gestión y de los sistemas de información corporativos. El objeto de estas Condiciones Generales es definir los términos y condiciones de la prestación y ejecución de los servicios, la concesión de licencias de software, módulos complementarios y la Solución de Software puesta a disposición del Cliente.
ARTÍCULO 1 – ÁMBITO DE APLICACIÓN - OPONIBILIDAD
Las presentes condiciones generales (en lo sucesivo, las «Condiciones») tienen por objeto definir las condiciones de prestación y ejecución de los servicios por parte de Captivea Inc., sociedad constituida conforme a la Business Corporations Act, con domicilio social en 2B-1455 Drummond Street, Montreal, QC H3G 1W3 (en lo sucesivo, «CAPTIVEA»).
De conformidad con lo anterior, cualquier condición contraria establecida por el Cliente será, por tanto, inaplicable frente a CAPTIVEA, con independencia del momento en que haya podido ser puesta en su conocimiento. El hecho de que CAPTIVEA no haga valer en un momento dado cualquiera de estas Condiciones no podrá interpretarse como una renuncia a su derecho a invocar posteriormente cualquiera de dichas Condiciones.
ARTÍCULO 2 – DEFINICIONES
En estas Condiciones, cada una de las expresiones que se mencionan a continuación tendrá el significado que se le atribuye en su definición, a saber:
Cliente: la persona jurídica que ha suscrito un contrato con CAPTIVEA.
Contrato: el contrato está compuesto por el Presupuesto aceptado por el Cliente y por estas Condiciones Generales. En caso de contradicción, las disposiciones del Presupuesto prevalecerán sobre las Condiciones Generales.
Presupuesto: el contrato se compone del Presupuesto aprobado por el Cliente y de las presentes Condiciones Generales. En caso de contradicción, las disposiciones del Presupuesto prevalecerán sobre las Condiciones Generales.
Desarrollos Específicos: desarrollos de software realizados por CAPTIVEA además del Software y de los Módulos Complementarios para responder específicamente a las necesidades del Cliente.
Datos: datos de cualquier tipo, incluidos los datos personales de los Usuarios, recopilados y tratados por el Software, así como los datos generados por el propio Software.
Estudio: servicios de consultoría informática, como auditoría, análisis de necesidades o asistencia en la redacción de pliegos de condiciones.
Editor: empresa que edita y comercializa el/los Software(s), del que CAPTIVEA es distribuidor.
Instalación: puesta a disposición del Software al Cliente, mediante la creación de uno o varios accesos de usuario.
Software(s): el/los software(s) editado(s) por una empresa tercera, distribuido(s) y/o integrado(s) por CAPTIVEA en las instalaciones del Cliente, en forma de código objeto y con su documentación asociada.
Puesta en Producción: utilización efectiva del Software por parte del Cliente en su entorno de trabajo, ya sea directamente o mediante la introducción de datos reales, para la realización efectiva de su actividad.
Módulos Complementarios: programas informáticos desarrollados o distribuidos por CAPTIVEA, destinados a ser suministrados a múltiples usuarios para una aplicación o función común, con el fin de complementar las funcionalidades básicas del Software, tal y como se detalla en el Presupuesto.
Aceptación: validación por parte del Cliente de la Instalación del Software, ya sea de forma expresa o tácita mediante la Puesta en Producción del Software.
Solución de software: conjunto de software que integra un Software, Módulos Complementarios y Desarrollos Específicos.
Sistema de Información: conjunto del hardware, software, aplicaciones, bases de datos y redes de telecomunicaciones del Cliente.
Servicios: todos los servicios ofrecidos por CAPTIVEA, a saber: Estudio, Definición del Alcance, Auditoría, Formación, Integración de Software, Migración de Datos, Soporte, Mantenimiento, Desarrollos Específicos y cualquier otro servicio relacionado con el Sistema de Información del Cliente.
Usuario: persona física, bajo la autoridad del Cliente, autorizada a utilizar el Software.
ARTÍCULO 3 – FORMACIÓN DEL CONTRATO
Todo Servicio está sujeto a un presupuesto o propuesta comercial previa. Solo los precios e informaciones que figuran en dicho presupuesto o propuesta comercial tienen valor contractual, con exclusión de los precios e informaciones que aparecen en los catálogos, folletos y documentos de CAPTIVEA, website, que se facilitan únicamente a título informativo.
Se considera que el Contrato queda perfeccionado desde el momento en que CAPTIVEA tenga conocimiento de la aceptación del presupuesto o propuesta comercial por parte del Cliente, ya sea por correo postal dirigido al domicilio social de CAPTIVEA o por correo electrónico. En caso de aceptación por correo electrónico, el Contrato solo se considerará perfeccionado a partir de la fecha de envío del acuse de recibo o de lectura del correo electrónico del Cliente por parte de CAPTIVEA.
La aceptación del presupuesto o de la propuesta comercial también podrá formalizarse mediante un procedimiento de firma electrónica certificada (como Docusign u otro proveedor de firma electrónica certificada) de conformidad con los artículos 2837 y siguientes del Código Civil de Québec.
Salvo estipulación en contrario en el presupuesto o en la propuesta comercial, el Contrato entrará en vigor el día de su formación.
Una vez perfeccionado el Contrato, este no podrá cancelarse. No obstante, en caso de cancelación unilateral del Contrato por parte del Cliente, cualquiera que sea la causa, las cantidades debidas en virtud del Contrato pasarán a ser inmediatamente exigibles, y el Cliente deberá abonarlas en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la presentación de la factura.
ARTÍCULO 4 - DURACIÓN
En el caso de licencias de Software, el Contrato adopta la forma de una suscripción, formalizada por un periodo inicial de un (1) año a contar desde la Instalación del Software, salvo que en el Presupuesto se indique un compromiso de mayor duración.
Este Contrato se renueva tácitamente a su vencimiento por periodos de un (1) año, salvo que una de las partes comunique a la otra su intención de resolverlo mediante carta certificada con acuse de recibo, con un preaviso mínimo de tres (3) meses antes del vencimiento inicial o de cualquiera de sus prórrogas. Cualquier modificación durante este último trimestre conllevará la aplicación de unos gastos de gestión de importe fijo.
El Contrato finaliza cuando todos los Servicios hayan sido prestados por CAPTIVEA y abonados por el Cliente.
En cualquier caso, el Contrato finaliza en la fecha de su resolución o de su no renovación, sea cual sea el motivo.
ARTÍCULO 5 – ACEPTACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES
A falta de una estipulación especial y por escrito en el Presupuesto o en la propuesta comercial que se aparte total o parcialmente de las presentes condiciones generales, toda aceptación por parte del Cliente de un Presupuesto o de una propuesta comercial de CAPTIVEA supondrá la plena y total aceptación por parte del Cliente de estas Condiciones Generales, con exclusión de cualquier otro documento emitido por este último, siempre que el Cliente haya tenido la posibilidad de conocer su contenido.
CAPTIVEA se reserva el derecho de modificar las presentes Condiciones Generales en cualquier momento. Las modificaciones de las Condiciones Generales serán aplicables a los contratos en curso treinta (30) días después del envío de dichas modificaciones al Cliente por correo electrónico. En caso de que el Cliente rechace estas modificaciones, podrá resolver el Contrato enviando una carta certificada con acuse de recibo a CAPTIVEA durante el periodo de preaviso. En este caso, se aplicarán las disposiciones del Artículo 19: Consecuencias de la resolución del Contrato.
ARTÍCULO 6 – EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
La responsabilidad de CAPTIVEA sigue sujeta a lo dispuesto en el Artículo 9.
Artículo 6.1 – Definición del alcance contractual
CAPTIVEA no se compromete a un alcance contractual predefinido, sino únicamente a un volumen de tiempo, con el objetivo de cubrir las necesidades del Cliente de la forma más eficaz posible. CAPTIVEA podrá facilitar al Cliente una estimación global del proyecto para que disponga de información que le permita tener la visión más amplia posible de su proyecto; sin embargo, dicha estimación no constituye un compromiso firme.
Artículo 6.2 – Fase de análisis
CAPTIVEA podrá proponer, con carácter previo a la ejecución de los Servicios, realizar una fase de análisis para definir el alcance funcional o técnico que deba cubrirse, las Especificaciones del Cliente y garantizar la adecuación entre las necesidades del Cliente y la solución de software o el Servicio elegido. Esta fase de análisis se integrará en el primer Presupuesto o propuesta comercial con una obligación de medios.
En su caso, el Cliente acepta que esta fase pueda llevar a CAPTIVEA a reevaluar la estimación global y el volumen de tiempo necesario para la ejecución del Servicio.
ARTÍCULO 7 – COMPROMISOS DEL CLIENTE
El Cliente se compromete a colaborar activamente en la correcta finalización de los Servicios, facilitando a CAPTIVEA, en tiempo y forma, información veraz y exacta, así como todos los datos y documentos necesarios para el desarrollo del proyecto y el cumplimiento de los plazos establecidos en el Contrato. El Cliente comunicará cualquier elemento que pueda comprometer la adecuada ejecución de los servicios y se compromete a informar a CAPTIVEA de cualquier cambio relativo a los datos facilitados. El Cliente será el único responsable de cualquier mal funcionamiento.
Si los servicios elegidos por el Cliente han de prestarse desde las instalaciones del Cliente y/o utilizando los equipos del Cliente, este se compromete a garantizar a CAPTIVEA libre acceso a dichas instalaciones y/o equipos y a poner a disposición de CAPTIVEA los medios de trabajo estrictamente necesarios para la correcta ejecución de los servicios.
El Cliente se compromete a cumplir todos los requisitos técnicos necesarios para la instalación y el funcionamiento del Software y de la Solución de Software. Los requisitos técnicos comunicados por CAPTIVEA se facilitan a título meramente informativo y están sujetos a modificaciones por parte de los editores de software y de los proveedores del Sistema de Información del Cliente.
El Cliente designará a una persona capaz de responder a las cuestiones funcionales y/o técnicas planteadas por CAPTIVEA, que será el interlocutor privilegiado de CAPTIVEA para el seguimiento del avance del proyecto y de su utilización tras la entrega de la Solución de Software. Para poder aportar respuestas fundamentadas a las preguntas formuladas por nuestros equipos, la persona designada deberá haber recibido asimismo formación en el funcionamiento básico de la Solución de Software.
En caso de ausencia, el Cliente designará sin demora a una persona de contacto sustituta para garantizar que el progreso del proyecto no se vea obstaculizado y solicitará a CAPTIVEA que proporcione formación básica adicional a la nueva persona de contacto.
Salvo decisión en contrario del Cliente, esta persona designada será igualmente el único punto de contacto de CAPTIVEA en lo que respecta al Soporte.
ARTÍCULO 8 – COMPROMISOS DE CAPTIVEA
CAPTIVEA se compromete a dedicar el tiempo y los recursos humanos, materiales y técnicos necesarios a la prestación de los Servicios encargados por el Cliente y a ejecutarlos de forma profesional y conforme a los usos y estándares del sector, quedando todo ello supeditado al correcto cumplimiento por parte del Cliente de sus propias obligaciones.
A falta de estipulaciones específicas, la Documentación del Software o de la Solución de Software y de los Módulos Complementarios será la disponible en el sitio web del Editor, en versión inglesa o francesa cuando exista. CAPTIVEA se compromete asimismo a informar regularmente al Cliente sobre el avance de los Servicios y sobre cualquier dificultad de la que tenga conocimiento y sus consecuencias, en particular en términos de plazos y/o repercusiones económicas.
ARTÍCULO 9 – RESPONSABILIDAD - GARANTÍAS
Las partes acuerdan expresamente que CAPTIVEA únicamente está sometida a una obligación de medios. En consecuencia, la responsabilidad de CAPTIVEA solo podrá exigirse en caso de culpa probada por parte de esta, demostrada por el Cliente.
De forma expresa, CAPTIVEA no podrá ser considerada responsable de los daños indirectos que pueda sufrir el Cliente, tales como perjuicio comercial, pérdida de beneficios, daño a la imagen de marca, pérdida de datos u otros derivados de la prestación de los Servicios, del uso del Software, de la imposibilidad de utilizar el Software o del uso de los resultados obtenidos mediante el uso del Software. Cualquier acción dirigida contra el Cliente por un tercero constituye un daño indirecto.
No obstante lo anterior, las partes acuerdan expresamente que la responsabilidad de CAPTIVEA, en caso de culpa probada del Cliente, quedará expresamente limitada al importe de las sumas pagadas por el Cliente en virtud del Contrato en los doce (12) meses anteriores a la ocurrencia del daño; incluso en caso de resolución o anulación del Contrato.
CAPTIVEA se compromete a mantener estas garantías durante toda la vigencia del presente contrato y a aportar la correspondiente acreditación a solicitud del Cliente.
ARTÍCULO 10 – PLAZOS
Los plazos y fechas de entrega indicados en el Presupuesto o en la propuesta comercial se facilitan únicamente a título informativo, salvo indicación en contrario. Por consiguiente, los retrasos en la entrega imputables a CAPTIVEA no podrán dar lugar a ninguna penalización ni indemnización, ni justificar la revisión del precio, ni la anulación o el rechazo del pedido por parte del Cliente.
En el caso de que el retraso sea imputable al Cliente (solicitudes de modificación, espera de elementos, etc.) o a un proveedor de CAPTIVEA, la fecha de entrega se aplazará en consecuencia en función de la disponibilidad de CAPTIVEA, sin que CAPTIVEA pueda ser considerada responsable de dicho retraso.
Si el retraso supera los treinta (30) días tras un recordatorio infructuoso, CAPTIVEA se reserva el derecho a resolver el contrato, permaneciendo el Cliente obligado al pago de todas las facturas y pedidos realizados con anterioridad a la resolución.
ARTÍCULO 11 – CONDICIONES FINANCIERAS
Artículo 11.1 – Tarifas
Las tarifas de los Servicios se expresan en dólares canadienses, netas y sin incluir impuestos ni tasas de ningún tipo.
No obstante, si el precio de las Licencias de Software se basa en un precio de proveedor fuera de Canadá, su importe podrá expresarse en divisas, en cuyo caso se convertirá a dólares canadienses según el tipo de cambio aplicable el día de la facturación de la Licencia (o de su renovación).
Las cuotas anuales por la gestión de licencias, especificadas en el Presupuesto u oferta comercial, podrán repercutirse al Cliente.
Artículo 11.2 – Revisión de tarifas
CAPTIVEA se reserva el derecho de modificar sus precios en cualquier momento para reflejar variaciones tarifarias de sus propios proveedores (Editor) o cambios en sus costes internos.
El Cliente tendrá la posibilidad de rechazar esta modificación y resolver el Contrato sin penalización mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo a CAPTIVEA en un plazo de treinta (30) días desde la fecha de envío por CAPTIVEA de dichas nuevas tarifas.
En ausencia de resolución dentro del plazo anteriormente mencionado, las modificaciones de tarifas se aplicarán automáticamente al Contrato en curso.
En caso de resolución, serán de aplicación las disposiciones del Artículo 18.
Artículo 11.3 – Envío de facturas
Las facturas se envían en formato electrónico; no obstante, el Cliente podrá solicitar su envío en formato papel. Esta solicitud podrá estar sujeta a gastos de gestión.
Artículo 11.4 – Pago
Salvo acuerdo en contrario entre las partes, el Cliente se compromete a abonar el importe total de los servicios indicados en el presupuesto u oferta comercial en el momento de la validación del pedido.
Los servicios prestados en régimen de suscripción se facturan anualmente, al inicio del periodo. Salvo acuerdo en contrario entre las partes, las facturas son pagaderas a su recepción.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria o cheque nominativo a CAPTIVEA, entendiéndose que todos los gastos bancarios (incluidos los gastos por devolución) cargados por un intermediario financiero o asumidos por CAPTIVEA serán facturados al Cliente.
En caso de impago total o parcial en la fecha de vencimiento, por cualquier motivo, se aplicará un interés de demora del 12 % anual a partir de la fecha de vencimiento, sin necesidad de previo requerimiento.
Artículo 11.5 – Ejecución y pago de los Servicios
El Cliente estará asistido mediante la compra de un «bono de horas», que le permitirá adquirir una reserva de tiempo disponible de CAPTIVEA para la ejecución de los distintos servicios detallados en el presupuesto o en la Propuesta Comercial.
Los bonos de horas se facturan y se abonan íntegramente por adelantado a la recepción del pedido, salvo acuerdo en contrario. El periodo de validez de los bonos de horas es de dos (2) años a partir de la fecha del pedido.
La tarifa horaria aplicable será la vigente en el momento del pedido o de la renovación del bono de horas.
Todos los servicios realizados en modalidad de «bono de horas», excluida la asistencia funcional, están sujetos a una estimación del tiempo consumido, según el procedimiento indicado en el presupuesto o la Propuesta Comercial.
Todas las solicitudes que, según la estimación de CAPTIVEA, requieran un máximo de cuatro (4) horas de intervención se ejecutarán sin validación previa por parte del Cliente. Las solicitudes se estiman a título informativo y deben ser validadas previamente por el Cliente, entendiéndose que el tiempo real de intervención se deducirá del bono de horas una vez finalizada, y que, para cualquier solicitud no validada, el tiempo de cualificación se deducirá en tiempo real.
El tiempo dedicado a la atención de una solicitud se contabiliza por tramos de quince (15) minutos.
Los servicios realizables en modo de «bolsa de horas» están sujetos a los servicios contratados. No incluyen ningún gasto de desplazamiento.
Para que la asistencia de CAPTIVEA se desarrolle en las mejores condiciones posibles, el cliente acepta que se celebre al menos una reunión trimestral de treinta (30) minutos entre su interlocutor en CAPTIVEA y él mismo.
En caso de resolución del Contrato, cualquiera que sea la causa, el saldo de horas restante adquirido en el marco de las bolsas de horas no será reembolsable.
Artículo 11.6 - Cláusula de depósito de garantía para los servicios facturados mensualmente con pago aplazado:
- Depósito de garantía para servicios facturados mensualmente: Para los servicios facturados mensualmente, se exigirá al cliente un depósito de garantía. El depósito de garantía deberá ser equivalente, como mínimo, al 100 % del importe total estimado para el mes. El pago del depósito de garantía se realizará mediante cualquiera de los medios de pago aceptados por la empresa.
- Ajuste del depósito de garantía: Si el importe facturado durante el mes supera el depósito de garantía inicial, dicho depósito será revisado. Esta revisión tiene por objeto garantizar que el depósito de garantía sea igual, como mínimo, al 100 % del importe total de la factura mensual.
- Facturación del depósito de garantía y facturación mensual ordinaria: Al inicio del período de prestación del servicio, se facturará al cliente el depósito de garantía. Posteriormente, entrará en vigor el sistema de facturación mensual.
- Al final del contrato: En caso de resolución del contrato, la devolución de la fianza se efectuará mediante la asignación de horas de servicio equivalentes al importe inicial de la garantía. La solicitud de devolución de la garantía depositada deberá iniciarse dentro de los 12 meses siguientes a la terminación para que se considere válida. Transcurrido dicho plazo, la solicitud se considerará nula y no podrá ser aceptada.
ARTÍCULO 12 – CONFIDENCIALIDAD
Las Partes acuerdan no revelar la información confidencial de la otra parte de la que puedan tener conocimiento en el marco de la prestación de los servicios de CAPTIVEA y/o para la aplicación de las presentes condiciones. En consecuencia, las Partes se comprometen a respetar estrictamente dicha confidencialidad y a no divulgar a nadie ninguna información no pública de la que tengan conocimiento, tanto durante la vigencia del contrato como tras su expiración. En particular, el Cliente se compromete a no comunicar a ningún tercero, total ni parcialmente, la información recopilada sobre las soluciones de software de CAPTIVEA, y CAPTIVEA se compromete a no revelar la información confidencial del Cliente y a no utilizarla para ningún fin distinto de lo estrictamente necesario para la prestación de servicios al Cliente. En particular, son confidenciales las condiciones de la relación entre CAPTIVEA y el Cliente.
No se considerará confidencial la información que sea de dominio público en el momento de su divulgación o que posteriormente pase a serlo sin que ninguna de las Partes haya infringido su obligación de confidencialidad, o que haya sido legítimamente obtenida de un tercero sin que este haya vulnerado un acuerdo de confidencialidad relativo a dicha información.
ARTÍCULO 13 – DATOS PERSONALES
Las Partes deberán cumplir con estándares de la industria satisfactorios en materia de organización y de seguridad en relación con la seguridad de la información y de los datos, y, en particular, con todas las disposiciones legales obligatorias aplicables.
En la medida en que CAPTIVEA trate y gestione datos personales por cuenta del Cliente, se aplicarán las siguientes normas, y CAPTIVEA deberá informar al Cliente en consecuencia: el usuario es el responsable del tratamiento de sus datos personales tratados y utilizados por CAPTIVEA en la ejecución del Contrato.
Si la normativa de protección de datos exige la firma de un contrato de encargo de tratamiento de datos u otros acuerdos entre responsables del tratamiento y el Cliente, CAPTIVEA y el Cliente deberán suscribir directamente entre sí dicho contrato de encargo de tratamiento y/o los demás acuerdos necesarios.
Para cualquier pregunta relacionada con el tratamiento de sus datos personales o para plantear cualquier preocupación al respecto, póngase en contacto con nosotros en la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]
ARTÍCULO 14 – NO CAPTACIÓN DE PERSONAL
Durante toda la vigencia del Contrato y durante un período de un (1) año a partir de la finalización del mismo, cualquiera que sea la causa, el Cliente se compromete a no solicitar, contratar ni colaborar, directa o indirectamente, con ningún empleado o exempleado de CAPTIVEA durante la vigencia del Contrato, haya participado o no en la ejecución del mismo.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, el Cliente abonará a CAPTIVEA una indemnización equivalente a un año de salario bruto, con cargas incluidas, del empleado afectado.
ARTÍCULO 15 – REFERENCIAS COMERCIALES
Al aceptar las presentes Condiciones Generales y durante la vigencia del Contrato, el Cliente autoriza expresamente a CAPTIVEA a citarle como cliente de referencia y a reproducir en su sitio web y en sus documentos comerciales el logotipo o la marca cuyo modelo le haya facilitado el Cliente, a fin de garantizar una reproducción fiel conforme a la carta gráfica del Cliente. Del mismo modo, el Cliente podrá presentarse como cliente de CAPTIVEA.
ARTÍCULO 16 - FUERZA MAYOR
CAPTIVEA no será responsable de los retrasos o de la falta de ejecución del Contrato ocasionados por un supuesto de fuerza mayor.
Se consideran casos de fuerza mayor aquellos acontecimientos ajenos al control de CAPTIVEA, imprevisibles e irresistibles, que impidan la ejecución del Contrato. Se incluyen entre ellos, a título enunciativo pero no limitativo:
- Guerra
- Huelgas
- Fenómenos climáticos de gran magnitud
- Inundaciones, incendios
- Terremotos
- Crisis sanitarias con declaración de estado de emergencia local por parte de las autoridades
En cualquier caso, se establece expresamente que un supuesto de fuerza mayor no supondrá automáticamente la suspensión del Contrato. Las Partes acuerdan:
- Notificar a la otra Parte el caso de fuerza mayor, precisando en qué medida dicho acontecimiento constituye una causa imprevisible e irresistible que impide la ejecución del Contrato;
- Reunirse presencialmente o por medios telemáticos lo antes posible tras la notificación del acontecimiento para estudiar soluciones alternativas a la suspensión del Contrato;
- En caso de imposibilidad probada de continuar con su ejecución, el Contrato quedará suspendido por un período de treinta (30) días, transcurridos los cuales las Partes acuerdan reunirse de nuevo, ya sea virtual o presencialmente, para determinar bien un nuevo período de suspensión que no exceda de noventa (30) días, bien la resolución definitiva del Contrato.
En cualquier caso, CAPTIVEA no podrá ser considerada responsable del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en la medida en que acredite que dicho incumplimiento se debió a un supuesto de fuerza mayor en el sentido del artículo 1470 del Código Civil de Quebec y de la jurisprudencia.
ARTÍCULO 17 – CESIÓN
El Cliente no podrá ceder ni transferir a un tercero las ventajas del Contrato sin el previo consentimiento por escrito de CAPTIVEA. No obstante, CAPTIVEA tendrá derecho a ceder en cualquier momento sus derechos y obligaciones derivados del Contrato, siempre que informe de ello al Cliente.
En tal caso, CAPTIVEA quedará liberada de cualquier obligación en virtud del Contrato, tanto respecto de las obligaciones ya cumplidas como de las obligaciones relativas a la futura ejecución del Contrato por parte del cesionario.
ARTÍCULO 18 – RESOLUCIÓN ANTICIPADA
En caso de incumplimiento por cualquiera de las partes de sus obligaciones esenciales (falta de pago o falta de colaboración por parte del Cliente), y si dicho incumplimiento no se subsana en el plazo de un (1) mes a partir de la recepción de un requerimiento notificado por carta certificada con acuse de recibo en el que se indique la existencia del incumplimiento, la otra parte podrá resolver el contrato de pleno derecho mediante carta certificada con acuse de recibo.
Asimismo, en caso de resolución anticipada por incumplimiento del Cliente, CAPTIVEA se reserva el derecho de aplicar una penalización al Cliente equivalente al 10 % del precio sin impuestos de los importes restantes debidos, sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que CAPTIVEA pudiera reclamar en concepto de indemnización por los perjuicios sufridos.
En caso de desistimiento unilateral del Contrato por parte del Cliente, las cantidades debidas en virtud del Contrato serán inmediatamente exigibles, y el Cliente deberá abonarlas en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la presentación de la factura.
ARTÍCULO 19 - CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Tras la resolución del Contrato, por cualquier motivo, el Cliente deberá:
- Cesar inmediatamente en el uso del Software;
- Devolver a CAPTIVEA todos los componentes del Software y cualquier copia de los mismos en un plazo de diez (10) días a partir de la resolución o expiración;
- Pagar cualesquiera cantidades pendientes adeudadas a CAPTIVEA en un plazo de quince (15) días.
A la finalización del Contrato, cualquiera que sea la causa, las tarifas devengadas por el período contractual en curso no serán reembolsables, ni tampoco el saldo de tiempo restante adquirido en los bonos de horas.
Tras la resolución del Contrato, CAPTIVEA se compromete a devolver al Cliente o destruir todos los elementos o documentos pertenecientes al Cliente a los que CAPTIVEA haya podido tener acceso en el marco de la prestación de los Servicios, y a no conservar copia alguna de los mismos.
ARTÍCULO 20 - DIVISIBILIDAD DE LAS DISPOSICIONES CONTRACTUALES
En el caso de que alguna disposición de las presentes Condiciones sea considerada inválida o inaplicable, se tendrá por nula y sin efecto, pero las demás disposiciones permanecerán en pleno vigor y efecto, salvo que la cláusula impugnada sea considerada por CAPTIVEA como esencial y determinante de su consentimiento o que su nulidad altere el equilibrio general del Contrato entre las Partes.
ARTÍCULO 21 - IDIOMA
Las presentes Condiciones están redactadas en francés. En caso de traducción a uno o varios idiomas extranjeros, únicamente el texto francés prevalecerá en caso de litigio.
ARTÍCULO 22 - LEY APLICABLE - RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las presentes Condiciones se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes aplicables y en vigor en la provincia de Quebec, incluidas las leyes de Canadá aplicables en la misma.
En caso de conflicto, las Partes acuerdan someterse previamente a un procedimiento de mediación con el fin de alcanzar un acuerdo amistoso y se comunicarán mutuamente toda la información necesaria a tal efecto.
Si no se alcanza una solución amistosa del conflicto en un plazo máximo de tres (3) meses, las Partes acuerdan que, para cualquier reclamación o acción legal por cualquier motivo, elegirán el distrito judicial de Montreal, Quebec (Canadá) como foro competente para la tramitación de dichas reclamaciones o procedimientos judiciales, con exclusión de cualquier otro distrito judicial que pudiera ser competente en virtud de la ley.
En caso de una sentencia favorable al demandante, la parte perdedora se compromete a reembolsar a la parte vencedora todos los honorarios y gastos jurídicos razonables en que esta haya incurrido durante el procedimiento, incluidos, a título enunciativo y no limitativo, los honorarios de abogados, las costas judiciales, los gastos procesales y cualquier otro gasto relacionado con la acusación o la defensa del asunto.